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Revista de Folklore número

076



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Las cartillas de la doctrina cristiana

RESINES, Luis

Publicado en el año 1987 en la Revista de Folklore número 76 - sumario >



No es propósito del presente artículo insistir en los datos suficientemente estudiados, y ya publicados, sobre la construcción de la actual catedral de Valladolid, sucesora incompleta de las colegiatas que le precedieron, y de las que nos han quedado los testigos que hablan de su esplendor. Las sempiternas obras de construcción del actual templo arrancan del siglo XVI y hacia allí nos remontamos para contemplar un aspecto poco conocido del gran público, aunque sí de los investigadores, cual es el de su financiación. Ahora bien, ni siquiera se trata de un estudio de la economía que hizo posible el lento avance de las obras, sino que nos vamos a ceñir a uno de los medios empleados para costear las obras, cual es el de las «cartillas».

En relación con la catedral en su conjunto o bien desde algunos puntos de vista (histórico, artístico, etc.) puede consultarse una literatura (1) que no siempre remite a estas cartillas, aunque en algunos casos omite este dato y otras veces simplemente lo presupone, sin entrar en más profundidad.

Naturalmente, sería inexacto ceñir la existencia de cartillas exclusivamente a la historia de la catedral vallisoletana: se trata de un fenómeno eclesial, que tiende a servirse de las ventajas innegables de la imprenta, poniendo al servicio de la educación cristiana la palabra impresa, y esto tiene lugar en múltiples lugares como un fenómeno de pronta y sencilla expansión. Para describirlas nos servimos de las palabras mismas de M. Bataillón, quien genéricamente dice: «En el terreno de la enseñanza popular de la doctrina cristiana, la imprenta había propagado sobre todo, hasta entonces cartillas que servían para enseñar a leer y en las cuales se encontraban, al lado de las oraciones usuales, unas coplillas versificadas en estilo llano, que permitían aprender de memoria lo datos esenciales sobre el credo, los mandamientos, los sacramentos, las obras de misericordia los pecados, las virtudes, las potencias del alma, los frutos del Espíritu Santo, todo ello en el mismo plano, sin nada que apelara a la inteligencia o a la conciencia» (2) .De manera que las «cartillas» venían a sustituir de alguna forma a la predicación y el diálogo vivo, aunque sólo parcialmente, dado que los elevados índices de analfabetismo hacían el nuevo instrumento privativo de unos pocos auténticamente privilegiados tanto en medios de fortuna, como en cultura.

En relación con las fuentes económicas con que acometer la edificación del nuevo templo, el ya mencionado A. Bustamante proporciona el dato de que «el 16 de mayo de 1580 una comisión de canónigos se presentó en el Ayuntamiento solicitando recursos para proseguir el edificio nuevo que estaba començando» (3). La aparente contradicción entre el edificio que ya estaba comenzado y el edificio por construir se puede deber, sin duda, a los cambios de planes y de arquitectos de que se resintió el proyecto ya desde sus inicios.

Ahora bien, cuando se produce un consenso entre los autores que han tratado esta cuestión es con ocasión del privilegio de Felipe II, concedido al Cabildo de Valladolid (20 de septiembre de 1583) (4) otorgando la facultad de imprimir y vender en exclusiva dichas cartillas, con el fin de obtener recursos para la construcción; la facultad se otorga por tres años, que serán después prorrogados. Aquí se ligan las obras a la impresión de cartillas. No es la única fuente de ingresos prevista, ya que también se provee por parte de Felipe IV (en 1631 y 1632) a través de dos reales cédulas para que el cabildo pudiera «cobrar un cuarto por cada persona de las que concurriesen al teatro, con aplicación a la obra de la nueva iglesia catedral...Esta concesión no llegó a tener efecto, y se conmutó, con consentimiento del cabildo, en un privilegio de impresión de poderes en los reinos de Castilla, el cual se expidió en el año 1634, pero tampoco este privilegio produjo los grandes resultados que el cabildo se había prometido» (5). Ahora bien, aun contando con estas otras exiguas fuentes de ingresos, la impresión de cartillas es la que más perduró, como veremos, de manera que bien se puede afirmar que la catedral de Valladolid está hecha a golpe de catecismos.

