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Revista de Folklore número

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Neonatos bautizados, en peligro de muerte, en Polop de la Marina: Edad Moderna y Contemporánea (1639-1950)

CARBONELL BEVIA, Lola

Publicado en el año 2023 en la Revista de Folklore número 491 - sumario >



1. El concepto de bautismo de urgencia, en la Historia

El bautismo de urgencia ha sido denominado en la Historia de la religión cristiana católica como «bautismo de socorro» y consistía en la administración del bautismo, sin solemnidad, ante una situación de peligro de muerte (1).

Para la administración del «bautismo de socorro», previamente el «agua de socorro», tenía que haber sido bendecida por un representante religioso, bien obispo, diácono o presbítero, mediante el trazo de la señal de la cruz sobre el agua, mientras rezaba una oración bendicional (2).

En la composición del agua bendita se introducía sal, porque de esta forma, el agua salada representaba el agua del mar, símbolo de la muerte. De modo que el agua bautismal era el equivalente de que el bautismo significaba la comunión con la muerte de Cristo (3).

Esta «agua de socorro» fue utilizada por las parteras ante la inminente muerte del neonato que estaba naciendo (4), para asegurar que en caso de fallecimiento, el alma del recién nacido quedase liberada y salvada del pecado (5).

1.1. La trayectoria histórica jurídico-religiosa

La base jurídico-religiosa del concepto del «bautismo de socorro» se halla en el Concilio de Trento (1545-1563) (6):

[…] Se define el pecado original que se borra con el Bautismo. Se había discutido la necesidad de bautizar a los recién nacidos: «Si alguno niega que los niños recién nacidos se hayan de bautizar, aunque sean hijos de padres bautizados; o dice que se bautizan para que se le perdone los pecados, pero que nada participan del pecado original de Adán,… sea excomulgado» {…].

A partir del siglo xvi, regulado por el Concilio de Trento, la Iglesia hizo hincapié en la fórmula que denominaron «exorcismos del bautismo» –y así es como queda recogido en los Libros de Bautizados de Polop–, por los que el párroco liberaba del pecado y del diablo, al bautizado (7):

[…] 1234. El sentido y la gracia del sacramento del bautismo aparece claramente en los ritos de su celebración. Cuando se participa atentamente en los gestos y las palabras de esta celebración, los fieles se inician en las riquezas que este sacramento significa y realiza en cada nuevo bautizado.

1235. La señal de la cruz, al comienzo de la celebración, señala la impronta de Cristo sobre el que le va a pertenecer y significa la gracia de la redención que Cristo nos ha adquirido por su cruz.

1236. El anuncio de la Palabra de Dios ilumina con la verdad revelada a los candidatos y a la asamblea y suscita la respuesta de la fe, inseparable del Bautismo. En efecto, el Bautismo es de un modo particular «el sacramento de la fe» por ser la entrada sacramental en la vida de la fe.

1237. Puesto que el Bautismo significa la liberación del pecado y de su instigador, el diablo, se pronuncian uno o varios exorcismos sobre el candidato. Este es ungido con el óleo de los catecúmenos o bien el celebrante le impone la mano y el candidato renuncia explícitamente a Satanás. Así preparado, puede confesar la fe de la Iglesia, a la cual será «confiado» por el Bautismo (cf Rm 6, 17).

1238. El agua bautismal es entonces consagrada mediante una oración de epíclesis (en el momento mismo o en la noche pascual). La Iglesia pide a dios que, por medio de su Hijo, el poder del espíritu Santo descienda sobre esta agua, a fin de que los que sean bautizados con ella «nazcan del agua y del Espíritu» (Jn 3,5).

1239. Sigue entonces el rito esencial del sacramento: el Bautismo propiamente dicho, que significa y realiza la muerte al pecado y la entrada en la vida de la Santísima Trinidad a través de la configuración con el misterio pascual de Cristo. El Bautismo es realizado de la manera más significativa mediante la triple inmersión en el agua bautismal. Pero desde la antigüedad puede ser también conferido derramando tres veces agua sobre la cabeza del candidato.

1240. En la iglesia latina, eta triple infusión va acompañada de las palabras del ministro: «N, yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo». En las liturgias orientales, estando el catecúmeno vuelto hacia el Oriente, el sacerdote dice: «El siervo de Dios, N., es bautizado en el nombre el Padre, y del Hijo y del espíritu Santo». Y mientras invoca a cada persona de la santísima Trinidad, lo sumerge en el agua y lo saca de ella.

1241. La unción con el santo crisma, óleo perfumado y consagrado por el obispo, significa el don del Espíritu Santo al nuevo bautizado. Ha llegado a ser un cristiano, es decir, «ungido» por el espíritu Santo, incorporado a Cristo, que es ungido sacerdote, profeta y rey (cf. Ritual del Bautismo de niños, 62). (…)

1243. La vestidura blanca simboliza que el bautizado se ha «revestido de Cristo» (Ga 3,27): ha resucitado con Cristo. El cirio que s enciende en el cirio pascual, significa que Cristo ha iluminado al neófito. En Cristo, los bautizados son «la luz del mundo» (Mt 5, 14; cf Flp 2, 13).

El nuevo bautizado es ahora hijo de Dios en el Hijo Único. Puede ya decir la oración de los hijos de Dios: el Padre Nuestro […].

Igualmente quedó regulado el bautismo de los niños para ser liberados del poder de las tinieblas y ser trasladados al dominio de la libertad de los hijos de Dios (8):

[…] 1250. Puesto que nacen con una naturaleza humana caída y manchada por el pecado original, los niños necesitan también el nuevo nacimiento en el Bautismo (cf. DS 1514) para ser liberados del poder de las tinieblas y ser trasladados al dominio de la libertad de los hijos de Dios (cf. Col 1, 12-14), a la que todos los hombres están llamados. La pura gratuidad de la gracia de la salvación se manifiesta particularmente en el bautismo de niños. Por tanto, la Iglesia y los padres privarían al niño de la gracia inestimable de ser hijo de Dios si no le administraran el Bautismo poco después de su nacimiento (cf. CIC can. 867; CCEO, can.681; 686,1).

