Revista de Folklore

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LAS SOCIEDADES DE MOZOS. Un estudio antropológico en la montaña palentino-leonesa
(2)

MARTINEZ MANCEBO, José Carlos

Publicado en el año 1992 en la Revista de Folklore número 136.

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3.IMPLICACIONES DE LA MOCEDAD EN LAS RELACIONES DE NOVIAZGO

3.1 Exigencias al mozo forastero

Atenderemos, en este apartado, las diversas estratagemas, mecanismos e intenciones inconscientes de la mocedad en lo referente al noviazgo y matrimonio. En este aspecto, más que en ningún otro, vamos a poder mostrar al subgrupo moceril como un foco de identidad, como conjunto cohesionado frente a otros grupos foráneos, que tengan similares intereses casamenteros.

En ambos reglamentos, observamos, a través de sus disposiciones, las debidas precauciones para que cualquier relación discurra por los cauces esperados.

"El mozo forastero que se permitiera la libertad de requerir de amores a alguna joven de esta villa en público o privado, sin el previo aviso de la Junta directiva de esta sociedad, se le impondrán por tal atrevimiento la obligación de satisfacer diez pesetas para un refresco, que disfrutarán todos los socios, según costumbre inmemorial".

Además de un cargo específico: el vigilante de las mozas que será el Alguacil saliente, cualquier socio tenía la obligación de poner en conocimiento tal relación: "El socio de ésta que sabiendo que algún forastero sostiene relaciones con alguna joven de esta villa, y no la haga presente a esta sociedad, pagará 5 pesetas y 10 si se le justifica que lo oculta por segunda vez".

Estas contribuciones del mozo forastero eran irremediablemente obligatorias, si el mozo forastero pretendía tener la vía expedita en sus futuros galanteos. No siempre consistía en una aportación económica: "Cuando se le veía salir con una moza, a los dos o tres domingos se le cobraba un cántaro de vino, se le cobraba el piso, luego si se casaba pagaba los derechos". Registro esta misma costumbre en Velilla del Río Carrión, primer pueblo en el acceso a la montaña palentina en el noroeste. "Se cobra un tributo al mozo forastero que corteja a una moza del pueblo, para la cual era espiado por los naturales y sorprendido en cualquiera de sus visitas a la novia, y, dada la voz de "alto" por el mozo vigilante, se daba la alarma con redobles de tambor. Acudían los demás mozos y le acompañaban a la Casa Ayuntamiento, donde pagaba una cántara de vino y algo más si era rumboso; se la bebían entre todos, le daban la enhorabuena y ya desde entonces podía visitar a la novia sin temor. Si alguno se resistía, se le propinaba una buena paliza (16)".

Anoto otra información, que avala la estrecha vigilancia y el sumo cuidado de las mocedades locales, para preservarse de que ningún agente extraño incumpliera sus obligaciones con acciones ilegítimas. "En Triollo (pueblo del alto Carrión) fue a pedir relaciones mi tío Román y llegó a altas horas, poniendo la escalera, pero lo hizo sin permiso, y como le vigilaban para cogerle, le sorprendieron, y le costó un cuarto de huevos de raseao (17). Y luego no se casó con ella, porque se interpusieron muchos jóvenes de allí".

Otra variedad en el "pago del piso" la recogimos en una subárea cultural burgalesa, cercana a la que nosotros describimos. "Es costumbre muy generalizada en Guadilla de Villamor y los pueblos que le rodean que cuando el novio es forastero pague una cantidad a los mozos del pueblo, que varía según la categoría y riqueza de la novia; cantidad que previamente discutida, regateada y acordada por ambas partes, y después alegremente gastada por los mozos (18)".

Además de resarcir a la mocedad local con la "paga del piso", al inicio de la relaciones; el mozo forastero debía contribuir todavía con el pago de los “derechos" en el día de su boda o en otra fecha. "A los forasteros se les cobraba el piso a los tres días de salir, así podían venir a verla. y cuando se leía pagaba los derechos. Mi difunto tuvo que pagar los derechos: escabeche, pan y vino". " Al mozo forastero, la víspera de la boda se le iba a esperar a las afueras del pueblo y se le daba la enhorabuena. El se desprendía de algún dinero o se le llevaba ab la cantina a que pagase. y todos le saludaban y le acompañaban hasta la casa de la novia o a casa de familiares que tuviera".