Como el privilegio de 1631 y 1632 resultó a efectos prácticos inoperante, en 1661 es el mismo Felipe IV quien prolonga y prorroga el ya reiterado privilegio de imprimir cartillas en exclusiva por un plazo de 40 años (con fecha 26 de enero de 1661) (6), de manera que si bien conocemos pocos datos desde su concesión hasta esta fecha, es seguro que las sucesivas prórrogas hacen que continúe en vigor y se establezca como una costumbre firme. De 1674 es una de las cartillas cuya portada reproducimos y que entra de lleno en la renovación del privilegio, que consiguientemente nos lleva hasta el año 1701. Hay que suponer, con todo, que la difusión de tales cartillas no fuera demasiado prolija por la proliferación del analfabetismo. Pero no es éste el único dato a tener en cuenta, pues juegan también otros motivos en la decadencia de su difusión, y en la provisión de recursos: «A principios del siglo XVII fueron paralizándose las obras poco a poco, por falta de recursos, y una vez trasladada la corte a Madrid, se suspendieron por completo, y se resolvió habilitar para el culto lo hecho en el estado en que se hallaba, y es el mismo en que lo vemos hoy» (7).

No resultaba mejor la situación de la cultura de los vallisoletanos en el siglo XVIII, aunque quizá vaya mejorando hacia mediados de siglo (8), pero lo que es indudable es que a lo largo de él, va a aparecer con toda su fuerza la polémica en torno a las cartillas, y más concretamente en torno al privilegio exclusivo de impresión y venta. Sintetizando los datos más notables que ofrece J. M. Palomares (9), en 1721, el Deán y Cabildo pleitean con Juan Claudio Aznar de Polanco porque usa para enseñar a leer la obra titulada «Chrisol christiano en las dos edades; infancia y puericia», ya que atenta contra la exclusividad del privilegio. En 1755, el Cabildo, no contento con la pena reservada a Su Santidad, recaba del Nuncio la pena de excomunión mayor y la accesoria de 200 ducados de multa, a fin de conseguir por la coacción lo que no se obtiene del respeto taxativo del privilegio. En 1779 el impresor de Salamanca Francisco García Rico impugna lo que entiende como privilegio excesivo, aduciendo que desde 1739 («desde cuarenta años acá») ha subido el precio de la resma de cartillas sin mejorar el papel ni la impresión; alega la inminente expiración de la Real Provisión de Felipe V de 30 de junio de 1739 (lo que supone otra prórroga); y reclama se publique «una cartilla correspondiente a las luces del siglo XVIII y a la ilustración actual de Europa». Pese a tal reclamación, el Rey concede una nueva prórroga por espacio de otros cuarenta años (hasta 1819, pues está fechada el 7 de septiembre de 1779) .

El mismo año, el Cabildo solicita al Fiscal un registro en las casas y oficinas de los impresores, ante la sospecha de que no se respeta a rajatabla la exclusividad del privilegio. Y cuatro años después es el Consejo el que pide al Cabildo información del producto total de la venta de las cartillas, en un primer intento de clarificación y fiscalización; frente a tal demanda, el Cabildo pide se le conceda el privilegio con carácter perpetuo (¡). Otro nuevo asalto supone el hecho de que hacia 1790 (10), el Consejo envía al Cabildo un nuevo tipo de cartilla, derogando el modelo secular anterior; el Cabildo reacciona alegando las quejas de los maestros a impulsos de la inercia, así como el descenso previsto de las ventas, con lo que obtiene la salomónica licencia de imprimir la cartilla del modelo antiguo así como la nueva. La puntilla viene en 1825 cuando el Rey aprueba (el 16 de febrero) un nuevo plan de escuelas primarias, introduciendo el nuevo Silabario de la Academia, por lo que a pesar de las protestas del Cabildo vallisoletano, el 23 de diciembre de ese año, el rey deniega el permiso de renovación del privilegio con un lacónico «no vengo en ello», que pone punto final a la cuestión.