1251. Los padres cristianos deben reconocer que esta práctica corresponde también a su misión de alimentar la vida que dios les ha confiado (cf. LG 11; 41; GS 48; CIC can. 868).

1252. La práctica de bautizar a los niños pequeños es una tradición inmemorial de la Iglesia. Está atestiguada explícitamente desde el siglo II. Sin embargo, es muy posible que, desde el comienzo de la predicación apostólica, cuando «casas» enteras recibieron el Bautismo (cf. Hch 15, 15, 33; 18,8; 1 Co 1, 16), se haya bautizado también a los niños (cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Intr. Pastoralis actio 4: AAS 72 (1980) 1139). […].

Fue establecida la gracia del bautismo (9):

[…] 1262. Los distintos efectos del Bautismo son significados por los elementos sensibles del rito sacramental. La inmersión en el agua evoca los simbolismos de la muerte y de la purificación, pero también los de la regeneración y de la renovación. Los dos efectos principales, por tanto, son la purificación de los pecados y el nuevo nacimiento en el Espíritu Santo (cf. Hch 2, 28; Jn 3,5) […].

La necesidad de orar por la salvación de los niños muertos sin bautismo (10):

[…] 1261. En cuanto a los niños muertos sin Bautismo, la Iglesia solo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven (cf. 1 Tm 2,4) y la ternura de Jesús con los niños, que le hizo decir: «Dejad que los niños se acerquen a mí, n se lo impidáis» (Mc 10,14) nos permiten confiar en que haya un camino de salvación para los niños que mueren sin Bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo por don del santo Bautismo (…).

Y quedó establecido quienes eran las personas que podían bautizar, señalando específicamente que en caso de necesidad cualquier persona, incluso no bautizada, podía bautizar (11):

[…] 1256. Son ministros ordinarios del Bautismo el obispo y el presbítero y, en la Iglesia latina, también el diácono (cf. CIC, can. 861, 1; CCEO, can. 677, 1). En caso de necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada puede bautizar (cf. CIC can. 861 2) si tiene la intención requerida y utiliza la fórmula bautismal trinitaria. La intención requerida consiste en querer hacer lo que hace la Iglesia al bautizar. La Iglesia ve la razón de esta posibilidad en la voluntad salvífica universal de Dios (cf 1 Tm 2,4) y en la necesidad del Bautismo para la salvación (cf. Mc 16, 16) […].

Señalar para concluir este punto, que dicha legislación jurídica se mantuvo hasta el año 1917 y 1880 en que tuvieron lugar las últimas modificaciones (12):

[…] El c. 808, 2 recoge la disciplina actual de la Iglesia occidental sobre el bautismo del niño, de padres católicos, e incluso no católicos, en peligro de muerte. En estos casos, el niño, «puede lícitamente ser bautizado, aún contra la voluntad de sus padres».

Dos son las fuentes que se indican en la edición del Codex con la anotación de las fuentes, a saber: el c. 750 n 1 del Código de 1917 y, el n. 8, 1 de la introducción al apartado III, sobre el bautismo de los niños, del decreto «Ordo baptismi parvulorum» de la S. Congregación para el Culto Divino […]».

Concretamente, la razón primera de que exista este párrafo, que es una excepción a la regulación general del bautismo debido al peligro de muerte, la tenemos en la verdad de fe definida por el concilio de Trento (Sess. VII, c 5) de que el bautismo es necesario para la salvación. Que esto es así queda claro si nos atenemos al más reciente de los documentos magisteriales consagrados al tema.

La instrucción «Pastoralis actio de baptismo parvulorum» de la s. Congregación para la Doctrina de la Fe, de 20 de octubre de 1980, se plantea justamente la vigencia y valor de aquella tesis. Tras un repaso histórico se afirma que:

[...] mediante su doctrina y su práctica, la Iglesia ha demostrado que no conocen otro medio, fuera del bautismo, para asegurar a los niños el acceso a la felicidad eterna.

El c. 849 recoge la necesidad de su recepción –de hecho o al menos de deseo– para la salvación […].

1.2. La instrucción religiosa de la comadre

La mujer encargada de asistir en el parto a la parturienta fue denominada partera, comadre (13), y/o matrona (14).

Para evitar la excomunión, la Iglesia permitía que la comadre ejerciera el «bautismo de socorro», en caso de peligro del neonato (15):

[…] La comadre dirigió el Sacramento, pronunció las palabras rituales y vertió el agua que iba a efectuar el cambio en el estado del niño que tanto importaba a los católicos. Es más, al iniciar el ritual religioso, al proceder al bautismo de urgencia, la comadre emitía un juicio sobre el estado del feto o niño recién nacido estableciendo la línea entre la vida y la muerte y señalando con ello dos caminos opuestos: si el bebé se daba por muerto, no era lícito bautizar, incluso se consideraba un acto sacrílego, si se detectaba indicios de vida, precisaba bautizar con la misma presteza.

El asunto, pues, se presentó como delicadísimo: bautizar donde no había vida era pecado, pero en caso de no aprovechar los últimos momentos de vida para bautizar, la comadre se veía expuesta a graves acusaciones puesto que el niño que moría sin agua sacramental, según la versión oficial de la Iglesia, no podía acceder al paraíso […].

Además, si la comadre no daba el bautismo de manera correcta, el niño no se consideraba armado y protegido contra las fuerzas del diablo dispuestas a acosarlo ya mientras viviera […].

Y este, el «bautismo de socorro», se incluía en los manuales de estudio de las parteras, en el siglo xix (16): […] En 1804, Carlos IV, en la cédula de 6 de mayo de regulación de la formación de las matronas, resumía así los conocimientos que debía tener una buena comadrona para poder ejercer:

Las que soliciten aprobarse de partera o matronas, serán examinadas en un solo acto práctico, de la misma duración que el de los sangradores, de las partes del arte obstétrica en que deben estar instruías, y del modo de administrar de agua de socorro a los párvulos, y en qué ocasiones podrán execurtalo por sí.