Pretender saltarse estas imposiciones, hacer caso omiso a estas exigencias y, en definitiva, cometer una transgresión del orden social, no cumpliendo con estas obligaciones tributarias hacia la sociedad de mozos, traía consigo la inmediata respuesta del grupo local afectado. Si el infractor, salvando los distintos obstáculos, conseguía llegar al matrimonio, era éste el momento en que recibía el correspondiente castigo. Se suprimiría todo acompañamiento a los novios el día de su boda, no se colocaba la enramada en el balcón de la novia, no se les cantaba la despedida, ni se les daba la enhorabuena; en resumen, se les aislaba del pequeño cosmos local.

El propio reglamento de Prioro, recoge esta posibilidad. "Cuando el novio sea forastero, si no ha satisfecho a la reunión 6 pesetas por derecho a la moza, no se le atribuirá ningún honor; pero si ha satisfecho dicha cuota, se le considerará como a los mozos de la Reunión. Además, cuando venga de su pueblo para casarse, saldrá toda la Reunión con tambor a recibirle, bajo la multa de 0,25 Pts. al mozo que no asista (19)".

Igual destino tenía el mozo del pueblo que, por cualquier circunstancia, no perteneciera a la asociación juvenil. "Cuando se casa algún mozo del pueblo que no pertenezca a la Reunión, ya porque nunca haya ingresado en ella o ya porque de ella haya sido eliminado, se le considerará como forastero para los efectos de los honores y por tanto si no paga las 6 Pts., que indica el artículo anterior, no se le atribuirá ningún honor; teniendo esto en cuenta, el mozo que para honrarle le tocase el tambor, aunque fuera propio, pagará la multa de 6 Pts., y lo mismo sucederá al encargado del tambor de la Reunión si le entregase a alguno para este fin".

De la vecina montaña cántabra y del propio Pereda, extraemos esta misma exigencia hacia el mozo forastero en el momento de la boda. "Cuando es forastero el novio, tiene esta primera jornada de la fiesta una variante no poco original y muy curiosa. Sucede entonces que a lo mejor de andar la boda este camino (hacia la iglesia) aparecen en él, saliendo de ésta y de la otra encrucijada, hasta media docena de mocetones, dando brincos y haciendo corcovos, aullando, relinchando y disparando escopetas, con el estruendo y la traza temerosa de una horda de salvajes. Echan el alto a la procesión, y se apoderan de la novia, que desde aquel instante queda secuestrada, o, como ellos dicen, empeñada, sabiendo muy bien todos los presentes, y el pueblo y la comarca entera, que aquella boda no se celebrará "en jamás de los jamases" si el novio, o en su defecto el padrino, no desempeñan a la novia con la cantidad de tres duros, que han de gastarse después en honra de los recién casados y en provecho de la gente moza, la cual da, a este precio y de este modo, carta de ciudadanía en el lugar al novio forastero (20)".

El mozo foráneo recibirá su "carta de ciudadanía " siempre que se haga merecedor de ella, es decir, siempre que haga alardes de comportamientos correctos, someterse al orden y a la sincronía impuesta. Ya puede instruirse como es de suma importancia la defensa contra las injerencias extrañas, en orden a controlar los galanteos con las mozas del lugar. Sin acudir a explicaciones de tipo sociocentrista -categoría explicativa posible- encontramos mayor satisfacción hermeneútica en el denso grado de autoafirmación, solidaridad y cohesión de un segmento social: la mocedad masculina. Sus conductas tienen claros objetivos: dar una opción primera y casi exclusiva a los propios miembros para que puedan elegir de modo preferente. No excluimos tampoco, intenciones económicas subyacentes, de conveniencias reales para los futuros contrayentes, con las correspondientes presiones familiares para la realización de matrimonios internos, los cuales ofrecerán una mayor garantía de prosperidad. Es comprensible, por otra parte, que se exija una compensación a quien provoque la salida de una mujer joven, pues está en la mente de todos que pertenece al colectivo en que se ha desarrollado su vida.

3.2 Derechos y deberes del mozo local.

En otras expectativas y condiciones, se desarrollaban las relaciones de noviazgo, cuando el mozo pertenecía a la Sociedad. Aquí, desaparecen todas las trabas y obstáculos descritos, pagando los derechos y recibiendo, por tanto, los correspondientes honores y parabienes.