Sin embargo, ya antes del desenlace, dando la razón a la sospecha de los capitulares vallisoletanos, existen impresiones fraudulentas en Burgos, Málaga y Segovia (11) a las que habría que añadir la de Sevilla de 1812, también reproducida en su portada; Sevilla, 1813; Orihuela, 1813; Valladolid, F. Santarén, 1820; Murcia, Herederos de Muñiz, s. f., y posiblemente otras.

Descrita en rasgos globales su historia, pasamos a una aproximación a las cartillas mismas. Su título completo es «Cartilla / y / doctrina christiana / impresa / con privilegio Real / en / la Santa Iglesia / de / Valladolid /». Parece ser que el título apenas haya sufrido variaciones, pues las ediciones consultadas lo conservan inalterable, como puede apreciarse en las portadas reproducidas, con la diferencia de que en las ediciones últimas, el título constituye auténtica portada, mientras que en ediciones más antiguas, como la de 1674, queda difuminado de su condición de título para confundirse con el texto que le sigue a continuación. Las otras ediciones lo resaltan a base de introducir a continuación un grabado.

Se presentan a nosotros, en su forma original, como un pliego de papel que ha de ser doblado y cortado por el usuario para que termine por ser un cuadernillo en 16°, que consta de 16 páginas. De unas ediciones a otras ha ido variando ligeramente el contenido de cada una de las correspondientes páginas, pero en conjunto el resultado final permanece inalterable. Unicamente la edición de 1790 tiene 24 páginas.

Ya el título es indicativo del contenido del impreso, que podría dividirse en dos partes (e incluso tres), respectivamente, la «cartilla» y la «doctrina cristiana» (la tercera parte la constituye la tabla de multiplicar); pero ocurre que ambas partes aparecen sin solución de continuidad, no sólo por su disposición tipográfica, sino que, como acontece en la edición de 1790, el comienzo de la doctrina cristiana es intencionadamente la continuación de la cartilla, pues aparece así: «EL PER-SIG-NAR-SE. Por la se-ñal de la san-ta Cruz...». No se trata pura y simplemente de aprender a leer, sino de aprender a leer en la doctrina cristiana, y precisamente aprender a leer la doctrina cristiana, para lo cual es indispensable el soporte del silabeo que la cartilla comporta.

A continuación del título, varias ediciones incluyen un grabado que puede ser doble (1674) O triple (1777), o doble con la inclusión central de las palabras «Jesús y María» en otras ediciones. El grabado doble es el escudo de la catedral de Valladolid con la Asunción de María (en la edición de 1674 parece más bien la Coronación) y con el florero adornado. Cuando el grabado es triple, se añade el escudo del conde Pedro Ansúrez. Un espacio en blanco inmediatamente debajo está destinado a alojar la firma impresa, que variaba de una edición a otra y que autentificaba su legitimidad y procedencia, como un medio eficaz de evitar (ya vimos que, en definitiva, no lo consiguieron) el fraude. J 0seph de Escobar, deán, autentifica la edición de 1674; Basilio de Estrada, canónigo de Valladolid, hace lo propio en las de 1750 y 1751; Francisco Remolino, chantre de Valladolid, en la de 1752; Manuel García Tahona, en la de 1790, y José Gil Carranza, canónigo administrador, en la de 1818; Leonardo de Herrera, Maestreescuela, en la de 1777 (12). Sigue una promesa y una amenaza: la promesa de cien días de indulgencia para los que enseñaren o aprendieren en ella, y la amenaza, más severa en varias ediciones de que «Ay Paulina, con absolución reservada a su Santidad, contra los que contrahizieren esta Cartilla, en todo o en parte: contra los que la compraren, y vendieren, y contra los que enseñaren a leer en otra que no sea de la Santa Iglesia de Valladolid». Termina la portada con el año correspondiente.