Desde entonces, a lo largo del siglo xix y principios del xx se incluía en los manuales de estudio la administración del bautismo como una función obligatoria para las profesionales […].

1.3. Prácticas del bautismo de urgencia realizadas por comadres

Estudiando los «Libros de Bautizados» se puede observar que muchos de los asientos contienen referencias a personas que nacen en un lugar y después están domiciliados en otra localidad. Esto ocurría fundamentalmente porque las mujeres gestantes, volvían a la casa materna para dar a luz (17):

[…] El bautismo de emergencia se administra en la casa que nace el niño […].

Los niños de Barajas, empero, suelen nacer, en familia, en el sentido amplio del término, puesto que la casa de la abuela también fue un posible lugar de nacimiento. Esta casa, por lo visto, se ha preparado y acomodado para el acontecimiento. La abuela hace de anfitriona de parto y este papel fue uno de varios roles que le tocaba desempeñar en la gestación de un embarazo, del parto y del puerperio […].

Ahora bien, una vez que se iniciaba el parto, si la comadre observaba que peligraba la vida del neonato, procedía al bautismo de urgencia (18):

[…] Desde hace siglos hay constancia escrita de que las comadronas tenían los conocimientos necesarios para bautizar a los niños en caso de extrema necesidad. En Inglaterra parece que el arzobispo de Canterbury instaba a las parteras a administrar el sacramento en el s. VII. En 1277 el Sínodo de Censores acordó que los párrocos instruirían a mujeres laicas para que aprendieran a administrar bien el bautismo de urgencia. A partir del siglo xvii encontramos muchos textos, tanto obstétricos como teológicos, sobre la conveniencia y manera de administrar el bautismo en casos de necesidad por parte de personas diferentes al cura. Se planteaban varios casos […].

Tradicionalmente se bautizaba a aquellos recién nacidos, que tras un parto complicado, corrían peligro de muerte. Así ocurrió en 1758, en Abánades (Guadalajara) cuando nacieron Juliana e Inés, gemelas, la primera de las cuales fue bautizada por el párroco nada más nacer por riesgo de muerte. Posteriormente en 1792 fueron bautizadas en las mismas circunstancias otras dos gemelas por el practicante cirujano del pueblo. Otros ejemplos de recién nacidos en peligro de muerte bautizados de urgencia son:

Juan, hijo de Julián Abánades y María Oter. En la Iglesia Parroquial de nuestra señora de la Asunción de este lugar de Ablanque yo el abajo firmado cura párroco de dicha parroquia, puse el santo óleo y crisma y cumplí las ceremonias que prescribe el ritual romano a un niño que nació el día veinte y cuatro de junio de 1822 a las tres de la mañana; al cual niño yo el infrascripto había bautizado de socorro en su casa por el eminente peligro que amenazaba a su vida […].

Lo habitual es que el bautismo sea realizado sobre la cabeza del niño, pero en el «bautismo de socorro», en ocasiones se bautizaba sobre cualquier parte del cuerpo (19):

[…] Si el feto presentaba algún miembro o parte del cuerpo distinta a la cabeza había que bautizarle en la parte que presentara y, si después nacía vivo, volverlo a bautizar sobre la cabeza bajo condición: «si no estás bautizado, yo te bautizo […].

A fines del siglo xviii Juan de Navas publicaba «Elementos del arte de partear» donde daba las siguientes instrucciones:

En los casos en que el parto se ha de terminar volviendo la criatura para sacarla por los pies, o empleando el fórceps, se debe prevenir el agua y tenerla pronta para echarla sobre la parte de la criatura que primero se descubra». En el pueblo de Abánades en 1797 un abuelo bautizó a su nieta en una pierna: «Yo el infrascripto cura bauticé sub conditione y puse los santos óleos a una niña que nació el día catorce de febrero la que bautizó su abuelo materno Joseph Ballano antes de su abstracción tocándole el agua en una pierna (según su declaración) por parecerle amenazaba peligro […].

Todos los fetos abortivos eran bautizados, ya que el único signo indiscutible de que habían muerto era la corrupción, así lo dejó claro Raulin a finales del siglo xviii: «Se han visto infantes que después de nacidos no daban indicios de vida, ni por el pulso, ni por la respiración, ni por algún otro movimiento y, no obstante, vivían: luego en caso de duda, dicta la prudencia, que se bauticen sin perder tiempo».

Por otro lado, si el feto nacía envuelto en las membranas era bautizado antes de la amniotomía para evitar riesgos adicionales de muerte

En ambos casos se practicaba un bautismo «sub conditione», es decir, bajo condición de que el feto fuera capaz de recibir el bautismo (estuviera vivo). Este bautismo se realizaba con la siguiente fórmula: «Si eres capaz de ser bautizado, yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo» […]».

E incluso si nacían neonatos con malformaciones, –siameses bicéfalos–, se bautizaba cada cabeza por separado (20):

[…] Se consideraba que un monstruo era el fruto de la concepción que no tenía forma humana normal. En su nacimiento y con la probabilidad aumentada de mortalidad que tenían los fetos malformados se debía bautizarles bajo condición: «si eres hombre, yo te bautizo…». En el caso de siameses bicéfalos se bautizaba por separado las dos cabezas […].

En el caso de que la parturienta muriese durante el parto, se inventó un artilugio –tipo jeringa–, para bautizar al feto, introduciéndolo en el útero materno y, rompiendo con la uña, el saco vitelino (21):

[…] Con anterioridad al siglo xvi, cuando una mujer fallecía durante el trabajo de parto había indicación por parte de la Iglesia de realizar una cesárea para cristianar al feto, aunque esto no siempre, ni mucho menos, llegó a realizarse. En 1749 el rey de Sicilia, Carlos VII, ordenó la práctica de cesáreas post mórtem a toda mujer preñada muerta. […]

Ya en el siglo xvi comenzó la controversia sobre la conveniencia de realizar cesáreas en mujeres vivas con pocas probabilidades de sobrevivir al parto y este debate hizo agudizar el ingenio a los detractores de la operación, que moralmente no estaban dispuestos a poner en peligro la vida de la madre para salvar la del feto y propusieron usar jeringas que derramarán el agua intraútero.

