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Ante[1] la vox populi que las vecinas y vecinos de Caracena atribuyen a los señores Don Gonzalo de la Guerra y Lasso de la Vega, alcalde honorario por el estado noble, y a Roque de Antón, el encuentro o hallazgo de un tesoro, Antonio García Ibáñez es nombrado Promotor Fiscal para investigar a los citados señores sobre la apropiación de un tesoro encontrado en la tierra llamada Los Morales junto a la peña del Tormo, propiedad de los curas y beneficiados de la villa de Atienza, si bien la tienen arrendada al padre de Roque de Antón; antes lo fue de Josef Matta, vecino de esta referida villa. Así pues, el Promotor Fiscal abre la causa y la presenta al Alcalde Mayor, don Manuel Sotillos. La causa debía presentarse al alcalde ordinario, pero al ser este el encausado, decidió renunciar al cargo.
En nombre de encausados, don Felipe Pérez
dice que por el alcalde mayor de ella se formó a mis partes causa de oficio sobre supuesta mal soñada invención de un tesoro en heredad particular consistente en aquel término y por solo el fútil antecedente de haber salido a una tierra en la que con manera solo de diversión y con muy distintos fines hicieron una muy corta excavación, con lo cual les vulneró y amancilló su estimación.
El Alcalde Mayor, habiendo visto estos autos sobre el descubrimiento de un tesoro, decretó sobreseer esta causa, con la reserva de continuarla en adelante y que
en lo sucesivo haya vigilancia para su descubrimiento en favor de los intereses de la Real Hacienda. Sin embargo a los referidos Gonzalo y Roque se les condena a las costas mancomunadamente y se les previene que en adelante no den lugar a semejante procedimiento y en caso de ver, oír algo relativo a este tesoro, lo comuniquen a la Justicia, evitando así toda ocultación. Asimismo, se les condena en el importe del papel sellado.
Don Gonzalo y Roque se sienten agraviados ante la condena y hacen un pedimento de apelación en el que alegan lo falso de la invención y lo licito de la acción. Y es ahora cuando el alcalde mayor ordena que comiencen los interrogatorios a los testigos.
EL ALCALDE MAYOR ORDENA QUE DECLAREN LOS TESTIGOS
El 21 de noviembre de 1801 el señor Ldo. don Manuel Sotillos, alcalde mayor de Caracena […] dijo: es llegado a su noticia que en los seis del presente mes, estando arando Roque de Antón y Antonio Antón, de esta vecindad, en una heredad que llevan en renta de los curas y beneficiados de la villa de Atienza y antes lo fue de Josef de Mata, vecino de esta, sita en término de esta villa y junto a la peña que llaman del Tormo, y camino que va a Tarancueña, titulada la de los Morales sacaron y encontraron con uno de los arados una asa de metal, que sin duda había estado pegada a alguna olla de la misma especie que, con algún canto o tesoro de oro o plata estaba enterrada y oculta en dicha tierra, con cuyo hallazgo en los veinte y tres del citado mes, el referido Roque de Antón y don Gonzalo de la Guerra, alcalde ordinario por su estado noble, pasaron a cavar a la heredad y sitio donde se descubrió la referida asa y según que de publico se dice se han hallado un gran tesoro y en apuro de esta verdad, procédase a la justificación correspondiente en cumplimiento de lo dispuesto por ley del Reino y evitar su ocultación y extravío en perjuicio del Real Erario./fols. 54-55
TESTIGOS (fols. 56-115)