La página 2 comienza por las letras del alfabeto, con la repetición de la «a» (mayúscula y minúscula), la «rr» (presentada sólo como consonante doble) y la «s» (en su doble grafía de prolongada, al uso de la época, y normal); siguen las cinco vocales acentuadas, y situado entre bandas horizontales los nombres «JESUS, MARIA y JOSEPH», seguido asimismo entre bandas horizontales del año de impresión, repetido, pero esta vez aparece la fecha en números romanos (13). El resto de la página está dedicado a combinar cada una de las consonantes con las cinco vocales, iniciando así los ejercicios de silabeo. Constituyen una singularidad el uso de «ç» y de «ch», que no han aparecido en la serie del alfabeto, así como el hecho de combinar también la «i» con todas las vocales.

La página tercera y el comienzo de la cuarta se consagran a sílabas compuestas de tres letras, repitiendo las combinaciones anteriores terminadas sistemáticamente en «n» (de «ba» hace «ban», y así sucesivamente). Una vez terminadas, recoge otros modelos de sílabas: Bla..., cla..., pla..., bra..., dra..., fra..., gra..., pra... y tra. ..A partir de ahí, sin solución de continuidad y con la única diferencia tipográfica de que en algún momento omite el título correspondiente, va presentando El Persignarse, el Padre nuestro, el Ave María. El Credo, La Salve, Los mandamientos de la Ley de Dios, Los mandamientos de la santa madre Iglesia, Los sacramentos, La Confesión, Los artículos de la fe, Las obras de Misericordia, Los pecados capitales y sus remedios, Los enemigos del alma, Las potencias del alma, Los sentidos corporales, Las virtudes teologales y Las virtudes cardinales; todo ello va desde la página cuarta a la duodécima, hacia la mitad. El resto de ésta y las tres siguientes están ocupadas con el Orden para ayudar a Missa, hasta más de la mitad. El final de la página quince lleva otra advertencia, en esta ocasión referida al privilegio real y, por lo tanto, redactada no en los términos «eclesiásticos» con que iban concebidas las dos advertencias de portada, sino en el lenguaje «civil» sancionado por la ley: «Con Privilegio del Rey nuestro Señor, y prohibición, que ninguna persona la pueda imprimir, ni vender en todo el Reyno, sin licencia de la Santa Iglesia, so las penas contenidas en dicho Privilegio». Y la última advertencia o pie de imprenta: «En la Ciudad de Valladolid: En la Imprenta de la Santa Iglesia, año de...Está tassado a quatro maravedís cada pliego de papel» (14). Por último, la página décimosexta contiene la tabla de multiplicar bajo el escueto título de «Tabla».

Las ligeras variantes que se advierten de una edición a otra apenas modifican más que accidentalmente este esquema, seguido con una fidelidad rigurosa y rutinaria, de manera que se comprende la pereza de los maestros de escuela a variar en un método que, por archiconocido, no requería otro esfuerzo que el de la mera repetición mecánica (15)..En cambio, se introducen una serie de modificaciones en la nueva cartilla de 1790, que siendo un folleto de idéntico formato en 16°. tiene 24 páginas, por lo cual está impresa en tres medios pliegos diferentes, y en cada pliego están duplicadas las páginas correspondientes para la confección de una segunda cartilla. El contenido de ella es parecido, pues se omiten la tabla de multiplicar y el orden de ayudar a misa, y al disponer de mayor espacio, el conjunto gana en claridad y presentación. Las diez primeras páginas son propiamente la cartilla (casi la mitad del folleto), con unos ejercicios más amplios y completos de silabeo, que capaciten realmente para una lectura fluida; dichos ejercicios concluyen con una referencia a los «diftongos» y «triftongos» (sic), rematada con una nota muy culta que dice: «Es importantísimo el conocimiento de estas sílabas. Véanse las Conversaciones ortológicas de la Real Sociedad Bascongada, con especialidad la V. en que se trata de los Diftongos y Triftongos castellanos y la comprobación práctica de ellos, a continuación de la cartilla XIV». Desde la página once en adelante se incluye la doctrina cristiana, induciendo a la lectura silabeada, como ya está indicado. Termina con esta nota: «Con prohibición para que ninguna persona la pueda imprimir, ni vender en todo el Reyno, sin licencia de la Santa Iglesia de Valladolid baxo las penas contenidas en el Real Privilegio. Está tasada cada resma a setenta reales, y cada Cartilla encuadernada, a diez y seis maravedís.»

