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CRONICAS FOLKLORICAS DE SACRISTIA
Para una historia de costumbres de Jaén

AMEZCUA, Manuel

Publicado en el año 1985 en la Revista de Folklore número 53.

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Uno de los argumentos que tradicionalmente ha esgrimido el clero para regular la pureza de las celebraciones religiosas ha sido el de tratar de folklore a todo aquello que de algún modo se ha visto desvinculado de los ceremoniales litúrgicos. Este sentimiento de corrección de costumbres ha supuesto a lo largo de la historia una lucha constante de las autoridades eclesiásticas hacia una república que no siempre ha sido capaz de desenlazarse totalmente de ciertas secuelas de ritos ancestrales que instintivamente tiende a perpetuar. El excesivo celo ha llegado en ocasiones a sesudos enfrentamientos entre el Sol y la Luna por llamar como Inocente III a las potestades eclesiástica y temporal, respectivamente.

Las extensas relaciones que en otro tiempo hicieran los Vicarios y Fiscales eclesiásticos, los Edictos de Pecados Públicos y los diversos ordenamientos sinodales de los obispados, constituyen hoy interesantes testimonios para el conocimiento de estas costumbres que en algunos casos han sabido perdurar, con más o menos modificaciones, hasta nuestros días. Continuando con lo ya iniciado por otros autores en las páginas de esta revista, me referiré a unas escenas costumbristas que en otro tiempo disgustaron mucho a la clerecía giennense.

EL OBISPILLO y LA FIESTA DE LOS INOCENTES

No siempre ha existido unanimidad en el tratamiento litúrgico de esta fiesta, que tiene lugar durante la octava de la Natividad del Señor. Mientras que la antigua liturgia romana le daba el espiritual regocijo propio de la fiesta de todos los mártires, durante la Edad Media se mezclaron unos elementos de tristeza y se suprimieron otros de carácter ornamental que le dieron a la celebración un marcado sentido de penitencia y mortificación.

Lo que no ha modificado durante siglos, ni aún en la actualidad, es su carácter lúdico en los niveles populares. De ello se hará eco el primer Sínodo diocesano de Jaén, que tuvo lugar en 1368 y que da una referencia de las disoluciones de los beneficiados de la iglesia de Jaén y Baeza en las celebraciones de esta conmemoración:

...que no se traiga aí almuerzo ni prediquen cosas deshonestas ni echen ajiles sucios ni enciensen con cosas de mal olor ni echen perros ni otras semejantes cosas...(1).

Un siglo más tarde aún se quejará el episcopado giennense de aberraciones semejantes. Primero don Iñigo Manrique en las Sinodales de 1478 y después, en el año del descubrimiento, el obispo don Luis Osorio:

E por la dicha visitación que así en la nuestra iglesia catedral, commo en las otras nuestras iglesias del dicho nuestro obispado avemos fecho, fallamos que muchas veces lo susodicho se faze espeçialmente en la fiesta de los Inoçentes, faziendo en ella juegos e representaçiones desonestas.

También se refieren las constituciones de don Luis Osorio a otras chanzas del populacho que tenían lugar en la fiesta de Pentecostés:

...e en la fiesta de la Pascua del Espíritu Santo echan culebras e lagartos entre las gentes e fazen otras cosas desonestas, en lo cual nuestro Señor es servido e el ofiçio divino perturbado e las personas eclesiasticas se desordenan, e entre los seglares se caua discordia e murmuración (2).

Las penas impuestas a los revoltosos variaban desde una imposición económica, o privación de pitanzas, hasta la excomunión. Para los mozos de coro y clerizones traviesos existía el cepo o cárcel oscura, donde se les confinaba por un día.