Todas las declaraciones se basan en lo que han oído y les han dicho los vecinos con los que trataron el tema. Así Roque Martin manifestó haber encontrado una pieza de figura de asa en la tierra que dicen de Mata sita donde dicen el Tormo. Manuel Crespo y su hijo, sastres y vecinos de Carrascosa de Abajo, estando en casa del testigo dijeron que la había hallado en el mismo surco que llevaba con su yunta y añadió que las vacas habían hecho hincapié y fuerza para descubrirla. El pastor de Iñigo Pérez, Facundo Romano llamado el Alcarreño, natural de Valderromán, dijo haber visto sacar de la tierra una cosa negra redonda, como a modo de olla, la que cogió don Gonzalo y guardó entre la capa. En cuanto al asa, manifiesta el Alcarreño que la dividió e hizo dos pedazos, queriendo averiguar de qué metal sería o podría ser. Rosa Martin dijo que, estando custodiando largo el ganado lanar junto a el molino, vio que don Gonzalo y Roque Martin bajaban rio abajo y, luego que advirtieron que les había visto, don Gonzalo se volvió hacia atrás y se arropó bien con la capa. Rosa, de unos 15 años, fue hacia la tierra que dicen de Mata y vio que habían cavado y había algunos cantos y una piedra areniza de toba./fols. 56 y sgts. Quirico de Pedro, de 26 años testifica que encontraron dos piedras: la una de toba y la otra blanca, labradas una y otra por las dos caras. María Teresa de Antón, de 13 ó 14 años, dijo haber visto sacar junto a la peña del Tormo, una cosa negra redonda que la pareció ser olla; y que se dice por el pueblo que han sacado tesoro. /fols. 67-68 María Valencia dice que es cierto que, estando arando Roque de Antón y Antonio Antón en la heredad que llevan en renta de los curas y beneficiados de la villa de Atienza, sita en esta villa junto a la peña del Tormo, el citado Roque sacó con el arado una asa y que es público en esta villa que don Gonzalo de la Guerra y Roque Antón estuvieron cavando en dicha heredad el lunes día 23 del pasado mes de noviembre; igualmente se dice que han hallado un tesoro, oyó que hablaba don Gonzalo de monedas de cortadillos[2] y después en la cocina oyó a este decir que su tía le había dejado en cortadillos ocho o diez mil reales./fols. 070-71 Antonia Ibáñez dijo a su hijo Roque que por qué no les había avisado para ir a cavar y le contestó que se hubieran cansado en balde. Ella le respondió diciendo que necesitaba el tesoro tanto o más como don Gonzalo; Roque dijo que el día que estuvo arando sacó un asón y el arado se embazó, que no podía haber en la tierra alguna cosa como tesoro. Ella dijo: ¡Ay hijo! que no es la fortuna para quien la busca./fols. 72-73 Antonia Mancha, mujer de Antonio de las Mozas, dijo que, estando a la puerta de la casa de José Ibáñez, llego un hijo de don Gonzalo, Francisco, como de 6 años y dijo que su padre había encontrado una olla con su cobertera y, como el resto del pueblo, decía que habían encontrado un tesoro./fols. 74-75 Miguel de la Puente, de 23 años, en la casa del cura párroco, don Miguel Ruiz Cachupin, dice que solamente hablaron del hallazgo de un tesoro./fol. 76 Juan José Ibáñez declara que el hijo de don Gonzalo, Francisco, decía que tenía que ir con la olla a los moros para que se vuelva doblillas; estando con la madre de Francisco, ésta le dijo al niño que cuando le preguntaran dijera que se había encontrado una olla. Añadió el testigo que el cerco de lo cavado tendría como vara y media./fols. 77-78 María Barrio, yendo con Roque de Antón por leña,
Pasado que fue el Camino Real y el del Montecillo, se suscitó la conversación del hallazgo del tesoro y el citado Roque expresó estarse procediendo y examinando testigos para la averiguación de ello y que se pensaba en ponerle las calzas de Vizcaya, hablando por las prisiones.