Este procedimiento fue descrito por Babil de Gárate en su tratado de instrucción para matronas del siglo xviii:

En el aprieto, el niño puede dentro del útero ser baptizado. El modo de que llegue el agua inmediatamente a la criatura no ay autor moderno que no lo diga; y es con una jeringuilla guiad de la mano hasta el mismo cuerpecito del feto y, rompiendo con la uña la telilla o secundinas, si acaso no están aún rotas, tocará primero al feto con el dedo y descargando sobre su mismo dedo la geringuilla, es preciso que el agua moje al niño; y como el dedo inmediatamente le toca se infiere, que le toca así también el agua, entonces se dice la forma: «yo te baptizo en el nombre el Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo, Amén; y de este modo queda baptizado.

El método de la jeringa era bien conocido y, siguió recomendaciones más adentrado el siglo xviii, cuando Raulin escribe en 1772 su libro de instrucción de comadres.

2. Los asientos en los Libros de Bautizados de Polop de la Marina

Los «Libros de Bautizados» de Polop recogen la denominación «Sub conditione» para algunos casos de bautismo (21):

[…] Los libros de bautismo aquí examinados hacen referencia al bautismo de socorro si se dan dos circunstancias. Primero, el cura párroco completa un bautismo ya efectuado tras el parto por los ritos secundarios y adicionados del exorcismo y de la unción con el santo crisma. Segundo, el sacerdote reitera la administración del Sacramento porque hay dudas sobre la validez del primer intento. El Sacramento tiene su secuencia, su fórmula su evolución correcta y solo una ejecución sin errores parecía garantizar el efecto deseado: que el alma del bautizado estuviera en condiciones de ser salvado, de gozar de vida eterna. Anotaba entonces el párroco que había bautizado sub conditione, es decir había pronunciado la fórmula del bautismo en condicional: Si non es baptizatus, ego te baptizo in nomine Patris et Spiritus sancti. He aquí un segundo bautismo que sustituye al primero en caso de que este se hubiera impartido de manera errónea.

En ambos casos –exorcismo y santos óleos o bien bautismo sub conditione– el párroco asentaba en sus registros parroquiales un bautismo celebrado en la iglesia, pero dejaba constancia de que la ceremonia había sido antecedido por otra, que por regla general se había llevado a cabo en la casa en la que había nacido el niño. Anotaba lo que añadió y posiblemente corrigió en la segunda ocasión, redactando una partida que según las Constituciones Sinodales de Toledo de 1622 debía tener la forma siguiente:

En el año del Señor, de N., a días del mes e N nació un hijo o hija, de N y N legítimamente casados, al cual por el peligro de la muerte bautizó N partera aprobada, o N parroquiano de N como de suso […]. En N días del dicho mes, del dicho año, fue traído a la Iglesia parroquial de N, el dicho niño, o niña el cual yo N cura parroquial de ella, le di y administré las sacras ceremonias, preces y oraciones y les puse por nombre N. […].

También se utilizaba la fórmula «exorcicé al dicho infante; puse óleo y chrisma» o, en caso de que el cura dudara de la ejecución correcta del bautismo, «bapticé debajo de condición».

En el caso de los «Libros de Bautizados» de Polop, los párrocos hicieron referencia al bautismo «sub conditione» esporádicamente.

2.1. Bautizados en peligro de muerte en la Edad Moderna

Aunque los «Quinque Libri» de Polop comienzan en 1639, no existen casos de «bautismo de socorro» hasta el año 1743. De modo que los casos de «bautismo de socorro» que se dieron en el siglo xviii, corresponden a los años: 1743, 1758, 1771, 1772, 1777 y 1791.

Los asientos bautismales correspondientes al siglo xviii especifican que los neonatos fueron bautizados en la casa natal y que, por haber muerto antes de ser llevados a la iglesia, no le fueron administrados los exorcismos religiosos que lo alejaban del mal y del demonio.

En algunos casos el mortinato/a era registrado con un apellidó seguido de la palabra murió; en otros con el género y el nombre del padre; en otros con el nombre y apellido seguido de la palabra murió; y, exclusivamente en el año 1791, fueron registrados tres mortinatos con el nombre de «Criatura de Dios».

Los asientos bautismales recogieron el nombre y apellidos de los padres y, solo en algunos, los de los abuelos.

En la Edad Moderna tan solo se tiene constancia de la identidad de tres comadres: Balthasara Llinares, de Balthasar, en 1771; Josepha Cabot, en 1772; y María Llorens, en 1791.

Los asientos bautismales son los siguientes:

Año 1743 (22): […] Día veinte y nueve de março mil sietecientos quarenta y tres, nació un niño hijo de Ambrosio Semper y Isabel Juana Cortés conyuges; el qual se bautisó en casa y por aver muerto poco después de bautisado no se le administraron los santos exorcismos y ceremonias eclesiásticas.

Mn. Vitorino Llinares […].

Año 1758 (23): […] En el día seis del mes de junio del año mil setecientos y cincuenta y ocho nació una hija de Francisco Devesa y de Vicenta Fuster, cónyuges. Nita de Pº de Francisco Devesa y Rosa Pérez et ex madre de Vicente Fuster y, Ángela Baldó; Y Luísa Devesa mujer de Joseph Grau. La bautizó por necesidad en casa y antes de traerla a la Iglesia murió. Y para que conste como el que no se le puso nombre al bautizarla lo firmo.

El Dr. Roque Such, Rector […].