Todas las constituciones sinodales hasta el siglo XVIII participarán del mismo sentimiento de prohibición de estas costumbres burlescas y ofensivas para el estamento eclesiástico. A comienzos de dicho siglo parece que se consiguió, al menos en la Catedral de Jaén, llevar un poco de orden y gravedad a los oficios del día de los Santos Inocentes. Parece también que por este tiempo dejó de celebrarse cierto rito paralitúrgico que por no haber sido tomado demasiado en cuenta hasta entonces, había tomado extraordinario vuelo. La figura del episcopellus, obispillo, trasplantada probablemente de la Catedral de Toledo, tenía ya una larga tradición en España y en Europa. Se desenvolvía principalmente en los días que median entre San Nicolás (6 de diciembre) y la fiesta de los Inocentes. En el primer caso entre los estudiantes y en el otro entre los ya mencionados mozos de coro, o entre los sacristanes y otros ministros menores (3). Montijano Chica describe los atributos de este personajillo: "se autorizaba el que uno de los niños de coro, laico o monaguillo, fuese devestido con ornamentos de Obispo, se le ponía la mitra, pectoral y anillo, y después de entronizado en su sitial, desde el Deán hasta el último capellán de la catedral tenían que rendirle obediencia y acatamiento. El niño, revestido pontificalmente, modo episcopaliar, intervenía como presidente en la dirección del coro y demás cosas, a excepción de la misa" (4).

Esta inversión de los órdenes sociales, de lo humilde y lo servil frente a lo soberbio y lo poderoso, escapa más allá del simple regocijo; de hecho encontramos el mismo sentimiento, bajo formas similares, en otras costumbres muy corrientes en la actualidad. Me viene a la mente como ejemplo la figura del Gran Caimán que en los primeros días de curso, en nuestros colegios, se hace investir de la autoridad del Director y gobierna dando las más atrevidas órdenes al colectivo de novatos de cada año.

LAS DANZAS DE DIABLILLOS EN EL CORPUS

El Corpus Christi, fiesta movible incluida dentro del ciclo temporal referido a Cristo, ha venida recogiendo tradicionalmente muchos elementos de origen diverso encaminados a ornamentar las celebraciones que en este día tienen lugar como culto particular a la Eucaristía. Aunque existente mucho tiempo antes, parece que fue Urbano IV quien en 1264 instituyó la festividad como hoy la conocemos y pocos años más tarde, Clemente V, ordenó se celebrara la solemne procesión de este día con demostraciones alegres festivas. Desde entonces muchos pontífices la han enriquecido y fomentado con numerosas indulgencias.

Lo peculiar de esta celebración era el sentido corporativo de la misma, a la que asistían, sobre todo en las grandes poblaciones, representaciones de todas las instituciones sociales y asociaciones gremiales. En su estudio sobre esta fiesta, Caro Baroja(5) hace mención de los elementos que integraban una gran fiesta del Corpus urbana; entre ellos, la inclusión de figuras de gigantes, cabezudos, enanos, animales, monstruos y otros diversos elementos con un significado teológico concreto, al menos en el momento de su integración, hace pensar no obstante, que su explicación se escapa al terreno de los símbolos.

En lo que se refiere a Jaén, sabemos que por varios edictos expedidos a finales del siglo XVII , el obispo don Antonio de Brizuela y Salamanca decretaba la imposición de varias penas a los que usasen el traje de enmascarados, comúnmente llamados Diablillos en las funciones del Corpus. Otros prelados giennenses renovarían desde entonces la prohibición hasta mediados del XVIII en que tras largas disputas entre las autoridades eclesiástica y civil, a que me referiré más adelante, parece que desapareció esta práctica.

Los Enmascarados o Diablillos salían en los días del Corpus, en su víspera y octava, el Domingo de la Santísima Trinidad y otros días en que se celebraban fiestas de primera clase en las iglesias de la ciudad de Jaén. De su indumentaria decía don Diego Ruiz Olmedo, testigo en la información que se hizo a mediados del setecientos sobre ciertas costumbres pecaminosas, que llevaban la cara cubierta y que el traje de que se visten es muy ridículo y semejante a el de los Demonios pintados pues llevan en dicho vestido señales indignas...(6) gustando de vestirse así principalmente los caballeros mozos y eclesiásticos de la misma edad.

Del origen de la Tarasca y Gigantes que servían en la función del Corpus y de la significación litúrgica de las danzas de diablillos escribió el jesuita sevillano Agustín de Herrero: Este Grifo (la Tarasca) y los Diablillos, que la acompañan, significan el Demonio, que vencido del poder, y triunfos que Christo Nuestro Señor ha alcanzado de él, y del mundo, y carne, con su Preciosisimo Cuerpo y Sangre en el Ssmo. Sacramento de la Eucharistia los lleva en el triunfo de este dia delante, como a sus cautivos, y rendidos (7).