Asimismo, el Roque dijo que, aunque se verificase la prisión, no declararía porque no había hallado cosa alguna/fols. 84-86 Florentina Gallardo, de 36 años, dijo a don Gonzalo: «¡Sea enhorabuena, que dicen que se ha hallado vmd un tesoro!» A lo que respondió: «¡Ojalá hubiera sido verdad, que ya estuviera caminando hacia la feria a por unas mulas!» Luego dijo don Gonzalo que su tía le había dejado en cortadillos, hacía varios años, cierta cantidad de dineros. También dijo que, de ser verdad, hubiera dado al rey la tercera parte./fols. 82-83 Miguel de la Puente añade al tema que la olla podía tener otra asa al otro lado o incluso más./fol. 83 Ignacio Martin insistió en que la asa de la olla o jarra tendría una figura o marca al otro lado donde la asa hubiese estado pegada, y el dicho Roque dijo que también podría tener cuatro./fols. 84-85 Manuel de Diego, criado de don Gonzalo de la Guerra, natural de Cañicera, señala que es cierto haber ido por leña con Roque Antón y María Barrio por el camino del Montecillo, y Roque dijo que se pensaba en «ponerle las calzas de Vizcaya» y dijo que, aunque se verificase la prisión, no declararía cosa alguna, porque no se había encontrado nada. Añadió que se dice, de público, que han hallado un tesoro, pero que a su amo siempre le ha oído decir que nada han hallado y que ojalá fuera verdad./fols. 86-87 Ana Reguero, de sesenta años, siempre ha oído que en la citada tierra había un tesoro./fol. 88 Eulalia de Aja y López dice que lo que ha hablado con Roque y otros sobre el hallazgo de un tesoro fue solamente chanza./fols. 93-94 Andrés Nuño, de 34 años, vecino de la villa y molinero, dijo que habiendo bajado Roque a moler, le dijo al Roque que le prestase dinero para hacer un molino y Roque le contesto: «Tiene vmd gana de hacer burla», que Roque se lo contó a don Gonzalo y este no paró hasta conseguir ir a cavar; y que dicen las gentes de la villa que sacaron un tesoro, pero este testigo no ha visto nada./fols. 97-98 Rosa Martin se retracta y dice que no es cierto que les viera sacar una olla./fol. 99 Manuel Crespo, de Carrascosa de Abajo, sastre, dijo que, estando en casa de Antonio Antón, este le enseñó el asa y no se acuerda si le dijo se la encontró en el surco que llevaba o a la orilla de la tierra, cuando limpiaba el arado; que pregunto a don Gonzalo por el tesoro y este le dijo que no había tesoro alguno. Estando el hijo de Manuel Crespo, trabajando en casa de don Gonzalo, la mujer de este, doña Paula Cachupin, al hablar del asa, dijo que «era bobo el Roque por no haber mirado más en donde la encontró»./fols. 102-106
En atención a no haber en esta villa maestros latoneros ni plateros a quienes correspondía reconocer si la asa había estado pegada y estañada y de qué metal pudiera ser, el juez mandó a dos vecinos reconocieran el asa./fol. 108 Lo hacen Miguel de Antón y Alejandro Iglesias, vecinos; dijeron que han visto y reconocido el asa dividida en dos pedazos y, aunque consideran por su figura y fábrica ser asa, no advierten si ha estado o no pegada a otra cosa, que les parece que dicha asa es de metal de bronce sin que afirmativamente lo puedan asegurar./fol. 109
CONFESIÓN DE ROQUE ANTÓN/fols. 115-122)
En la villa de Caracena a veinte y tres de Henero de 1802, su mrd el señor Juez de estos autos, hizo comparecer ante sí a Roque de Antón, de esta vecindad, a efecto de recibirle su confesión a el cual por ante mí, el escribano, le recibió juramento por Dios Nuestro Señor y a una señal de cruz conforme a derecho, y el susodicho lo hizo como se requiere y, en su virtud, se le pasaron a hacer las preguntas.
Sus respuestas fueron como sigue: Dijo llamarse Roque de Antón, natural y residente en Caracena, casado, labrador y de edad de unos 22 años. Al decir ser de veinte y dos años se hace un auto para nombrar a un curador y defensor que lo hicieron en su padre, Francisco de Antón. Cuenta que estando arando en compañía de Antonio de Antón en una heredad de los curas y beneficiados de Atienza, sita en los Morales y junto a la peña que llaman del Tormo, sacó una asa de metal cuando estaba desembrozando y limpiando el arado. A Antonio de Antón le dijo que había salido en el arado, limpiándole a la orilla de la tierra. El día del hallazgo del asa no cavó en dicha tierra, sino que, unos días más tarde, don Gonzalo pasó por su casa y, como a las siete de la mañana, fueron a dicha tierra para ver si encontraban alguna cosa y estuvieron cavando como unos tres cuartos de hora más o menos. Preguntado si en ese sitio sacaron alguna olla con tesoros dijo que era incierto el cargo que se le hacía. El advertir que había una piedra en la tierra es lo que le movió a cavar junto a ella y sacarla pues le pareció buena para alguna ventana. Es cierto que la tarde del día que cavaron, pasaron por la tierra él, su mujer y doña Paula Cachupin y estuvieron en el sitio donde habían cavado, pero que el haber cruzado por aquel sitio fue con el ánimo de buscar unas yerbas para tintar y es incierto el que se tirasen a ocultar. El motivo que tuvo el confesante para ir a cavar fue porque habiendo contado el lance del hallazgo del asa a don Gonzalo, este no le dejo parar hasta que no fueron a cavar, aunque el confesante se resistía, pareciéndole no encontrarían nada, como en efecto nada encontraron, aunque cavaron. Finalmente dijo «ser incierto y ajeno de verdad el que el confesante se haya hallado ni encontrado tesoro uno ni ninguno».