Año 1771 (24): […] En veinte y quatro de febrero nació una hija legítima de Mariano Blat y, Rosa Iborra Consortes y, vecinos de esta. La bautizó el mismo día por necesidad Balthasara Llinares de Balthasar y, el mismo día murió, sin podérsele hacer y suplir los ritos de N. S. M. Iglesia. En fe de todo lo firmo.

Dr. Joseh Gines Cura de Polop […].

Año 1772 (25): […] En veinte y tres de septiembre nació un hijo legítimo de Bautista Cabot y María Such, al qual por necesidad bautizó Josepha Cabot y le llamaron Bautista. Abuelos paternos: Bautista Cabot y Esperanza Aznar. Maternos: Francisco Such y Catharina Fuster. Su muerte no dio lugar a suplir los ritos de la S. M. I. No hubo padrinos. En fe de todo firmo a 25 de 1772.

Dr. Joseph Ginés Cura de Polop […].

Año 1777 (26): […] En veinte y nueve de octubre de mil sietecientos setenta y siete Juaquina Pérez comadre bautizó por necesidad a un hijo de Josef Cortés y Monserrada Llorca consortes y vecinos de esta villa de Polop. Abuelos Bautista Cortés y Geronima Lloret. Maternos Joef Llorca y Vicenta Cortés. Su nombre Bautista y luego murió. En fe de todo firmo.

Dr. Josef Ginés Cura de Polop […].

1791 (27): […] En veinte de febrero mil sietecientos noventa y uno. Nació un hijo legítimo de Josef Saragoza y Josefa Pérez, consortes. María Pérez, comadre lo bautizó al nacer y le puso por nombre Criatura de Dios y al instante murió.

Dr. Josef Ginés Cura de Polop […].

Año 1791 (28): […] En doce de marzo mil sietecientos noventa y uno. Nació una criatura de Dios hija de Pedro Aznar y María Fuster cónyuges. La bautizó por necesidad María Llorens y murió.

Dr. Josef Ginés Cura de Polop […].

Año 1791 (29): […] En veinte y tres de marzo de mil sietecientos noventa y uno. En esta villa de Polop nació una Criatura de Dios y lo bautizaron por necesidad hijo legítimo de Josef Pérez y Thomasa Martínez cónyuges, vecinos de la dicha y, al instante murió.

Dr. Josef Ginés Cura de Polop […].

2.2. Bautizados en peligro de muerte en la Edad Contemporánea

En la Edad Contemporánea –exclusivamente el siglo xix, puesto que en el siglo xx no fueron registrados asientos de este tipo–, los mortinatos fueron denominados «Criatura de Dios», en todos los asientos, pero además en alguno de ellos se añadió «murió».

Aunque no en todos los asientos bautismales, los datos que aparecen hacen referencia al género, la hora de nacimiento, la identidad de los padres y, la identidad de los abuelos.

En algunos casos se nombra a la matrona y, el lugar de origen de la misma. Las comadres citadas son: María Peris en 1831; Rosa Serra, natural de Bolulla y vecina de Polop, en 1832; María Ferrer, en 1861; Rosa Pérez, en 1866; María Ferrer, en 1885 y, única de la que se especifica que fue instruía en la doctrina cristiana.

Señalar que en solo un caso el párroco hizo referencia al bautismo «sub conditione».

Los casos de «bautismo de socorro» que se dieron en el siglo xix, en Polop de la Marina, corresponden a los años: 1831, 1832, 1861, 1866 y, 1885.

Los asientos bautismales son los siguientes:

Año 1831 (30): […] En la villa de Polop a los veinte y ocho días del mes de abril año de mil ochocientos treinta y uno. Nació hora como a las diez de la mañana una criatura de Dios bautizada con verdadera forma por María Peris comadre hija legítima de José Pérez y Rosa Pascual naturales parroquianos y casados en esta y, en el mismo instante murió. De todo lo cual como Asistente Cura de esta parroquia lo certifico y firmo.

Ita est Dr. José Querol. Fr. Miguel Ivorra Asistente […].

Año 1832 (31): […] En la villa de Polop, a los treinta días del mes de abril año de mil ochocientos treinta y dos, fue bautizada una niña, por Rosa Serra, natural de Bolulla y parroquiana de esta hija de Vicente Iborra y María Iborra, consortes, naturales, parroquianos y casados en esta. Y luego murió. Y fue enterrada Amore Dei. De que certifico.

Ita est Dr. José Querol […].

Año 1861 (32): […] En la villa de Polop provincia de Alicante, Arzobispado de Valencia lo veinte y ocho días del mes de diciembre del año mil ochocientos sesenta y uno, nació a las cinco horas de la mañana del propio, una niña que fue bautizada en el acto instando la necesidad (la cual murió después) por María Ferrer comadre, natural y vecina de la misma, son verdadera forma, cuya niña es hija de Francisco Calbo, jornalero y de Josefa Ivorra, siendo sus abuelos paternos Mariano Calbo y Vicenta Compañy; y los maternos Juan Ivorra y María Teuler; todos naturales y vecinos de la misma. No se puso nombre a dicha Criatura de Dios. Y para que conste extendí y autoricé la presente partida en el libro de bautizados de esta Parroquia. Fecha est supra. De que certifico.

Jaime Sanchís, Presbítero […].

Año 1866, partida de nacimiento (33): […] En la villa de Polop, Provincia de Alicante, Arzobispado de Valencia a los diez y siete días del mes d febrero de mil ochocientos sesenta y seis; yo Rosa Pérez, comadre vecina de la misma bautizó privadamente por causa de necesidad a una criatura de Dios, hijo legítimo de José Calbo y, de Teresa Martínez, siendo sus abuelos paternos: Roque Calbo y Manuela Gadea; Maternos: Manuel Martínez y María Solbes, todos de esta. Nació dicho día a las dos horas de la mañana = de que certifico.

Laureano Sanchís […].