Basándose precisamente en la consideración de esta costumbre como ceremonia o rito eclesiástico decretó su prohibición el Gobernador Eclesiástico don Antonio de Miranda en 1751. ¿Cuáles fueron las aberraciones que cometían los Diablillos para originar su proscripción? Los informantes antes aludidos dicen que tenían sus cuerpos en un continuo movimiento, saltando, brincando y dando carreras y atropellando a los concurrentes a las procesiones. También destacaba en ellos su especial sentido de la inmoralidad: amparados en la mascarilla de que hacían uso, se metían en las casas y comprometían a las mujeres con gestos como el de entrarse el rabo, que regularmente llevan, por entre las piernas, y hacer señal con la punta que sale por delante a las mujeres, y demás personas que encuentran (8).

Don Luis de Guzmán narra un incidente que le ocurrió en 1749 con dos de estos diablillos:

Que passado el dia de Corpus de el año de 749 por las puertas de vnas mugeres mozas, y aviendo entrado, encontró a dos en dicha conformidad (que es en trage de DIABLILLOS) y las referidas le rogaron los echasse a la calle, pues las estaban estrechando, y aun queriendo forzarlas; y por el que declara vistos, tomo vn palo, y los echó á la calle, de lo que le dieron muchas gracias (9).

También se hace referencia a cierta disputa ocasionada a las puertas del convento de Carmelitas Descalzos, en medio de una procesión, en la que una persona resultó gravemente herida ,por un diablillo que, por su disfraz, consiguió burlar la acción de la justicia.

Al edicto publicado en 1751 por el Gobernador de la diócesis para combatir esta costumbre y otras tan pintorescas como molestas a la gravedad de lo sagrado, recurrió el Alcalde Mayor de Ubeda don Pedro León, quien consideró que había sido usurpada la Real Jurisdicción. No hizo fuerza este argumento ante la Real Audiencia de Granada, por lo que los diablillos, y otras costumbres que referiré seguidamente, se fueron olvidando por temor a las penas impuestas.

MUJERES TAPADAS

La costumbre que en otro tiempo usaron las mujeres de taparse de medio ojo constituyó sin duda el máximo atentado que se podía pensar contra la honestidad humana. Según el Diccionario de Autoridades, este disfraz era muy corriente en Toledo, pero lo cierto es que hasta entonces había estado muy extendido en todas las ciudades y hasta en los más pequeños y escondidos núcleos de población. Sobre su origen dice el dominico fray Luis de la Puente que de los Arabes tomaron las mujeres españolas el taparse de medio ojo (10), habiendo sido también costumbre muy extendida desde Roma hasta el Oriente. En España fue costumbre prohibida, desde el Concilio Toledano de 1324, por numerosos edictos de prelados y pragmáticas reales hasta el siglo XVIII (11).

En cuanto a Jaén sabemos que en carta de 6 de noviembre de 1696 el obispo Brizuela comunicó al prior de Cabra del Santo Cristo un decreto por el que, enterado de los muchos excesos que se cometían en las bodas, dejando entrar las mujeres tapadas en las casas de los contrayentes y aún en la iglesia, en que cometían toda clase de excesos, prohibió esta práctica imponiéndole algunas penas. Un edicto promulgado el 15 de diciembre del mismo año por el Vicario Jacinto de Arana y Cuesta hacía extensiva la prohibición a toda la diócesis, ya que se había convertido en una moda con fuerza de precepto en las principales celebraciones de las fiestas locales de los pueblos de la provincia, y especialmente en las ciudades de Jaén, Ubeda, Baeza y Andújar. En Jaén se echaban a las calles y plazas en el día del Corpus y la tarde de su víspera. También en los paseos de San Blas y San Sebastián, extramuros de la ciudad, en los días de la feria y en las fiestas mensuales que se celebraban en algunos conventos al tiempo de sus procesiones, cuando no dentro de la misma catedral. Don Miguel de Estremera, racionero de esta santa iglesia en 1752, decía del atuendo de estas mujeres que no estilándose en ellas mantos de anascote, para muchos dias del año los buscaban ex professo; las quales cosidos con unos alfileres, y sin manifestar las manos, sí solo vn ojo, con vna basquiña muy corta, descubriendo por abaxo un ruedo de Tapapies de tela de Persiana, u otras especiales telas...(12).