CONFESIÓN DE DON GONZALO DE LA GUERRA (fols. 129-145)
Sabemos que don Gonzalo era un hidalgo y, en este momento, alcalde ordinario por el estado noble de la villa y tierra de Caracena. Según su propia confesión era labrador, de 24 años; dijo ser cierto que Roque de Antón le manifestó haber encontrado un asa y no saber de qué metal pudiera ser y que podría pesar de tres a cuatro onzas y es la misma que se le mostró, dividida en dos pedazos y que Roque de Antón la había hallado al volver el surco,
sin que pudiese decir si dicha asa había venido con el desembrozo del arado o estaba descubierta encima de la tierra; llevado únicamente del celo y amor que profesa a la real persona y, como alcalde ordinario que se hallaba, pasaron a cavar a dicha tierra con el ánimo de si encontraban alguna cosa, dar parte a S.M. (Dios le guarde); habiendo cavado en dos partes de la tierra y cerca de donde se encontró la mencionada asa, y no habiendo descubierto nada, dijo el confesante al Roque de Antón: «ya que estoy aquí voy a sacar aquella peña que estorba cuando pasa junto a ella el arado», y debajo de ella salió una toba y se descubrió un encaño de cantos que traviesa la tierra y su profundidad seria de media vara;
El interrogatorio se suspendió hasta el día siguiente, 25 de Enero de 1802, prohibiéndole verse con Roque de Antón bajo multa de 10 ducados. Su confesión sigue así:
No le acompañaron más personas que las que lleva dichas y no dio parte a ninguno de los escribanos porque solo le movió el celo por ver si se encontraba algo, lo que hubiera ejecutado siempre que dicha cavadura hubiera resultado haber encontrado algo; Roque de Antón solo lo dijo en conversación con varios vecinos y el ir a cavar fue de convenio de los dos y que saldrían entre las ocho y ocho y media, y que estuvieron cavando «como unos tres cuartos de hora; que quedaron de acuerdo de ir a cavar la noche de antes sin que sea cierto le instase», pero sí que le fue a llamar por la mañana como quedaron de acuerdo la noche anterior; dijo es cierto estuvo cavando con Roque en los mismos surcos, pero que no pisaron ni apretaron la tierra antes ni después de haber cavado en dicha tierra; no es cierto que se volviera hacia atrás cuando vio a un pastor; es cierto que viniendo rio abajo vino una bocanada de aire que le desembozó y dando una vuelta para volverse a embozar, le vería la pastora, pero él a ella no; el día de después pasó a la casa del escribano, Iñigo Pérez, para evacuar ciertas diligencias y le dijo a el confesante Filomena Gallardo, en género de chacote: «Adiós señor alcalde, ahora bien nos puede dar v.m. un buen montón de dineros». A lo que la respondió el confesante: «¿Por qué? -Porque dicen que se ha hallado v.md. una mina o tesoro». A lo que respondió: «¿Quién te lo ha dicho?» Y contestó que su pastor, porque había venido con este cantar y que pasase este en casa de Antonio de Antón y le diese dos cuartos para que comprase un cordel, a lo que respondió el confesante: «¡Ojala hubiera sido cierto el hallazgo de la mina!» Y a esto dijo Iñigo Pérez: «¡Qué bobadas y habladurías!» Expresó asimismo don Gonzalo que si hubiese aparecido algo y le hubiese correspondido algún dinero, habría ido a la feria a por mulas./fols. 125-126
Por un auto se manifiesta que el anterior promotor fiscal cesa de su cargo y se nombra nuevo promotor fiscal a don Antonio García Ibáñez. Este dice al Juez que, como tal, se ha de servir apercibir a dicho Roque y Gonzalo que en adelante, sin noticia judicial, no se propasen a la busca de tesoros o minas, multando a cada uno en la cantidad de diez ducados y costas. Se dará parte al M.º de Hacienda del resultado de esta causa.