Como se ve, a diferencia de las cartillas anteriores, se suprimen las referencias tanto de estímulo con los cien días de indulgencia, como las represivas de excomunión reservada a Su Santidad; únicamente se conservan las sanciones civiles derivadas de la existencia del real privilegio.

La cartilla de 1818, casi a punto de expirar su existencia, incluye la misma portada que la de 1790, que ocupa toda la primera página. Constituye un testimonio de la publicación de las cartillas nuevas, más completas y perfeccionadas, como es el caso de la de 1790, y de cartillas a la vieja usanza, como la presente, que consta de las acostumbradas dieciséis páginas; descontando la de portada, las quince restantes están ocupadas por el contenido tradicional, sin más variaciones que eliminar las referencias de los días de indulgencia, y la excomunión del comienzo, así como la prohibición en función del privilegio real. La única indicación fuera del texto consta en la página quince: «Está tasado a seis maravedises cada pliego»; a continuación, también en la página quince, figura la firma autentificadora de su procedencia.

Es preciso retener y subrayar el hecho de no hacer mención del privilegio real en la cartilla a que acabamos de referirnos. Bien podría decirse que a punto de extinción de la concesión real, se producen unas fisuras en el monopolio, de las que un síntoma es la omisión de la inveterada advertencia. Pero no es el único síntoma: otro aún más significativo es la existencia de una «Cartilla y doctrina cristiana de la Santa Iglesia de Valladolid para instrucción de la juventud y uso de las escuelas de primeras letras», pero impresa en Orihuela, Pedro Berruezo Puebla, 1820. El hecho de aludir expresamente en el título a la cartilla de Valladolid, pero imprimiéndola en otro lugar, supone una especie de concesión ya inevitable ante la evidencia de los hechos, o un extraño compartir la concesión del monopolio. El contenido de esta cartilla, también de dieciséis páginas, es en todo idéntico a las tradicionales de Valladolid, pero sin hacer mención ni de censuras o sanciones papales, ni de privilegio real. Otro tercer síntoma es la impresión de la cartilla de Valladolid, Fernando Santarén, 1820, a la que aludimos en la nota 15. Parecen los últimos momentos de la prolongada existencia de las cartillas.

Desde el punto de vista estrictamente catequético, la descripción global que incluimos de las cartillas ya nos aproximaba a su desnudez, desprovista de toda clase de explicaciones complementarias, matizaciones o posibilidades de ampliar o complementar el contenido nuclear del mensaje cristiano. Cabe preguntarse muy seriamente por la inquietud catequética de un Cabildo que se conforma con que el pueblo cristiano sea capaz de repetir unas fórmulas preestablecidas, sin acceder a otra explicación ulterior. Y si ello es de alguna manera disculpable en los orígenes de la concesión del privilegio en el siglo XVI, resulta absolutamente inconcebible que nada menos que en 1779 pretendan obtener la concesión del privilegio a perpetuidad, lo que viene a consagrar el principio de que a perpetuidad es suficiente saber repetir esto para andar por la vida como cristiano. Pero raya los límites de lo sencillamente inadmisible si lo que se antepone es el móvil económico a la razón catequética, sacrificándose ésta a aquél, y manteniendo en la intención la imagen de una iglesia renacentista preocupada de las artes y las construcciones, pero olvidando sus obligaciones primarias de difundir el mensaje de Cristo, o bien reducirlo a su más mínima expresión.