Su campo de acción eran las calles y plazas concurridas donde se paseaban con desenvueltas demostraciones, comprometiendo a los hombres con palabras y acciones provocativas, a lo que respondían del mismo tenor que ellas o peor, con lo cual se armaban frecuentes alborotos. Tenían debilidad por las celebraciones más sonadas, como bodas o bautizos de personas distinguidas, y andaban a la busca de las más solemnes funciones públicas, especialmente religiosas, gustando de comprometer a los sacerdotes y demás ministros, incluso a los canónigos, con palabras ofensivas a sus estados y dignidades, provocando la falta de atención de muchos de ellos que se inquietaban estrepitosamente rompiendo el silencio y decoro propio de la catedral. El presbítero don Juan Francisco de Lara narra cierta experiencia que tuvo con una mujer tapada:

Estando en vna ocasión el que depone con las Vestiduras Sagradas de Diacono en la Nave de N. Señora de la Capilla, se llegó a él vna muger tapada al parecer con vna Criada, y le dixo muchas palabras provocativas, e indecentes, tanto que sin atender a el sitio donde estaba, a las Sagradas Vestiduras con que se hallaba, ni al pecado tan grave que cometía, se le brindo con su persona, y manifestó la casa donde vivía, y no queriendo hacer caso el testigo, aviendo salido a la calle, despues de concluida dicha función, le fue siguiendo, diciendo varias proposiciones hasta lo alto de la calle Espartería, donde se paró, y le pidió, que por el amor de Dios lo dexasse, y no lo siguiesse, que no queria inquietarse, ni ofender a la Divina Magestad, con lo que se retiró (13).

Más sonado fue el lance de don José de Ayala y Roxas, corregidor de la ciudad, que por querer impedir esta costumbre sólo consiguió que las tapadas le tratasen con el mayor vilipendio, ocurriéndole el caso que estando una mañana en la Iglesia de San Francisco le derribaron al suelo, le quitaron la peluca y el sombrero y le trataron de Vegete, con otras consideraciones ofensivas sobre su persona y empleo (14).

En 1751 el Gobernador diocesano prohibía nuevamente las tapadas so pena de excomunión mayor y su reclusión, sin distinción de personas, en la Casa de la Galera o Recogimiento de la Santa Vera Cruz por tiempo indefinido. Desde entonces pocas mujeres se atrevieron a ocultar su rostro tras el embozo, al menos en público y en tales regocijos.

CARTAS CIEGAS y OTROS LIBELOS FAMOSOS

La costumbre de encontrar entre la correspondencia de los despachos oficiales, y aún en los buzones particulares, cartas y otros papeles anónimos no es de ahora; de hecho reyes y pontífices han venido decretando la prohibición de componer libelos difamatorios y la indiferencia con que la justicia, colegios y universidades debían mirar las frecuentes expresiones denunciativas que contuvieran.

En Jaén fue el obispo don Andrés Cabrejas quien en cierto edicto del año 1740 en que amonestaba a sus súbditos a la denunciación de pecados públicos, invalidaba los papeles y cartas que llegaran sin firma, imponiendo la pena de excomunión mayor a los que usaran este medio. Y es que por este tiempo los papeles ciegos y cartas con firmas supuestas inundaban su secretaría de cámara produciendo inquietudes y desazones entre los mismos eclesiásticos, a quienes normalmente solían dirigirse. En tiempo del obispo don Francisco del Castillo consiguió saberse de cierto maestro de Gramática, o de primeras letras, que había escrito a su Ilustrísima una carta con firma de una mujer en que decía haber encontrado a su hija con un cura en el lance más lamentable (15), prendido el tal sujeto fue preso y posteriormente desterrado. También en el edicto de 1751 fue incluida esta costumbre, confirmando las penas anteriores y añadiendo las de suspensión del orden y pitanzas si fuere eclesiástico, y si fuere lego las penas de presidio, galeras o minas por seis años.