ARGUMENTACION DEL PROMOTOR FISCAL (fols. 149-158)
El fundamento de todo provino de la cautela con que por las leyes de la época, en cuanto se refiere a excavaciones y hallazgos de alhajas o dinero, lo encontrado o descubierto, escondido en el centro de la tierra, corresponde a la Real Hacienda, siendo el Soberano el propietario de lo que de esa manera aparece en sus dominios. Por lo que el que los encuentra no tiene derecho alguno sobre ellos. Antón y Guerra, por sí solos y contra lo que la ley prescribe, se propasaron al practicar diligencias exquisitas en la materia.
En efecto de la sumaria resulta que, estando arando con la yunta Roque Antón el día anterior, hicieron empuje los bueyes y sacaron en el arado una asa de bronce que sin duda estaba agarrada a dicha cosa, resulta que Antón dio cuenta a don Gonzalo de la Guerra no como juez sino en conversación; resulta que a la siguiente mañana salieron los dos prevenidos de su azada, se dirigieron al sitio de la mina y cavaron tres cuartos de hora. Resulta que luego que les vio gente, se bajaron cuidadosos hacia el rio y Rosa Martin declaró que les había visto sacando una olla con su cobertera. Más adelante Rosa negaría esto.
Continua el fiscal:
En las confesiones tomadas a Guerra y Antón, estos siempre negaron haber sacado una olla y hallar un tesoro. Y no está probado, en efecto, que la sacaran. Solo la fama pública en el pueblo de Caracena puede servir de prueba en este punto. No se puede condenar a Guerra y Antón que restituyan el tesoro que se supone hallado, pues no se apura lo bastante en este punto. Pero deben ser escarmentados con una multa y las costas para que se abstengan de invadir los derechos del soberano.
Don Gonzalo de la Guerra, debió llamar a un escribano y testigos para la busca de la mina. Este era el verdadero celo por los intereses del Soberano y no ir él con su autoridad de Alcalde a escondidas con la azada debajo del brazo a excavar tres cuartos de hora al sitio de la Torma, degradando el decoro de la Magistratura de que estaba revestido.
A Guerra debe tocar mayor parte en el escarmiento porque, siendo Juez, estaba ligado con más fuertes obligaciones de mirar por los intereses del Monarca. Una multa y las costas les haría aprender en lo sucesivo la conducta que deben observar en esta materia. Rosa Martin sí que merece castigo por su perjurio; Facundo Romano y María Theresa Antón, cara a cara la han desmentido. Yo más los creo a estos por ser personas de buena fama. Sobre la multa que merece es igualmente acreedora a la mancomunidad de las costas. Si Rosa Martin no se hubiera retractado ya estaba justificado el hecho, porque un testigo en el campo hace mucha fe. Por todo lo cual parece digno de estimarse cuanto aquí va pedido con las costas y juro. Dr. Don Josef González de la Cruz, Antonio García Ibáñez.
La respuesta de don Gonzalo de la Guerra y Roque de Antón es para solicitar al tribunal el sobreseimiento de esta causa y declararles libres de toda responsabilidad con la Real Hacienda y sin condenación de costas y condenar al Promotor Fiscal en los daños ocasionados tanto en los personales cuanto en los procesales.
MOMENTO HISTORICO
No es muy creíble que las noticias del descubrimiento de las ciudades antiguas de Herculano y Pompeya en el siglo xviii llegaran a la villa de Caracena y su jurisdicción, cuando los medios de comunicación se concretaban únicamente en caballerías. Es cierto que salían de la villa y de sus lugares a las ferias y mercados de comunidades limítrofes, a la capital de la diócesis, siendo posible que los viajeros llevaran noticias de todo tipo a sus respectivos pueblos. Igualmente los comerciantes del vino y del aguardiente. Así es de creer por la multitud de caminos de cada lugar a la villa y villas importantes limítrofes. La Calzada Romana de Uxama a Tiermes y de aquí a Medinaceli, en aquellos años conocida con el nombre de Camino Real; el importantísimo camino de Carraatienza o de Carraesteban, según la dirección que se siguiera, caminos de la lana de Levante y Cuenca hasta Burgos. Pero aun así nos es difícil creer que estas noticias arqueológicas llegaran a nuestra Comunidad de Caracena. No obstante, el escribano que era de los alrededores de Atienza, sí conocía que hubo, en años anteriores, un arqueólogo que excavó en Tiermes, desde donde es fácil que llegaran noticias de sus hallazgos hasta la villa de Caracena, lo cual despertaría la inquietud y la ansiedad del labrador por encontrar algo al labrar las pequeñas y poco productivas tierras de Caracena.