"El socio de ésta (Sociedad) que llegue a tomar estado, pagará como despedida de esta asociación 5 Pts.; o en su lugar un convite que represente esa cantidad y a su voluntad el día de su casamiento; en este día pagará el padrino otras 5 Pts. y más si es su voluntad. Esta sociedad en cambio acompañará en ese día con los atributos de la sociedad Amor y Fraternidad al acto de su desposorio y a la fiesta que en su honor se celebre".

Con el matrimonio llega la ruptura del miembro joven con el resto de sus compañeros, la separación de la Sociedad. Concluyen así, los años de mocedad como puntos culminantes en la vida rural, concluyen también una época de máxima independencia y de mínimas preocupaciones y responsabilidades. Después de este período, el matrimonio acarreará más trabajo y más preocupaciones. Esta nueva etapa les introducirá inevitablemente en la competitividad, en las disputas y trabajos penosos, que acompañan a la vida adulta. La mocedad, al no ser los mozos vecinos, está relativamente libre de riñas de los mayores. Acaba, por tanto, la época dorada de la licencia y permisividad. De ahí, que este cambio brusco, este tránsito radical deba ser ritualizado. El protagonista -el mozo saliente- será acreedor de los correspondientes honores, homenajes en el momento del adiós de quienes fueron sus compañeros. Una de las estrofas de los cánticos de despedida refleja este sentimiento:

La despedida te damos
y sincero parabién,
que Cristo sea contigo
y con tus padres también.

"Los honores que principalmente debe tributar la Reunión de los mozos son debidas a los mismos mozos miembros de ella, para su boda". "Cuando algún mozo de la Reunión se case, los demás cantarán la ronda en su honor, a la puerta de su casa, la víspera y el día de su boda". "La víspera de la boda todos los mozos tienen obligación de asistir a cantar, bajo la multa de 0,10 Pts.". "El día que se case un mozo de Reunión, el encargado del tambor, se le entregará a los amigos del novio para que le toquen en su honor, y si el mismo encargado fuera de la boda, le llevará él mismo".

El término "honor", recogido profusamente en ambos reglamentos, tiene una Connotación festiva: enhorabuenas, cantos de despedida, rondas, felicitaciones, acompañamiento musical...Pero también, es un justo reconocimiento a quien, durante la etapa juvenil, ha discurrido dentro de los cauces esperados, dentro de un Comportamiento Correcto, en definitiva, a quien ha antepuesto lo colectivo (Sociedad de Mozos) a su persona privada. Ya observamos, en el párrafo anterior, como el mozo local que no pertenecía a la Sociedad o Reunión, tenía el tratamiento de forastero.

El reglamento recoge dos supuestos, referidos a los casos en los que el mozo salga fuera para contraer matrimonio; o bien regrese después de contraerlo en otro lugar. "Cuando algún mozo de Reunión busque la novia forastera y venga al pueblo con ella para casarse o ya venga casado con su esposa, saldrán todos los mozos a recibirles con tambor, bajo la multa de 0,25 Pts.". "los mismos honores que se tributan al venir al pueblo, se tributarán al tiempo de salir de él para vivir fuera (supuesto que hayan satisfecho los derechos que esta ley concede a los mozos de Reunión) imponiendo las mismas multas a los que no asistan".

Venir al pueblo/salir fuera, acogida/despedida, entrada/salida son acciones estructuralmente condicionadas, en orden a reforzar los límites del propio grupo. Estos Comportamientos nos proporcionan el marco adecuado para entender la composición social y estructura residencial de la vecindad. El universo local se visualiza desde un dentro y un fuera.

3.3 lnterrelaciones entre mocedad masculina y femenina: enramadas, rondas y bailes.

No hemos mencionado, hasta ahora, el papel que representan las asociaciones femeninas en los colectivos rurales descritos. Desde luego, el modo de agrupación de las mozas no presenta lazos tan consistentes, ni poseían normativas tan detalladas como hemos visto para los mozos. Encontraremos algún paralelismo entre ambas asociaciones (ingreso, reuniones festivas, pedir derechos a la madrina el día de la boda), pero el ser y sentido de las agrupaciones femeninas dependían de la propia asociación de mozos.