De poco sirvieron, no sólo no cesó la costumbre como en el caso de las anteriores, sino que su uso se extendió incluso a las parroquias más pequeñas, siendo arma frecuente de difamación contra los párrocos. Así le ocurrió a don Bernardo Labrador, que lo fue de Bedmar, cuando la mañana del 16 ,de abril de 1862, estando en la sacristía, fue avisado por el coadjutor de la presencia de cierto pasquín estampado en una esquina frente a su casa. El letrero, alusivo a su persona, decía:

ENTIERRO

El pae Talaraña
lla sa le han descuvierto
sus marañas
y le vamos a dar en la geta
porque agarra y no suelta
y cuando menos acuerde
lo emos de poner a onde se moge
si llueve y para que lo entienda
mejor. en el.Panteón.

Junto al papel y grabado con tinta en la pared, había el siguiente geroglífico: Entierro del pae telaraña. Pintado: una cruz, una escopeta y una caja de difunto. A la vuelta de la esquina y con iguales figuras: Entierro de Bernardillo.

Otro tipo de correspondencia volandera, que por su vinculación con la religiosidad popular incluyo en este capítulo, la constituyen las famosas Cadenas. de extraordinaria difusión en los niveles más triviales.

En síntesis, lo característico de sus textos panfletarios es, por una parte, la titulación de la cadena, normalmente la de un santo o alguna advocación de la Virgen. Tras una breve introducción que resalta la importancia de la carta, invita al lector a hacer un número determinado de copias que deberá enviar a sendas personas. Finalmente es frecuente encontrar algunos ejemplos de las excelencias que conlleva continuar la cadena (suerte inmediata en la lotería o las quinielas) y también de las desgracias que pueden acontecer en caso de indiferencia (perder el empleo, morir repentinamente), y todo ello con nombres y apellidos. En cualquier caso, basta la simple lectura fortuita del texto para adquirir la ineludible obligación de contribuir a su difusión.

CARTA MISTERIOSA

Hallada en Jerusalén por un niño llamado Angel, yendo con su madre, no pudiendo leerla ni explicarla nadie más que él

Hijos míos: Amados y redimidos con mi propia sangre.

Sabed que me tenéis tan agraviado que si no fuera por los ruegos de mi bendita madre abogada nuestra y de todos los santos, que os hubiera destruido.

llorad culpas y pecados si no os enmendais y guardais los mandamientos como lo manda la Santa Madre Iglesia, os enviaré hambre y sed no vereis cosa criada si no haceis caso, haced bien por las almas del purgatorio que son las que os dejaron los bienes para administración y no haceis caso teniendo la obligación

