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Revista de Folklore número

489



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El pregonero difusor en la Edad Media

ILLADES AGUIAR, Gustavo

Publicado en el año 2022 en la Revista de Folklore número 489 - sumario >



«[D]es qua les pregoneros fuissent per illa terra»[1], ‘desde que los pregoneros fuesen por aquella tierra’: esta es la primera mención a nuestro personaje en la escritura hispánica. Se halla en el Fuero de Avilés, concedido a esta villa en el año 1085 por el rey Alfonso VI. La siguiente mención se encuentra en el Cantar de Mio Cid (circa 1200): «Por todas essas tierras [Çelfa, Calatayud] los pregones dan» (v. 652). Y más adelante: «Por Aragón e por Navarra pregón mandó echar [el Cid], / a tierras de Castiella enbió sus mensaies / [...]. Andidieron los pregones, sabet, a todas partes» (vv. 1187-1188 y 1197; Poema de Mio Cid 1984, 126 y 161-162).

Notemos la doble vertiente de estas primeras fuentes documentales: una legal, el Fuero, producto de la tecnología de la escritura en prosa. Otra poética, el Cantar, cuya técnica de producción hunde sus raíces en la creación vocal, ajena a la representación gráfica.

Asimismo, observemos que el Fuero se refiere a los pregoneros y el Cantar al pregón como si difusor y mensaje fuesen equivalentes entre sí. Se trata pues de un binomio indiviso desde el siglo xi, si no es que antes, hasta el ocaso de la Edad Media, binomio que resulta del conjunto de relaciones entre voz y escritura. Por ello propongo incluir al pregonero en el ámbito del arte vocal del Medioevo y estudiar el pregón, lo mismo que los textos literarios de aquella época, como una especie de partitura abierta a su virtual performance vocal-gestual[2].

En un libro de reciente publicación (Illades 2022), estudio cinco siglos de literatura hispánica, desde el Cantar de Mio Cid hasta las obras del periodo barroco, con base en la interrelación de sus respectivas técnicas de producción, difusión y recepción textuales, las cuales obedecen a dos psicodinámicas opuestas pero complementarias, la oral y la escritural. Se trata de una perspectiva antropológica centrada en la presencia y funciones de la voz en las letras que denomino «ecuación voz-escritura».

Respecto de la época medieval, puede afirmarse que la voz fue la finalidad de la representación gráfica, lo cual involucra a la mayor parte de los géneros discursivos. Sea por boca de juglares, sea, más tarde, por boca de lectores profesionales, la escritura, singularmente la literaria, lejos de leerse en silencio, como hacemos actualmente, se escuchaba en el aquí y ahora de las plazas, los monasterios, las universidades, los salones cortesanos, las academias y los certámenes.

A estas técnicas de difusión y recepción textuales correspondía la técnica de producción que hizo del texto literario escrito una especie de partitura en la que coexisten dos tipos de discurso: el diegético/dialógico y el performativo. Este último contiene las marcas que codifican la voz, el gesto, el espacio y el tiempo, abiertos todos a las circunstancias de la interpretación performancial. A diferencia de las didascalias del discurso dramático propio del teatro, las marcas performativas se integran, sin alterar su continuidad, al discurso diegético y dialógico tanto en verso cuanto en prosa. De donde se sigue que la esencial teatralidad de la escritura medieval desembocó en el teatro propiamente dicho en cuanto género especializado a partir del siglo xvi.

Se entiende entonces que de la descodificación del discurso performativo depende también el sentido cabal del texto escrito, esto es, un sentido diferente del que somos capaces de aprehender a través de la lectura solo ocular. Baste con un par de ejemplos.

Cito la primera tirada del Cantar de Mio Cid:

De los sos oios / tan fuertemientre llorando,

tornava la cabeça / y estávalos catando;

vio puertas abiertas / e uços sin cañados,

alcándaras vazías, / sin pielles e sin mantos

e sin falcones / e sin adtores mudados.

Sospiró Mio Çid, / ca mucho avié grandes cuidados;

Fabló Mio Çid / bien e tan mesurado:

«¡Grado a ti, Señor, / Padre que estás en alto!

Esto me han buelto / mios enemigos malos»3.

[3]

Separo ahora, de los nueve versos que forman la tirada, el discurso diegético-dialógico, que narra lo que ve el Cid («vio puertas abiertas e uços [puertas] sin cañados [candados], / alcándaras [perchas] vazías, sin pielles e sin mantos / e sin falcones e sin adtores mudados [azores entrenados para la caza]»), refiere lo que siente el Cid («ca mucho avié grandes cuidados») y enuncia lo que dice el Cid en estilo directo («¡Grado a ti, Señor, Padre que estás en alto! / Esto me han vuelto mios enemigos malos»).

Observemos ahora el discurso performativo, que abarca tres versos más un hemistiquio. El primer verso acota el llanto del héroe («De los sos oios tan fuertemientre llorando»), llanto que, según anota certeramente Alberto Montaner, se reduce a lágrimas, sin el acompañamiento entonces habitual de sollozos, voces y gestos. El segundo verso acota los giros de cabeza, pues mira aquí y allá la desolación de Vivar. En el sexto verso se prescribe un suspiro del Cid y, en el siguiente, la manera de pronunciar su invocación a Dios: «Fabló Mio Çid bien e tan mesurado». Entiéndase: el juglar ha de pronunciar con claridad, gravedad y compostura en actitud y semblante.