El ingreso tiene ciertas similitudes con lo descrito para la Sociedad masculina. "Se pagaba 10 céntimos para entrar de moza. Era casi obligatorio, porque si no, no eras moza. No había fecha fija, a veces para el Mayo. Cuando ingresábamos, la moyordoma daba consejos, que fuéramos buenas y que todas llevaríamos el mismo régimen". "Entrábamos a los 14 ó 15 años, así podíamos ir a los derechos. Cuando una se casaba dejaba la organización". "Aunque en Campóo se considera moza a la muchacha que entre por primera vez a engrosar la suscripción hecha para comprar una pandereta, oficialmente no lo es mientras los mozos rondadores no le dan el espaldarazo. Esta curiosa costumbre, respetada con gran rigor entre la mocedad campurriana, tiene como época verdadera para hacer los mozos y las mozas el último día de Febrero, con la ronda de las marzas. Es decir, que la moza entre ya de lleno en el grupo de las rondadas y el mozo en el de rondadores desde el momento que él sale a cantar las marzas y a ella se las van a cantar; pero antes han de pagar la entrada. Y las mozas, para comenzar a ser rondadas han de pagar como derecho de entrada "el rial" de la moza" (21).

Tanto este apunte etnográfico, como los informes recogidos, nos desvelan que la aceptación y reconocimiento del nuevo status de moza tenía como requisito previo la aprobación de la agrupación masculina. A través de rondas y enramadas se exteriorizaba de forma simbólica quiénes habían sido aceptadas como mozas. "A mí no me pusieron enramada, pero mi hermano y un amigo, a escondidas, me la colocaron por la noche, así empecé de moza".

Además de ser indicadora de un nuevo grado para las jóvenes, la enramada -colocada en balcones y aleros de las casas- connota varios mensajes. En primer lugar, se hacía una distinción entre enramadas destinadas a agasajar al conjunto de mozas y enramadas de boda, aquéllas eran de acebo y éstas eran de pino. Pero las enramadas no sólo servían para homenajear, también se utilizaban para afear algunas conductas de las mozas. "A la moza cuyo acompañante no pagaba "el piso" se la ponía la enramada boca abajo". “A las que tenían un poco manía, ponían una birria de enramada, colgando botes, alpargatas viejas, cencerros, cuernos. A mí me lo hicieron, porque andaba con los forasteros y a los mozos de aquí les daba rabia".

A través de estos motivos vegetales se enviaban, pues, claros mensajes cargados de significaciones e intenciones: constituyen todo un vehículo que transporta aceptaciones y rechazos, sancionando conductas ajenas al ethos local o ratificando comportamientos correctos.

Las enramadas poseían, además, un carácter de contraprestación entre las mocedades de distinto sexo. "Para las Pascuas de Pentecostés, los mozos nos ponían las enramadas de acebo, sólo a las mozas de la asociación. A cambio nosotras hacíamos las roscas para el Mayo. Hacíamos las roscas en las horneras. Nosotras poníamos el azúcar, aceite, anís, harina... hacíamos cuatro roscas, adornadas con cintas, lazos, bizcochos y galletas. Se daba un trozo a cada mozo".. Entresaco una estrofa, cantada en el día que se "pinaba" el Mayo, reflejando esta acción:

Mozos si subís la rosca,
mocitos de los galones,
tenéis que subir la copa
y romperos los pantalones.

Anotaremos algunas restricciones sobre el quién y el cómo en la colocación de enramadas. "Fuera de la Sociedad de Mozos, nadie podía poner la enramada. Y no se podía escoger, sino la que salía del montón". El propio reglamento de Camporredondo recoge esta prohibición en la elección de enramadas. "El socio, que en la época de obsequiar a las jóvenes con ramos de flores, quisiera distinguir a alguna, pagará 50 céntimos y si inutilizase alguno pagará la multa de 50 céntimos; en caso de distinción, será siempre en compañía y conformidad de todos los socios".

Esta prohibición en la elección de enramadas o la necesaria supervisión de los mozos, para evitar distinciones, era conocida por las mozas, a las que tampoco gustaba tales discriminaciones o preferencias. Las relaciones tienen su marco y comprensión entre los dos grupos. Es necesario despojarse de lo privado, evitar las atenciones y galanteos personales para revestir tal acto de una representación simbólica colectiva. "La mi enramada la escogieron, y me decían otras: ¡Ca Federica vaya enramada que te han puesto! Puede venir una barriada de ovejas a sestear. Decían esto porque era la única que tenía piñas. Y además estaba prohibido escogerlas. Se castigaba con la multa o un cuartillo de vino a los que se aprovechaban para distinguir a alguna moza ".