Haced limosna a los pobres según podais por devoción, si lo haceis así os prometo misericordia; no jureis de mi santo nombre en vano ni de la señal del cristiano; no os tengais rencor de unos a otros ni malas voluntades, y si apesar de no haber cumplido vuestra obligación os prometo misericordia en la tierra y en el cielo, y si no lo haceis asi os digo, se abrirá la tierra y si no fuera por los ruegos que hace mi bendita madre y Santa Teresa de Jesús, Santa Catalina, San Francisco, Santo Domingo y el Angel de la Guarda, ya hubiera descargado la espada de mi divina justicia, pues con ese aviso cualquiera persona de cualquier calidad que sea si dijere que esta carta no es de mano de Dios, será deshecho como la sal en el agua, también toda clase y cualquiera persona que se halla dentro de ella el que esta carta traslade y lleve consigo de un pueblo a otro le prometo mil gracias le serán concedidas siempre perdonados todos sus pecados y le pondré a mi mano derecha el día del juicio, no le haré cargo de sus pecados y a cualquiera que de sus bienes pocas o más limosnas le prometo prosperidad de su casa y si no lo haceis asi la maldición será sobre vosotros de hambre, peste, guerra y grandes trabajos ayunareis cinco viernes en el año en memoria de la pasión y muerte de nuestro Señor Jesucristo; esta copia la llevarán con devoción y voluntad la dareis al que os la pida y creereis en ella, serán malditos los que la guarden sin publicarla, tendrán grandes trabajos hasta el día del juicio, el que lleve copia y la publique será bendito de Dios, aunque haya cometido más pecados que estrellas hay en el cielo y arena hay en la mar con tal de que se arrepientan y conozcan que me han ofendido, bien aventurados los que tienen copia y la lleven consigo, pues no tendrá trabajo ni penas en su casa; cuando una mujer se halle de parto se la pondrá sobre ella y dará a luz con mucha felicidad pero obliga a rezar tres Aves-Marías a María Santísima y si esto no os parece cierto, digo que no conocereis eclipses de sol, de modo que os mirareis porque tendris terremotos y os digo de que modo habeis de guardar las fiestas, no trabajareis en ellas los santos mandamientos para hacer obras de piedad, fuera enconos y soberbia y sobre todo amar a Dios y al prójimo porque la soberbia no entra en el cielo. Carta escrita en letras de oro hallada en Jerusalen; a todo el que lleve esta carta consigo el Padre Santo de Roma concede 300 días de indulgencias y todos los sábados indulgencias plenarias, rezando siete padre nuestros, siete ave-marías y siete credos por la muerte y pasión de nuestro Señor Jesucristo, igualmente en los viernes y sábados a quien la lleve consigo y de copia a quien la pida.

En otro tiempo las autoridades eclesiásticas se mostraron preocupadas por la incontrolada circulación de estas cartas, siendo frecuentes los edictos prohibitivos de las mismas. En 1844 el viceprior ,de la parroquia de Mancha Real informa al gobernador eclesiástico del obispado de la llegada a ese pueblo de cierta carta que contenía expresiones contrarias a la religión (17). La carta fue secuestrada por el ayuntamiento y posteriormente remitida al obispado que durante muchos años debió encargar a sus párrocos la inquisidora vigilancia en sus correspondientes feligreses. Así parece por el informe remitido en 1884 por el párroco de Jimena sobre ciertas indagaciones ordenadas a través del Secretario de cámara del Obispo: De los ejemplares que Se titulan Copia de una Relación que fue hallada en el Santo Sepulcro...no tengo noticias de su circulación en esta feligresía (18). Más suerte que este párroco tuve hace unos años al encontrar traspapelado en las arcas de un viejo cortijo situado en el término municipal de Huelma varios ejemplares de cadenas, y entre ellos tres versiones de la expresada carta: uno escrito a mano en el siglo pasado, otro impreso en hoja suelta que ilustra este artículo y uno, muy similar, del año 1947. De entre los demás, transcribo el siguiente por lo breve y significativo:

La virgen de fátima se a parecido en la calle de Sebilla y dijo que se cribieran tres papeles del y tubiera la atencion de Repartilos a tres personas distintas.

Antes de las ocho tendra una alegria en su casa y quien no la aga tendra una desgracia. Resaran 3 Salves a la Birgen y lo que le pida se lo concedera.

Cabrita a 16 del3 de 49. Devoto. (19).

En los pueblos pequeños aún es frecuente la circulación de cadenas que vienen a significar un tiento a la suerte para quienes las divulgan. La última que llegó al buzón de mi casa lleva por título La peseta de la suerte de San Martín de Porres, un emborronado texto escrito a mano y con una peseta pegada a la vuelta que invita a copiarlo veintitrés veces. Claro que mi remitente tuvo la idea de enviarla fotocopiada, que en algo ha de aprovechar la moderna tecnología.

GUAYAS, ENDECHAS Y OTRAS REPRESENTACIONES DE PLANTOS

Dentro del ritual cristiano sobre la muerte destacan una serie de costumbres cuyos orígenes más inmediatos nos remiten a la Edad Media, período de la historia que por una serie de factores sociales (guerras) o económicos (carestías, epidemias) imprimen sobre la sociedad un acentuado sentimiento de la muerte. Tenemos ejemplos como las Danzas de la Muerte en la literatura, o la implantación en las parroquias de las Cofradías de Animas, para rendir culto a las almas de los difuntos.