Así en el folio 164, el escribano Ldo. don Ildefonso Alonso Salcedo, para probar el buen proceder en la excavación de don Gonzalo de la Guerra, nos descubre al primer arqueólogo del que tenemos prueba escrita que excavara en Tiermes, don Josef Hidalgo[3] y, aunque no consta el año, sabemos que fue con anterioridad al 1801, -que es el año en que se hace el proceso contra don Gonzalo-, que era de Arbancón, (Guadalajara). En aquella excavación se encontraron algunas medallas y monedas, que don José entregó al conde de Campomanes, director a la sazón de la Academia de Historia.
ALCALDE MAYOR Y ALCALDE ORDINARIO
Como ya señalé en un trabajo anterior «La Comunidad de Villa y Tierra» tenía un alcalde mayor, dos alcaldes ordinarios y un síndico procurador. La elección de alcalde ordinario era una elección abierta en el seno del ayuntamiento, excepto cuando el alcalde ordinario lo nombraba el rey o el señor jurisdiccional. Los alcaldes ordinarios presidian los concejos y eran los encargados de impartir justicia en primera instancia en lo referente a lo civil; lo criminal dependía directamente del alcalde mayor. La justicia en segunda instancia correspondía a los alcaldes mayores, corregidores o gobernadores, y la instancia superior era la de la Real Audiencia. Los alcaldes mayores eran la máxima autoridad gubernativa y económica de la villa y su tierra[4]». Don Gonzalo de la Guerra era un alcalde ordinario por su estado noble, nombrado por el señor de la villa. En el caso que nos está ocupando, don Gonzalo debía haber tomado el caso de la denuncia abierta contra él, pero evidentemente, no podía hacerlo, por lo que tuvo que abstenerse y ser el alcalde mayor quien fuera el juez máximo, al no haber un segundo alcalde ordinario en la Comunidad de villa y tierra de Caracena, como era preceptivo, al menos en comunidades de más población.
RIVALIDAD ENTRE LOS ALCALDES/fols. 171-173
Como muestra de la rivalidad de ambos alcaldes mayor y ordinario, en medio de este proceso nos topamos con un escrito del escribano y firmado también por don Gonzalo en el que aquel narra lo que le sucedió una noche cuando iba con el alcalde mayor y sin que este le dijera el destino del paseo.
Llegue a la puerta principal de esta villa y posteriormente y acto seguido a la casa de Ángel Mazagatos que sirve de Real Cárcel por no haber otra, en la que se halló a don Gonzalo Lasso de la Vega, alcalde honorario por su estado noble, que también lo es de esta referida villa y su jurisdicción, a quien se advirtió, según llegué a conocer, se buscaba por el indicado señor Mayor por el hecho cierto de haber acontecido que al tiempo en que el señor alcalde don Gonzalo mandaba, prevenía a su ministro pusiese la cadena a los mozos Juan Sena y Facundo Romano.
Estos habían contravenido el bando que se publicó por la villa y su jurisdicción de que no se rondase bajo ningún pretexto ni profiriesen palabras obscenas por las malas consecuencias que traían, según se había experimentado hacía poco tiempo; que tanto el párroco como los Misioneros Apostólicos, que hacía poco habían estado en la villa, habían predicado contra dicho abuso y sus fatales consecuencias. Los mozos quedaron presos por mandato del alcalde ordinario. En la disputa entre los alcaldes mayor y ordinario sobre si quedaban presos con cadenas o sin ellas, prevaleció la palabra del alcalde mayor y quedaron presos sin cadenas. En esa misma noche el alcalde mayor los dejo libres.