Es claro que si uno de los fines de la hermandad de mozos es homogeneizar la juventud, no puede permitirse un desfase desigualatorio en una tarea que es Común a toda la mocedad. Sería jugar falso aprovecharse de una tarea común, para querer distinguir particularmente a una moza. No obstante se podía hacer la excepción con alguno que tuviera novia, contando siempre con la conformidad de los demás y "pagando a la Sociedad por poner una buena enramada a la su novia".

Todo lo expuesto sobre la colocación de enramadas se puede suscribir acerca de las rondas. "El socio que salga a la ronda de esta sociedad y se ausente sin el correspondiente permiso, se le impondrá de multa 50 céntimos". En definitiva, la Sociedad de Mozos ejercía cierto control en los galanteos particulares y, al mismo tiempo, controlaba el comportamiento y conducta de todos los socios, pero a cambio les protegía de los posibles contrincantes foráneos.

Ambos grupos tenían encuentros más regulares en los bailes. En el Reglamento de Prioro hay una referencia para el uso del tambor en el baile. "Debiéndose tocar los tambores también para los bailes, para las rondas, para las bodas y otros casos análogos y no teniendo el encargado obligación de tocarlos, es necesario tener en cuenta lo siguiente:

a) Que sólo cuando el baile se haga en el alto de la "calle" podrá sacar el tambor un mozo solo.

b) Que en las demás ocasiones que haya que tocarse tienen que reunirse por lo menos cinco mozos para que el encargado pueda entregárselo".

También he recogido datos sobre la organización del baile en varias poblaciones, donde había una regulación especial. La persona que custodiaba el Reglamento de los Mozos, también poseía un cuadernillo destinado a: "Cuenta de la Sociedad de Baile. Titulada la Alegría. Constituida en Camporredondo". En los distintos meses hay referencias de ingresos y gastos. Entre los gastos aparecen detallados los pagos por alquiler de local, vino para los músicos, paga al "bastonero" (portero y vigilante del baile); y entre los ingresos, destacamos las cuotas de los diferentes socios al entrar en esta sociedad y lo cobrado a los mozos forasteros, que tenían cuotas especiales. Así, en Agosto de 1950, entre los ingresos, se hace la siguiente referencia:

"Por cuota de treinta y un socios .............................62
Entrada de forasteros ..............................................16
Entrada de socio Esteban Martínez ........................12.

También aquí subyace un código de convivencia e interrelación entre ambos grupos. Los mozos, por su parte, estaban obligados a no hacer distingos, ni deferencias en el momento de pedir el baile. "El primero, que pedía baile, se dirigía a una punta, luego iban todas seguidas, no valía saltarse la hilera de mozas. Si había alguna desgraciada, decíamos: ¡Se trancó el pote!, porque nos hacíamos los remolones para ir con ella. Así que en el baile eran todas iguales".

Las mozas, a su vez, quedaban obligadas a conceder baile. "En el baile, si venía un chico, tenías que salir con él. "Haga usted el favor" era la petición de baile, si no querías te echaban fuera del salón". "Si una chica no quería bailar con un chico se la expulsaba. Yo una vez expulsé a una durante un mes por no conceder baile. El presidente de la Sociedad consultaba con la junta, y se la castigaba durante un tiempo para que no apareciera".

Para conservar el orden y el buen funcionamiento en el baile, existía un encargado destinado a tal fin: "el bastonero"; denominado así por el bastón de mando que portaba. "Cada moza bordó las cintas con el nombre de cada chica, y se colgaban del bastón". "El bastonero se ponía en el medio y ponía orden. Recibía las quejas de los mozos a los que no se les daba consentimiento para bailar".

Volvemos a ver una manifestación más de igualitarismo y de globalidad, donde primaba lo colectivo sobre lo personal. Comprobamos como la Sociedad de Mozos alcanzaba y supervisaba todos los escenarios públicos. Ninguna interrelación, entre las agrupaciones moceriles de ambos sexos, quedaba al arbitrio o improvisación, sino sometida a condiciones generales.

4.UN ESQUEMA INTERPRETATIVO

A través del esquema, pretendemos mostrar cómo la mocedad es el exponente máximo de la unidad interna de la comunidad vecinal. Y, al mismo tiempo, la organización descrita constituye una afirmación del grupo juvenil, reafirmación de identidad y solidaridad. Debemos subrayar la fuerza cohesionadora del grupo más vital frente a agentes externos, vistos, muchas veces, como interventores ajenos al ethos vecinal. La misma idea puede reflejarse con las palabras de un informante: "Hubo problemas entre mozos y los obreros montañeses. Se querían hacer los dueños del pueblo y querían asaltar a la juventud del pueblo. Se querían hacer un poco pinchos. Salieron de aquí a uña de caballo. Todos llevábamos unas cachabillas y el difunto tío Celestino arreó al Barbas, que era el jefe de los montañeses". Es la fuerza, el ímpetu y la belicosidad, propias de la juventud, lo que determina que sean los idóneos para prolongar la unidad vecinal. La asociación de la mocedad es una institución que depende de la solidaridad del resto de los miembros, pero también la refuerza.