Y sería una benevolencia excesiva la de establecer una dualidad en el sentido de que el contenido de estas cartillas es suficiente para el pueblo menos culto, como si careciera de derecho a una información y una formación más completa en la fe, que estaría reservada a los letrados.

Un contenido catequético tan escueto es más propio de la catequesis medieval, con las célebres «tablas» que se ponían en las iglesias en las que el pueblo tenía a la vista -que no siempre leía- los mismos formularios de fe que contienen estas cartillas, y aprendían de oído, en la lectura pública que de las tablas se hacía (a esto quedaba en ocasiones reducida la catequesis), lo escrito en las tablas (16). Que como herencia medieval todavía aparezca semejante procedimiento en el siglo XVI a nadie tiene que extrañar. Ahora bien, resulta imperdonable que esto se perpetúe indefinidamente, sin ninguna mejora ni de fondo ni de forma hasta el siglo XIX.

Vamos a ponernos en el mejor de los casos llegando a imaginar que el producto de la venta de las cartillas hubiera permitido la terminación de la inconclusa catedral. Ni siquiera en ese caso hubiera sido justificable tal pobreza en la educación de la fe del pueblo cristiano. Pero es aún más grave cuando se va comprobando, a lo largo de las sucesivas prórrogas del Privilegio Real, que el dinero recaudado es totalmente insuficiente, seguir empecinados en vender una mercancía de tan escasa calidad y fondo catequéticos, de manera que ni se acierta en la consecución del objetivo, ni se acierta en los medios empleados. Error de forma y error de fondo, que no se enmienda, sino que se mantiene con el paso del tiempo.

La gravedad de este error de fondo es todavía mayor por cuanto en el período de tiempo que transcurre desde la concesión del Privilegio hasta su extinción (1583 a 1825) se han ido produciendo numerosos esfuerzos en el campo catequético nacional, que de ninguna manera han podido pasar desapercibidos a los canónigos vallisoletanos. Prescindiendo de la ingente multitud de catecismos aparecidos en el siglo XVI, anteriores a la fecha de concesión del Privilegio Real, para 1583 ya estaba compuesto y posiblemente publicado el celebérrimo catecismo Astete, que con todas sus imperfecciones y limitaciones, era incomparablemente superior la pobre y restringida Cartilla, pues además (los formularios que ésta incluye, iba acompañado de una serie de explicaciones de las que carecía enteramente la Cartilla. y en 1586 ya estaba circulando su homónimo de Ripalda (17) de manera que si el cabildo no hubiera querido do escoger entre la abundancia y variedad de enfoques que los catecismos del XVI ofrecían, rigurosamente contemporáneos, estos dos célebres catecismos mostraban que se podía hacer algo más que recitar unos formularios; y aunque no hubiera imaginación mas que para plagiar la idea de algunas de sus explicaciones, siempre habrían sido más convincentes que las escuetas cartillas.