LOS BIENES MOSTRENCOS
Según diferentes Reales Pragmáticas, en la Mesta, a los ganados extraviados se les dio el nombre de reses y ganados mestencos o mostrencos. Igualmente se debe señalar que en otro orden de cosas las Reales Pragmáticas también hacían relación de algunos bienes que
[...] declaran pertenecer a S.M. todos qualesquiera bienes que no tengan dueño conocido, a que se da el nombre de mostrencos. En esta clase están los tesoros o minas y, por lo mismo, ni pertenecen al inventor sino una parte, cuando se buscan y hallan, dada noticia a la Justicia, ni hay excepción alguna en si son hallados en tierra ajena o tierra propia /fols. 236-37
SENTENCIA DEL JUEZ
Aunque pide que se sobresea este caso, incide en que deben pagar las costas aconsejándoles que en estos casos hay que comunicarlo a las justicias ante un escribano.
El Ldo. don Manuel Sotillos y Montejo, alcalde mayor de la villa y tierra de Caracena […] dijo se sobresea en la prosecución de esta causa, calme y corte en el ser y estado en que se halla, con la reserva de continuarla en cualquier tiempo que resulten o renazcan motivos y méritos para su seguimiento, procurando su m.d. estar con el cuidado y vigilancia debida en lo sucesivo para su descubrimiento, en obsequio de los intereses de la Real Hacienda y derechos de S.M. (quien Dios guarde) y por el justo modo de proceder en atención al cauteloso modo con que pasaron a cavar los referidos Roque de Antón y don Gonzalo, de lo que se infiere que han de utilizarse del tesoro en perjuicio del Real Fisco, se les condena en las costas mancomunadamente y se les previene que en adelante no den lugar a semejantes procedimientos, pues en caso de que presuman u oigan decir que en algún sitio hay algún tesoro lo harán presente a la Justicia del pueblo por ante escribano, evitando de este modo todo motivo de ocultación y sospecha y, asimismo, se les condena en el importe del papel del sello correspondiente; se la multa a Rosa Martin en dos ducados aplicados conforme a derecho. Manuel Sotillos y Montejo, Juan Tinado Pastor.
APELACION
Ni don Gonzalo de la Guerra ni Roque de Antón están de acuerdo con esta sentencia. Y más aún: ante la sentencia mancomunada sobre los autos criminales «fulminados de oficio de Justicia», sobre la supuesta invención de un tesoro y demás deducido, dicen:
[…] que, sin embargo de lo alegado por nosotros no solo de la invención sino de haber dirigido nuestras operaciones a su hallazgo, y siendo esta acción lícita, sin embargo v.md., cortando inmaturamente (sub venia) la causa, se ha servido condenarnos mancomunadamente en todas las costas de la instancia y en el del papel sellado del correspondiente, con las prevenciones que en dicho auto se registran […] apelamos para ante el Excmo. Sr. Presidente y Oidores de la Real Chancillería de Valladolid, Sres. Alcaldes del Crimen de aquella Real Corte o para ante quien por derecho podemos o debemos, suplicamos se sirva admitirnos esta apelación y mandar que para su mejora se nos provea del testimonio correspondiente. Pues así es Justicia que con costas pedimos. Juramos lo necesario. Ldo. Fco. Cirilo Fraile, don Gonzalo de la Guerra, Roque de Antón.
El Promotor fiscal, Antonio García Ibáñez, con fecha 22 de agosto de 1802, dice que en justicia se ha de admitir la apelación. Por una diligencia se da fe de haber entregado a don Gonzalo de la Guerra el testimonio de apelación que le esta mandado dar por decreto del diez y nueve, del que di fe. En testimonio de verdad Juan Tinado Pastor.