El articulado de los diversos reglamentos sólo es un reflejo y exponente de las actitudes deseadas. Sus artículos no son sólo palabras, sino intenciones. Las pautas de conducta correctas se transformarán en normas coercitivas.

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NOTAS

(1) Cf. CARO BAROJA, Los pueblos de España (Madrid, 1975) y LISON TOLOSANA, Antropología social en España (Madrid, 1971).

(2) Cf. L. MAIR, Introducción a la antropología social, (MADRID, 1978) 63.

(3) CESAR MORAN, Los Casorios, Revista de Dialectología y Tradiciones Populares, t. VI,1950, 233.

(4) Sobre un pino de madera, de unos 15 cm., se colocaban las diversas monedas de los participantes, quien derribase la "nita" recogía el dinero, siempre que las monedas quedasen más cercanas a la "nita" que a las "tangas" o aros metálicos utilizados para el derribo.

(5) Se denomina "vecero" a cada uno de los vecinos "que le toca la vez" para la cuida del ganado. Para ejercer esta labor se exigía una edad determinada. La "vecería" es un sistema de cuida del ganado en común; los días se corresponderán con el número de cabezas. El orden a seguir estará determinado por la situación de las cuadras.

(6) Para dar mayor agilidad a la exposición, no señalaré ni el capítulo, ni artículo de cada una de las normas extraídas de los reglamentos. Podrán consultarse en el anexo final ordenadamente. Respetaré la transcripción literal de los diversos artículos.

(7) Encontré las primeras páginas del cuadernillo, donde se recogían estas normas, muy deterioradas. Con las sugerencias de los informantes pude completar su sentido.

(8) Anotamos una diferencia: mientras que un artículo de la Asociación de Mozos de Prioro sólo admite a los nacidos en el pueblo; aquí se deja abierta a los forasteros, aunque la contribución monetaria es mayor para éstos.

(9) D. NUEVO ZARRACINA, Las Marzas, Revista de Dialectología y Tradiciones Populares, T. XIV, 1959,204.

(10) Los informantes utilizan siempre el vocablo "Alcalde" para designar al jefe o "caporal" de los Mozos.

(11) Es el encargado de arrastrar las alforjas, que contenían las dádivas de los aguinaldos.

(12) El convite al que está obligado el novio, en vísperas de la boda.

(13) Servirán de soporte para colgar las colchas, ramos de flores y otros motivos ornamentales.

(14) Se hace referencia a la tradicional lucha leonesa, muy arraigada en esta villa.

(15) En ambos reglamentos, se fundamenta el derecho a recibir gratificaciones desde un "tiempo inmemorial", mostrándose así su carácter necesario. No arrancan tales derechos de la arbitrariedad, sino de una obligación incuestionable.

(16) J. de la FUENTE CAMINALS, Costumbres de boda, R. D. T. P ., 1958, 182.

(17) Era uno de los estipendios más comunes. Se llenaba el "cuarto" de huevos, y para que la medida fuese exacta se le pasaba una regla por la superficie, así no quedaban huecos vacíos.

(18) J. de la FUENTE CAMINALS, La enhorabuena: canciones y costumbres de boda, R.D.T.P., 1945, 216.

(19) Los honores, según el propio reglamento, consisten en cantar durante la víspera y día de la boda, en la puerta de la casa del mozo.

(20) J. María de PEREDA; De cómo se celebran todavía las bodas en cierta comarca montañesa (homenaje a Menéndez Pelayo), "Estudios de erudición española", vol. II, (Madrid 1899) 941.

(21) Daniel G. NUEVO-ZARRACINA, Las marzas, Revista de Dialectología y Tradiciones Populares, I, 1945, 204.



Esta visualización es solo del texto del artículo.
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LAS SOCIEDADES DE MOZOS. Un estudio antropológico en la montaña palentino-leonesa
(2)

MARTINEZ MANCEBO, José Carlos

Publicado en el año 1992 en la Revista de Folklore número 136.

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