Pero debió de ser ciertamente falta de imaginación el dejar que las cosas transcurrieran pacíficamente a lo largo de los 242 años en que estuvo en vigor la concesión, reimprimiendo rutinariamente las mencionadas cartillas, cuando en realidad a lo largo de todo ese tiempo se fueron publicando una serie amplia de catecismos, entre los cuales había donde escoger en aras de una mejor oferta catequética. Los catecismos de Pedro de Lepe, Pedro de Tapia, Pedro Vives, Juan Eusebio Nieremberg o el presbítero Luciano durante el siglo XVII; los de José Pintón, Pedro de Calatayud, Cayetano Ramo, Bartolomé Olaechea, Manuel Denche, Gregorio Baca de Raro, Francisco Reinoso, Francisco Oriols, Antonio Barralis y Jaime Barón y Arín durante el XVIII, así como las traducciones de Belarmino, Canisio, Fleury, Bossuet, Segneri, Pouget o Colbert circularon lo suficiente y resultaron lo bastante nombrados como para que tal multitud de esfuerzos catequéticos -algunos de ellos singulares y notables- no pudieran pasar desapercibidos a todo un colectivo como el Cabildo. Aferrados a una fuente de ingresos exigua, quizá, pero segura, prefirieron limitarse a dejar las cosas como estaban sin introducir variación alguna, de manera que si se vieron obligados a introducirlas desde el punto de vista metodológico en la parte correspondiente a la «cartilla», no se vieron impulsados por imposiciones de la autoridad externa, y lo que es mucho más grave, por íntimo convencimiento a perfeccionar un instrumento que había de servir para la educación de la fe del pueblo y que llegó hasta el siglo XIX con el más puro y definido sabor medieval. Es preciso reconocerles en su haber el mérito de haber mantenido vivo un auténtico fósil.

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(1) J. AGAPITO REVILLA: Para la historia de la Iglesia mayor de Valladolid, en "Boletín de la Sociedad Española de Excursiones" (1942); A, BUSTAMANTE GARCIA: La Arquitectura clasicista del foco vallisoletano (1561-1640), Valladolid, Instit, Cultural Simancas, 1983; F. CHUECA GOITIA: La Catedral de Valladolid, Madrid, 1947; E. GARCIA CHICO: Documentos para el estudio del arte en Castilla, Vol. I: Arquitectos, Valladolid, 1940; J, J, MARTIN GONZALEZ -J. URREA Monumentos religiosos de la ciudad de Valladolid. Primera parte, Valladolid, Instit. Cultural Simancas, 1985, 7-21; J.URREA: La catedral de Valladolid y Museo diocesano; León, Everest, 1978.

(2) M. BATAILLON: Erasmo y España, México, Fondo de Cultura Económica, 1966, 534-535. En el mismo lugar, BATAILLON hace referencia a una Cartilla para mostrar a leer , a los moços. Con la doctrina christiana que se canta amados hermanos (s.l., s.f. pero del s. XVI). Aun dentro del estilo esquemático, dicha Cartilla resulta más completa, pues junto a las fórmulas usuales (el padrenuestro, ave maría, credo, salve y confesión aparecen además en latín y castellano), incluye una amplia Bendición de la mesa y el magnificat (ambas en latín) y el Castigo y doctrina que dio un sabio a su hijo (castellano), elementos nada usuales en otras Cartillas.

(3) A. BUSTAMANTE: O. c., 121. En la nota. 24 (p. 171) da cumplida información de dicha visita. Remite a J. MARTI y MONSO: La capilla del Doctor Luis de Corral en la Iglesia de la Magdalena, de Valladolid, en "Boletín de la. Sociedad Castellana de Excursiones". 3 (1907-1908), y a J. AGAPITO REVILLA: 0. c.

(4) Todos los autores consultados coinciden en el mes de septiembre a excepción de J. M. PALOMARES: Imprenta e impresores de Valladolid en el siglo XVIII, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1974, 63, quien señala el de marzo.

(5) M. SANGRADOR: Historia de Valladolid, vol. 2, 129 (Edición facsímil, Valladolid, 1979). Al privilegio de gravar el precio de las comedias alude también M. DE CASTRO : Episcopologio vallisoletano, Valladolid, Cuesta, s. f, 200.

(6) D. LLORENTE: Historia de la catequesis. Cartillas de doctrina. Catecismo de Astete y Ripalda en "Revista Catequética", 16 (1925), 34-35; ídem: Tratado elemental de Pedagogía Catequética, Valladolid, Andrés Martín, 1944, 540.

(7) C. G. GARCIA-VALLADOLID: Valladolid, Recuerdos y grandezas, vol. I, Valladolid Juan Rodríguez 1900 363-364. (Edición facsímil Valladolid 1980).