PODER ANTE LA CHANCILLERIA DE VALLADOLID
La causa llega a Valladolid y los dos litigantes nombran con un poder notarial a un agente que les represente. Y así, ante el escribano público de numero de la villa y tierra de Caracena, don Iñigo Pérez, se presentan don Gonzalo de la Guerra y Roque Antón otorgando poder a Don Claudio Gómez de la Vega, agente de numero de la Real Chancillería de Valladolid, ante los tribunales competentes de la misma para que, en su nombre y representando sus personas y, comparezca ante dichos tribunales por la causa criminal contra ellos
[…] sobre la supuesta, mal soñada invención de un tesoro en heredad particular, consistente en este término, y por solo el fútil antecedente de haber salido en comunión a la tierra labrantía, apellidada de Los Morales, en la que a manera solo de diversión y con muy contrarios fines de los que quiso darles la maliciosa extensión, hicieron una muy corta excavación. Que esto fue el motivo que pudo dar calor para agitar en el modo más estrepitoso la enconada materia abrigada en el pecho del indicado Sr. Juez (especialmente contra don Gonzalo de la Guerra) para proceder a la formación en un auto de oficio en todas sus partes denigrativo y afrentoso. Y lo que más es, de preparación para proceder directamente contra su conyúdice, de plano igual en su jurisdicción con el estar ejerciendo en la sazón el empleo de alcalde ordinario por su estado noble en esta villa referida y su jurisdicción. Que todos estos hechos se registran y aparecen en el auto referido con la circunstancia además del expreso señalamiento de personas y otros inconexos particulares que manifiestan visible y reprobada obcecación como efecto el más riguroso y patente de la intriga, encono y mala fe expresa y públicamente ostentada por el Juzgado, por cuyo orden se recibió el sumario, instruido con sin número de testigos y las confesiones del estado de don Gonzalo de la Guerra y Roque Antón, nombrándose enseguida Promotor Fiscal. A quien se confió el proceso en vía de traslado y en respuesta a los citados Guerra y Antón, quienes alegaron y pidieron al Juzgado se declarase por no Juez competente en la causa y que el referido don Gonzalo no estaba obligado a responder a el traslado de la acusación fiscal siendo todo procedimiento contra él nulo y atentado, debiéndose sobreseer en él, fundándolo en las más reflexivas razones e incontestables principios […]
otorgan todo su poder cumplido el que por propio derecho se requiere. […] Y al cumplimiento de esta escritura se obligaron con sus personas y bienes muebles y raíces habidos y por haber, con sumisión de justicias y renunciación de leyes, fueros y privilegios y regalías […] siendo testigos don Pedro Ruiz, don Josef González y Luis Barrio, el primero cura propio de las Parroquia de Santa María de esta recordada villa y los siguientes, residentes en ella. Notario: Íñigo Pérez.
La sentencia final de la Chancillería de Valladolid no se recoge en los legajos que nos han llegado. No es eso lo más importante. Lo que si estimamos de estos legajos es que nos han dejado para la historia de esta Comarca los nombres de otros dos nuevos y primeros excavadores de los sitios de Los Tolmos, don Gonzalo de la Guerra Lasso de la Vega, protagonista de este trabajo, sitio que fue dado a conocer por Inocente García de Andrés[5] primero y luego por Alfredo Jimeno; el otro, el de Tiermes que en el folio 164 de estos legajos nos señala que don Joséf Hidalgo hizo algunas excavaciones en Nuestra Señora de Tiermes; y luego continuaron famosos arqueólogos conocidos de todos, sobresaliendo en los finales del siglo pasado José Luis Argente y Carlos de la Casa.
NOTAS
[1] Chancillería de Valladolid, PLEITOS CIVILES (P. Alonso) 845-1 Caracena. 1802.
[2] DRAE. Dícese de la moneda cortada y que no tiene figura circular.
[3] Don José Hidalgo Gutiérrez fue el principal creador en su pueblo, Arbancón, en 1783, de la Sociedad Económica de Amigos de la Patria de Arbancón, con los objetivos principales de educar a las niñas y mujeres pobres; plantar, criar y conservar árboles y proteger la labranza y la escuela de hilar lana para las Reales Fábricas. (Palabras de Antonio Herrera Casado sobre el libro Arbancón y su legado de Mario Ballestero Jadraque, premiado y editado por la Diputación de Guadalajara).
[4] GARCÍA DE ANDRÉS, Paulino: «El alcalde mayor de Retortillo es juzgado por escándalo público y notorio, 1792», Revista de Folklore, nº 482.
[5] GARCÍA DE ANDRÉS, Inocente: «Los Tolmos, nuevo yacimiento del Bronce Final y Primer Hierro; Caracena (Soria)» CELTIBERIA, n.º 55, pp.13-28, Centro de Estudios Sorianos, Soria, 1978. Inocente García tuvo conocimiento de Los Tolmos por la Carta arqueológica de España. Soria, Madrid 1941, de TARACENA AGUIRRE, Blas.