Año 1866, partida de defunción (34): […] Como Cura propio de la Parroquial Iglesia de la villa de Polop, Provincia de Alicante, Arzobispado de Valencia, a los diez y siete días del mes de febrero de mil ochocientos sesenta y seis, mandé dar sepultura eclesiástica antes de las veinte y cuatro horas Amore Dei, al cadáver de una criatura de Dios hijo legítimo de José Calbo y de Teresa Martínez, jornaleros de esta, el cual falleció de resultas de su nacimiento. Siendo testigos Joaquín Grau y José Such, sacristán de la misma. De que certifico […].

Año 1885, partida de nacimiento (35): […] En la villa de Polop Provincia de Alicante y Arzobispado de Valencia día ocho de enero de mil ochocientos ochenta y cinco María Ferrer madrina de esta villa instruida en la Doctrina Cristiana bautizó por urgente necesidad a una Criatura de Dios Iborra hija legitima de Miguel y de Teresa Mendoza. Abuelos paternos: Luís Iborra y Ángela Berenguer. Maternos: Jaime Mendoza de Alcoy y Antonia Aznar, todos de esta. Murió antes de acabar de nacer, por lo que fue bautizada sub conditione y con señales de vida. De que certifico.

Antonio Araixa […].

Año 1885, partida de defunción (36): […] Como Rector de la Parroquial Iglesia de Polop Provincia de Alicante y Arzobispado de Valencia, día nueve de enero año mil ochocientos ochenta y cinco, mandé dar sepultura eclesiástica en el Cementerio de esta Iglesia pasadas las veinte y cuatro horas al cadáver de la Criatura de Dios Iborra hija legítima de Miguel y de Teresa Mendoza, recién nacida. Murió de asfixia, según certificación del facultativo. Se le hizo el oficio de sepultura y el entierro Amore Dei. De que certifico y firmo […].

3. Conclusiones

Los casos de «bautismo de socorro» que se dieron en el siglo xviii, en Polop de la Marina, corresponden a los años: 1743, 1758, 1771, 1772, 1777 y, 1791.

Los asientos bautismales correspondientes al siglo xviii especifican que los neonatos fueron bautizados en la casa natal y, que por haber muerto antes de ser llevado a la iglesia, no le fueron administrados los exorcismos religiosos que los alejaban del mal y, del demonio.

En algunos casos el mortinato/a era registrado con un apellidó seguido de la palabra murió; en otros con el género y el nombre del padre; en otros con el nombre y apellido seguido de la palabra murió; y, exclusivamente en el año 1791 fueron registrados tres mortinatos con el nombre de «Criatura de Dios».

Los asientos bautismales recogieron el nombre y apellidos de los padres y, solo en algunos, los de los abuelos.

En la Edad Moderna tan solo se tiene constancia de la identidad de tres comadres: Balthasara Llinares, de Balthasar, en 1771; Josepha Cabot, en 1772; y, María Llorens, en 1791.

En la Edad Contemporánea –exclusivamente el siglo xix, puesto que en el siglo xx no fueron registrados asientos de este tipo–, los mortinatos fueron denominados «Criatura de Dios», en todos los asientos, pero además en alguno de ellos se añadió «murió».

Aunque no en todos los asientos bautismales, los datos que aparecen hacen referencia al género, la hora de nacimiento, la identidad de los padres y, la identidad de los abuelos.

En algunos casos se nombraba a la matrona y, el lugar de origen de la misma. Las comadres citadas son: María Peris en 1831; Rosa Serra, natural de Bolulla y vecina de Polop, en 1832; María Ferrer, en 1861; Rosa Pérez, en 1866; María Ferrer, en 1885 y, única de la que se especifica que fue instruía en la doctrina cristiana.

Señalar que en solo un caso el párroco hizo referencia al bautismo «sub conditione».

Los casos de «bautismo de socorro» que se dieron en el siglo xix, en Polop de la Marina, corresponden a los años: 1831, 1832, 1861, 1866 y, 1885.




CITAS BIBLIOGRÁFICAS

(1). Bautismo. https://dle.rae.es/ Bautismo de socorro.

[…] 1. m. Rel. Bautismo administrado en peligro de muerte, sin solemnidades […]. Bautismo. […] Del lat., tardío baptismus y este del gr.

1. m. Rel. Primero de los sacramentos de muchas iglesias cristianas, que se administra derramando agua sobre la cabeza o por inmersión y, que imprime el carácter de cristiano a quién lo recibe.

2. m. Bautizo.

3. m. En diversas religiones, rito de purificación del agua […].Agua de socorro. www.universojus.com

[…] Bautismo sin solemnidad, administrado por una persona cualquiera, en caso de temerse la muerte, especialmente de un recién nacido (v. Bautismo) […].

(2). Agua bendita. www.es.m.wikipedia.org

[…] La tradición dice que San Alejandro I (sexto papa, del 106 al 115) instituyó el uso del agua bendita, a la que había que añadir sal, para purificar las casas cristianas, así como también introdujo en la eucaristía el pan ácimo y el vino mezclado con agua.

[…] El agua bendita es el agua que ha sido bendecida por un presbítero, obispo o diácono, para la celebración del sacramento del Bautismo o para bendecir objetos, entre otras piadosas costumbres. La bendición del agua se da en la iglesia católica, iglesia ortodoxa, iglesia veterocatólica y en la iglesia Anglicana.

El agua queda bendecida una vez el ministro trace sobre ella la señal de la cruz con la intención de bendecirla, usualmente utilizando una oración del bendicional. Evidentemente, el agua bendita es indistinguible del agua común y de, además, un sacramental por su profundo significado bautismal (...)».

(3). «Catecismo de la Iglesia Católica. Segunda parte. La celebración del misterio cristiano. Segunda sección: os siete sacramentos de la Iglesia». www.vatican.va II. El Bautismo en la Economía de la salvación. Las prefiguraciones del Bautismo en la Antigua Alianza.

[…] 1220. Si el agua de manantial simboliza la vida, el agua del mar es un símbolo de la muerte. Por lo cual, pudo ser símbolo del misterio de la Cruz. Por este simbolismo, el bautismo significa la comunión con la muerte de Cristo […].