(8) T. EGIDO: La religiosidad colectiva de los vallisoletanos, en VARIOS: Valladolid en el siglo XVIII, Valladolid, 1984, 218.

(9) J. M. PALOMARES: 0. c., 63-67.

(10) Se deduce de la. descripción que D. LLORENTE: Historia...hace de la edición de 1790.

(11) J. M. PALOMARES: 0. c., 67.

(12) En esta. edición, el espacio reservado para la firma autentificadora está al fina! de la página primera.

(13) En la correspondiente al año 1674, hay un error en la. numeración romana: "MDCLXXVI".

(14) T. EGIDO: 0. c., 218 señala que "la pésima impresión hubo de mejorarse en 1758 a cambio de una subida de su precio (de 4 a 6 maravedís)".

(15) La cartilla fraudulenta de Sevilla, 1812, tiene el mismo contenido. Difiere en la Portada, que omite las advertencias que hacía la originaria de Valladolid, y que incluso modifica el título: Cartilla y Doctrina Christiana, dispuesta para el uso y fácil inteligencia de los niños. Elimina también la mención del Privilegio real que precedía a la tabla de multiplicar. Exactamente igual es la de Sevilla, Viuda de Vázquez y Compañía, 1813. También incluye el mismo contenido la titulada Cartilla y Doctrina Cristiana para instrucción de los niños. Valladolid, Fernando Santarén, 1820, editado ante los ojos mismos del Cabildo vallisoletano, que ya no puede hacer nada por impedir su aparición.

Otras Cartillas que contravenían el privilegio de impresión, con la particularidad de que son únicamente Cartillas, prescindiendo de la Doctrina Cristiana son: Cartilla o Silabario para uso de las Reales Escuelas del sitio de San Ildefonso, de la comitiva de S. M. y de S. Isidro de esta Corte. en la Imprenta Real, 1797; otra Cartilla, sin titulo expreso, que consta solamente de ocho páginas, citada en Orihuela, 1813; y el Silabario elemental compuesto por la Real Sociedad.Económica de Murcia para uso de las escuelas de primeras letras de esta Ciudad y Reino. Publícase en beneficio de los niños pobres de la diócesis de Cartagena, Murcia, Herederos de Muñiz, f. s.; esta última consta de 48 páginas con un silabario muy completo respecto a los anteriores, y aunque el titulo no haga mención, desde la página 35 hasta la 47, incluye el Texto de la Doctrina Cristiana.

(16) El Concilio de Valladolid (1322) dice: "Mandamos que todos los párrocos tengan escritos en su iglesia en lengua latina y vulgar los artículos de la Fe, los preceptos del Decálogo, los Sacramentos de la Iglesia y las especias de vicios y virtudes; y a que además los inculquen al pueblo cuatro veces al año..." (D. LLORENTE, Tratado elemental...514). El sínodo de Oviedo (1377) señala que "todos loS arçiprestes et curas et escusadores (...) resçiban et llieven et ayan un quaderno en romance de los diez mandamientos de la ley et los articolos de la fe et los sacramentos de la santa Eglesia et las maneras de las vertudes et de los pecados et las obras de misericordia espirituales et temporales...", en Synodicum Hispanum, vol. 3, Madrid, BAC. 1984-396. Idénticas disposiciones adoptan las Compilaciones de los Sínodos de Burgos (1393-1404), o el posterior también en Burgos de 1418, que corrige y modifica el anterior, o el también celebrado en Burgos en 1533, que es reproducción del de 1418 (en N. LOPEZ MARTINEZ: Sínodos Burgaleses del siglo XVI, en "Burgense", 7 (1966), 211-406.

Otras disposiciones similares, herederas del medievo se repiten a lo largo de multitud de sínodos locales celebrados en toda España en el s. XVI.

(17) L. RESINES : Catecismos de Astete y Ripalda. Edición critica. Madrid (en prensa).




Las cartillas de la doctrina cristiana

RESINES, Luis

Publicado en el año 1987 en la Revista de Folklore número 76.

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