En los funerales se suelen oír canciones tristes y lamentables en alabanza de los muertos, son las endechas. Y como oficiales de la materia aparecen las endecheras o endechaderas, mujeres que los lloran con un lloro y lamento triste y doloroso, con guaya, mientras el difunto está de cuerpo presente, mientras le acompañan a la sepultura, y aún en las honras y funerales.

Este carácter profesionalizado de los aventajados en la habilidad del lamento no fue desde antiguo bien visto por los gobernantes. Ya en las Siete Partidas se penaliza a los que fazen duelo por los muertos:

Otrosi mandaron, que quando los Clérigos adoxiessen la Cruz a casa donde estouiesse el muerto, o en la Eglesia, que non diessen bozes: e si oyessen que dauan gritos, o endechassen, que se tornassen con la Cruz, e que no entrassen en la casa (20).

El sentido simulado de la costumbre es puesto de manifiesto por Fray Luis de Granada en su traducción del Libro de la Escala Espiritual de San Juan Clímaco (cap. 7): No seas semejante tú que lloras a los que entierran los muertos: los quales oy lloran, y mañana beben y comen sobre ellos, celebrando sus endechas.

En el ya mencionado Sínodo diocesano que tuvo lugar en Jaén en 1492, ocupando el sillón episcopal don Luis Osorio, se trató también de las guayas e endechas e otras representaçiones de plantos que tenían lugar en las exequias de los difuntos, tratándolos de ritos extraños a la fe, por suponer que quienes los hacían negaban la futura resurrección:

Por ende, ordenamos que de aquí adelante ninguno non sea osado de fazer guayas nin dezir las tales endechas. E quanto lo tal se fiziere mandamos a los clérigos que a las obsequias de los tales defuntos concurrieren çesen el ofiçio y de lo acompañar y que fagan çesar las campanas, que non se tangan por los tales defuntos; e que non lo entierren en sagrado, fasta que las tales endechas e los que las tales guayas fizieren çesen de lo fazer e se aparten de acompañar el tal defunto, e se salgan de la iglesia donde se oviere de enterrar (21).

Además de este traslado de las penas impuestas por las Partidas, no podía faltar la sentencia de excomunión para los implicados en tales funciones, que no serían absueltos hasta jurar no traspasar la constitución, previo pago de 10 maravedís para la fábrica de la iglesia de donde fueren parroquianos.

Con lo ya apuntado, cabe pensar la distracción que sería asistir a un funeral del siglo XV (dice el refrán que, ni boda sin llanto, ni mortuorio sin canto) y fue temiendo a tales regocijos que cierta dama de Noalejo anotaba en su testamento, que otorgó el año 1600, su expreso deseo de que no se realizaran honras cantadas por su ánima el día de su fallecimiento:

Yten mando digan por mi anima en la dha yglesia parroquial desta vª un novenario de misas de Requiem Rezadas en lugar de onRas: "por quanto yo no quiero onras cantadas ni gloria de mundo..." (22).

___________

(1) Juan MONTIJANO CHICA, que utiliza esta cita en un reciente artículo sobre La fiesta de los Santos Inocentes en las catedrales de Baeza y Jaén (Ideal Jaén, 28-XII-84, pág. 18) hace una aclaración de la misma: "echar aguas sucias sobre algún miembro del Cabildo valiéndose de una lavativa -alije-, echar en la naveta, en lugar de incienso o junto con él para disimular, cosas que al quemarse producían un humo de fétido olor o provocaban el estornudo violento; ponerse a comer durante la misa o el oficio; hacer parodia de sermones con frases incongruentes que provocaban la risa; traer perros ladradores que perturbaban el normal desarrollo del servicio coral" .

(2) Los originales de las expresadas Constituciones Sinodales se guardan en el Archivo Histórico Diocesano de Jaén. De las de don Luis Osorio existe edición por el Instituto de Estudios Giennenses, en 1981, con transcripción e introducción histórica de José Rodríguez Molina.

(3) Véase J. CARO BAROJA: El Carnaval. Madrid, 1983, cap. II de la 3ª parte: La fiesta del Obispillo.

(4) MONTIJANO CHICA: La fiesta de los Santos Inocentes...