(4). ALEGSA, Leandro. «Agua de socorro». 15 diciembre, 2020. www.definiciones-de.com Agua de socorro.

[…] 1. Bautismo administrado sin solemnidades prescritas por la Iglesia, en caso de necesidad. Suele administrarse de urgencia cuando un niño sin bautizar podría morir e incluso, ya fallecido.

El rito, que lo puede realizar cualquiera, consiste en echarle agua bendita en la cabeza y algún rezo.

Antiguamente, al momento de nacer, las parteras a petición de las madres, echaban al recién nacido agua bendita (agua de socorro), convirtiéndose la partera en madrina de todos los que ayuda a nacer […].

(5). Bautismo. www.dpej.rae.es Diccionario panhispánico del español jurídico. Bautismo.

[…] Can. El Codex Iuris Cannici, c. 849, establece que «el bautismo puerta de los sacramentos, cuya recepción de hecho o al menos de deseo es necesaria para la salvación, por el cual los hombres son liberados de los pecados, reengendrados como hijos de Dios e incorporados a la Iglesia, quedando configurados con Cristo por el carácter indeleble, se confiere válidamente solo mediante la ablución con agua verdadera acompañada de la debida forma verbal». Y en el mismo sentido lo hace el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, c. 1213.

Es capaz de recibir el bautismo todo ser humano aún no bautizado» (CIC, c. 864). Exceptuado el caso de peligro de muerte, para bautizar lícitamente a un niño, se requiere que den su consentimiento los padres, o al menos uno de ellos, o quienes legítimamente hacen sus veces […].

(6). «Concilio de Trento-Alma mater hispalense». www.personal.us.es Concilio de Trento.

[…] En diciembre de 1545 se inaugura el Concilio de Trento, convocado por el papa Paulo III. Tras múltiples interrupciones y 22 sesiones, fue clausurado por el papa Pío IV en diciembre de 1563, con sus 18 años ha sido el concilio más largo de la historia. Trento estaba en la Italia del Norte; pero era ciudad imperial y cabía esperar que a ella consistieran en acudir los protestantes, que jamás participarían en un concilio celebrado en suelo papal.

No fue fácil llegar a su apertura, quince largos años constituyen un periodo preconciliar salpicado de vacilaciones y recelos. Las primeras voces pidiendo un concilio sonaron en Alemania. Un «concilio general, libre, cristiano, en tierra alemana» era el clamor proveniente tanto de católicos como de protestantes. Carlos V deseaba ardientemente la reunión del concilio, con la esperanza de que sirviera para rehacer la unidad religiosa del imperio. Pero esta perspectiva y el fortalecimiento del poder de Carlos que ello supondría bastaba para que el otro gran monarca católico de Europa, Francisco I de Francia, en guerra casi continua con el emperador, no sintiera el menor entusiasmo por la convocatoria conciliar.

El Concilio de Trento afrontó problemas dogmáticos como la precisión de la fe católica contra los errores del protestantismo, aunque las cuestiones de la primacía papal y del concepto eclesial no se modificaron. Reafirmando la doctrina tradicional, el Concilio fijó el contenido de la fe católica […]. Bautismo de recién nacidos según el Concilio de Trento. «(...) Trento promulgó catorce decretos doctrinales y trece decretos sobre la reforma de la atención pastoral y la disciplina de la iglesia. Las conclusiones más importantes del Concilio, a mi modesto entender y con la brevedad necesaria, fueron:

[…] Se define el pecado original que se borra con el Bautismo. Se había discutido la necesidad de bautizar a los recién nacidos: «Si alguno niega que los niños recién nacidos se hayan de bautizar, aunque sean hijos de padres bautizados; o dice que se bautizan para que se le perdone los pecados, pero que nada participan del pecado original de Adán,… sea excomulgado» […].

(7). «Catecismo de la Iglesia Católica. Segunda parte. La celebración del misterio cristiano. Segunda sección: os siete sacramentos de la Iglesia». www.vatican.va III. La celebración del sacramento del Bautismo, La mistagogia de la celebración.

(8). «Catecismo de la Iglesia Católica. Segunda parte. La celebración del misterio cristiano. Segunda sección: os siete sacramentos de la Iglesia». www.vatican.va IV. El bautismo de niños.

(9). «Catecismo de la Iglesia Católica. Segunda parte. La celebración del misterio cristiano. Segunda sección: os siete sacramentos de la Iglesia». www.vatican.va VII. La gracia del Bautismo.

(10). «Catecismo de la Iglesia Católica. Segunda parte. La celebración del misterio cristiano. Segunda sección: os siete sacramentos de la Iglesia». www.vatican.va VI. La necesidad del Bautismo.

Resumen. […] 1283. En cuanto a los niños muertos sin bautismo, la liturgia de la Iglesia nos invita a tener confianza en la misericordia divina y a orar por su salvación […].

(11). «Catecismo de la Iglesia Católica. Segunda parte. La celebración del misterio cristiano. Segunda sección: os siete sacramentos de la Iglesia». www.vatican.va V. Quién puede bautizar.

Resumen. […] 1284. En caso de necesidad, toda persona puede bautizar, con tal que tenga la intención de hacer lo que hace la Iglesia y, que derrame agua sobre la cabeza del candidato diciendo: «Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo» […].

(12). MARTÍ, José M. «La regulación canónica del bautismo de niños en peligro de muerte». IUS CANONICUM, XXXI, nº 62. 1991. www.ICXXXI6209.pdf Página 710. 2. Las fuentes del c. 868, 2.

(13). Comadre. www.dle.rae.es […] Del latín tardío commater, -tris «madrina».

1. f. Partera (// mujer que sin estudios asiste a la parturienta).

2. f. Madrina de bautizo del hijo o del ahijado de una persona.

3. f. Madre del ahijado de una persona.

4. f. Coloq. Alcahueta (// mujer que concierta una relación amorosa).