(5) J. CARO BAROJA: El Estío festivo. Fiestas populares del verano. Madrid, 1984, cap. IV: Las fiestas cristianas : el ciclo de Cristo. La fiesta móvil del "Corpus", pág. 51.

(6) Esta y otras informaciones se encuentran en el Informe Canónico-legal en defensa de la legítima potestad, con que el Lic. Don Antonio de Miranda...Gobernador, Provisor y Vicario General del Obispado de Jaén, estableció, e incluyó en su edicto promulgado el día 13 de marzo de 1751 los preceptos prohibitivos de Cartas Ciegas, Mugeres Tapadas, Máscara, o Disfraz de Diablillos, y violación de Días Festivos, imponiendo a los Transgresores varias penas Temporales... Impresso en Granada en la Imprenta Real, en virtud de orden del Real Acuerdo de 7 de octubre de 1752. Conoció y comentó este documento don Alfredo CAZABAN en la Revista Don Lope de Sosa (1930, pág. 348) en su artículo "Pecadores, Pecados y Pecadillos. Los "Diablillos", las "tapadas" y las "cartas ciegas".

(7) Agustín de HERRERA: Origen y progreso del Oficio Divino y de sus observancias católicas desde el siglo primero de la Iglesia al presente. Sevilla, 1646, lib. 2, cap. 45, núm.7.

(8) Informe Canónico-legal..., fol. 4 vto.

(9) Informe Canónico-legal..., fol. 5.

(10) Fray Luis DE LA PUENTE: Conveniencia de las dos Monarchias, lib. 2, cap. 18, fol.200.

(11) Carlos I prohibió la introducción de nuevos trajes y adornos profanos de la mujer. Felipe II hizo lo mismo de las mujeres tapadas, que confirmó Felipe IV en 1639 y reglamentó a la vez con precisión la forma de vestir de las mujeres. Felipe V puso el broche de oro a estas regulaciones con su real pragmática de 17 de noviembre de 1723 dando carta blanca a los obispos para que corrigiesen los excesos de las modas escandalosas en los trajes de las mujeres.

(12) Informe Canónico-legal..., fol. 3.

El manto de anascote era una tela tejida a base de algodón. La basquiña solía ser de nobleza (tela de seda con delicado dibujo) o de lamparilla (tejido de lana poco fino", lo que en cierto modo dejaba traslucir la diferente procedencia social de las embozadas. La tela de persiana era de seda con varias flores grandes tejidas y diversidad de matices (Diccionario de Autoridades).

(13) Informe Canónico-legal..., fol. 3 vto. y 4.

(14) Informe Canónico-legal..., fol. 4.

(15) Informe Canónico-legal..., fol. 5.

(16) Arch. Hist. Diocesano de Jaén. Arciprestazgo de Mancha Real. Bedmar, año 1852, leg. s/n.

(17) Arch. Hist. Diocesano de Jaén. Arciprestazgo de Mancha Real. Año 1844, leg. s/n.

El título original de la carta es: Copia de una carta que fue hallada en Roma escrita de mano de Ntro. Sor. Jesu Cristo que se halló un sacerdote llamado D. Nicolás Vicente en la Patena celebrando Misa.

(18) Arch. Hist. Diocesano de Jaén. Arciprestazgo de Mancha Real. Año 1884, Jimena leg. s/n.

(19) La mayoría de los otros son Cadenas de la Virgen del Carmen, otro de la Sagrada Familia y varios sin especificar.

(20) Las Siete Partidas del Rey D. Alfonso el Sabio. Primera Partida, titulo IV, ley XLIV. En Los Códigos Españoles, tomo II, pág. 56. Madrid, 1844.

(21) Constituciones Sinodales de Don Luis Osorio..., título XVI.

(22) Arch. Municipal de Noalejo. Libro de protocolos del escribano Juan de Sampedro, núm. 36: Testamento de Juana González, 3-IX-1600.




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CRONICAS FOLKLORICAS DE SACRISTIA
Para una historia de costumbres de Jaén

AMEZCUA, Manuel

Publicado en el año 1985 en la Revista de Folklore número 53.

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