5. f. Coloq. Vecina y amiga con quién tiene otra mujer más trato y confianza que con las demás […].

(14). Matron-na. www.dle.rae.es […] Del lat., matrona «madre de familia», «mujer casada.

1. m. y f. Persona especialmente autorizada para asistir a las parturientas.

2. f. En las aduanas y oficinas semejantes, mujer encargada de registrar a las personas de su sexo […].

3. f. Madre de familia […].

(15). AICHINGER, Wolfram & DULMVITS, Alice-Viktoria. «Escenario de parto y bautismo de urgencia en libros de bautismo del siglo xvii». Revista Historia Autónoma 16. 2020. www.30230.pdf Página 30. 3.3.1. La comadre.

(16). CARMONA-GONZÁLEZ, Inmaculada. & SAIZ-PUENTE, Mª Soledad. «El bautismo de urgencia, función tradicional de las matronas». Revista Matronas profesión. www.vol10n4pag14-19.pdf Página 17. La administración del bautismo, función tradicional de las matronas.

(17). AICHINGER, Wolfram & DULMVITS, Alice-Viktoria. «Escenario de parto y bautismo de urgencia en libros de bautismo del siglo xvii». Revista Historia Autónoma 16. 2020. www.30230.pdf Página 26. 3.1. La casa de la abuela.

(18). CARMONA-GONZÁLEZ, Inmaculada. & SAIZ-PUENTE, Mª Soledad. «El bautismo de urgencia, función tradicional de las matronas». Revista Matronas profesión. www.vol10n4pag14-19.pdf Página 15. El bautismo de urgencia en la historia de la obstetricia.

(19). CARMONA-GONZÁLEZ, Inmaculada. & SAIZ-PUENTE, Mª Soledad. «El bautismo de urgencia, función tradicional de las matronas». Revista Matronas profesión. www.vol10n4pag14-19.pdf Página 15. Bautismo de miembros: Malposiciones.

(20). CARMONA-GONZÁLEZ, Inmaculada. & SAIZ-PUENTE, Mª Soledad. «El bautismo de urgencia, función tradicional de las matronas». Revista Matronas profesión. www.vol10n4pag14-19.pdf Página 16. Bautismo de recién nacidos malformados (denominados antiguamente monstruos).

(21). CARMONA-GONZÁLEZ, Inmaculada. & SAIZ-PUENTE, Mª Soledad. «El bautismo de urgencia, función tradicional de las matronas». Revista Matronas profesión. www.vol10n4pag14-19.pdf Página 16. Bautismo de hijos de madre muerta intraparto.

(21). AICHINGER, Wolfram & DULMVITS, Alice-Viktoria. «Escenario de parto y bautismo de urgencia en libros de bautismo del siglo xvii». Revista Historia Autónoma 16. 2020. www.30230.pdf Página 16. 2.1. Reiterar el bautismo.

(22). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 4. 1730-1761». TOMO-4 1730-1761 1ª PARTE.pdf Página 207. Libro de Bautizados. Año 1743. Sin número. Sempere murió.

(23). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 4. 1730-1761». TOMO-4 1730-1761 1ª PARTE.pdf Página 507. Libro de Bautizados. Año 1758. Sin número. Hija Francisco Devesa murió.

(24). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 5. 1759-1783». TOMO-5 1759-1783.pdf Página 185. Libro Bautizados. Año 1771. Nº 11. Rosa Blat. Murió. Valga el borrado. Dr. Joseph Ginés.

(25). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 5. 1759-1783». TOMO-5 2ª PARTE.pdf Página 31. Libro Bautizados. Año 1772. Nº 80. Bautista Cabot murió.

(26). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 5. 1759-1783». TOMO-5 2ª PARTE.pdf Página 115. Libro Bautizados. Año 1777. Nº 54. Bautista Cortés murió.

(27). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo6. 1783-1796». TOMO-6 1783-1796.pdf Página 74. Libro Bautizados. Año 1791. Nº. 9. Criatura de Dios Zaragoza.

(28). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo6. 1783-1796». TOMO-6 1783-1796.pdf Página 75. Libro Bautizados. Año 1791. Nº. 11. Criatura de Dios.

(29). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo6. 1783-1796». TOMO-6 1783-1796.pdf Página 75. Libro Bautizados. Año 1791. Nº. 15. Criatura de Dios.

(30). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo10. 1830-1836». TOMO-10 1830-1836.pdf Página 14. Libro Bautismos. Año 1831. Nº 30. Criatura de Dios.

(31). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo10. 1830-1836». TOMO-10 1830-1836.pdf Página 29. Libro Bautismos. Año 1832. Nº 24. Criatura de Dios. Murió.

(32). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo12. 1849-1861». TOMO 12 1849-1861.pdf Página 281. Libro de Bautismos. Año 1861. Nº 84. Criatura de Dios

(33). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 15. 1863-1968». TOMO-15 1863-1868.pdf Página 178. Libro de Bautismos. Año 1866. Nº 18. Criatura de Dios.

(34). «Iglesia parroquial de Polop de la Marina. Tomo 14. 1863-1868». TOMO-15 1863-1868.pdf Año 1866. Página 502. Albat. Criatura de Dios Calbo Martínez. 7. A.D.

(35). «Iglesia Parroquial de Polop de la Marina. Tomo 17. 1884-1893». TOMO-17 1884-1893.pdf Página 24. Libro Bautizados. Año 1885. Nº 4. Criatura de Dios Iborra.

(36). «Iglesia parroquial de Polop de la Marina. Tomo 17. 1884-1893». TOMO-17 1884-1893.pdf Año 1885. Página 414. Nº 1. A. Criatura de Dios Iborra Mendoza. A.D.



Neonatos bautizados, en peligro de muerte, en Polop de la Marina: Edad Moderna y Contemporánea (1639-1950)

CARBONELL BEVIA, Lola

Publicado en el año 2023 en la Revista de Folklore número 491.

Revista de Folklore

Fundación Joaquín Díaz