Dicha primera tirada presenta una carga elevada de discurso performativo porque es útil establecer desde el inicio las pautas de comunicación entre intérprete y público. Pero ¿cuáles son las funciones que las marcas performativas actualizan? Presentar ante los virtuales oyentes el ethos estoico del héroe a través de su voz y gestos en el momento tal vez más aciago del destierro. Asimismo, ofrecer materia al juglar para que encarne apropiadamente al Cid. Y a través del verbum dicendi («fabló Mio Çid»), preparar al mismo juglar para que imposte en ese preciso momento la voz del héroe, a la vez que anticipar a los oyentes quién va a tomar la palabra. Si bien se considera, la lectura silenciosa nos dificulta advertir la presencia del discurso performativo porque este, al seguir las mismas pautas rímicas y rítmicas de la tirada completa, se diluye en el discurso narrativo.

Vale la pena observar que los editores modernos del Cantar enfatizan las oraciones directas del Cid mediante signos de admiración, lo cual les infunde un impulso declamatorio injustificado en mi opinión. Al margen de que estos signos no aparecen en el folio del Códice de Vivar, único conservado, el llanto silencioso del protagonista y el suspiro que precede a sus palabras, indicios claros de entereza, propician una invocación a Dios más íntima que pública. Por ello, la pronunciación mesurada acotada en el texto muestra al héroe asumiendo él solo el peso entero del destierro («ca mucho avié grandes cuidados»). Nos hallamos ante un caso de resignificación de la escritura a través de la entonación vocal.

El segundo ejemplo lo tomo de una obra manuscrita durante la primera mitad del siglo xiv: el Libro de buen amor. El discurso performativo de las siguientes estrofas consiste en una técnica articulatoria reutilizada exhaustivamente, casi dos siglos más tarde, en La Celestina. A saber: el habla «entre dientes», es decir murmurante, lo cual tiene implicaciones morales porque se trata de un habla encubierta, de un aparte entreoído, dicho en términos teatrales. Es una convención según la cual al personaje que habla lo oye pero no lo entiende su interlocutor. Quien sí oye y entiende cabalmente es el auditorio del juglar o, en su caso, del lector público.

En la estrofa 373, el Arcipreste enumera sus reproches contra don Amor: «A obra de piedad tú nunca paras mientes: / nin visitas los presos, nin quieres ver dolientes, / si non solteros sanos, mançebos e valientes; / si loçanas encuentras, fablas les entre dientes». En la estrofa 455 responde don Amor al Arcipreste: «Quando la muger vee al perezoso covardo, / dize luego entre sus dientes: “¡Ox te! ¡Tomaré mi dardo!”». También en el «Enxienplo de lo que conteçió a don Pitas Payas pintor de Bretaña» (estrofa 487) se repite la fórmula: «Diz la muger entre dientes: “Otro Pedro es aquéste, / más garçón e más ardit quel primero que ameste [...]”» (Arcipreste de Hita 2001, 184, 204 y 210).

Así pues, a las mujeres loçanas (‘elegantes,’ ‘lascivas’), a los hombres sexualmente perezosos y cobardes y a los amantes («Otro Pedro es aquéste») se les habla «entre dientes». Como podemos observar, esta técnica articulatoria revela los pensamientos íntimos de quienes la emplean, más allá del efecto cómico que produce en la asamblea de oyentes, todo lo cual resignifica al texto escrito.

Es en tal marco de relaciones entre voz y escritura donde ha de ubicarse a los portadores de la palabra viva durante el medioevo: predicadores, juglares, lectores públicos y pregoneros. Desde esta perspectiva se explican mejor las interrelaciones de quienes practicaban, con tal o cual propósito, lo que podría entenderse como un arte general de la voz. También se comprenden mejor las correspondencias entre textos, pues todos ellos son portadores del discurso performativo que pauta las performances respectivas, ya homiléticas, ya legales, ya poéticas.

Con todo, el caso del pregonero y el pregón resulta más difícil de asir porque las huellas de su existencia apenas se insinúan, no obstante la ubicuidad de uno y otro a lo largo y ancho de la Península. Hasta donde sé no se ha encontrado todavía algún documento que dé cuenta cabal de los pregoneros. Y los pregones, efímeros por su naturaleza vocal, pocas veces se registraron por escrito. Los que abundan son los «testimonios de pregón» asentados en las actas de los cabildos. Antes de esbozar el retrato del pregonero y las características del pregón, vale la pena detenernos en las fuentes documentales que los bosquejan.

Entre los textos legales, además del mencionado Fuero de Avilés, destaca el Fuero Viejo, dado al reino de Castilla en 1212 por Alfonso VIII, El Noble. Cito un pasaje:

Que si alguno es judgado por malfetria [‘robo’], que fiço, que es por ello encartado, deve ser pregonado por los mercados, porque lo sepan los omes, como es judgado a muerte [...]. (Fuero Viejo, libro II, título 1, ley v; 1847, 56-57).

El encartamiento condenaba a alguien en rebeldía por algún delito grave y suponía confiscarle sus bienes. El término deriva de la carta fijada en lugares públicos para que nadie ayudase al delincuente y también para que constase haberle llamado por pregones. Así pues, la versión manuscrita del delito (el encartamiento) precede a la vocalización del pregón, la cual otorga vigencia pública a la ley escrita. La secuencia letra-voz, mantenida a lo largo de los siglos medievales, muestra que, a principios del siglo xiii, en el reino de Castilla y posiblemente en el resto de la España cristiana el analfabetismo dominante era compensado con el voceo del mandato. Este, por tanto, acontecía en el espacio donde más se congregaba el oído social: el mercado. Así, los oyentes in situ habrían hecho luego eco al pregón dentro de su propio ámbito doméstico entre parientes y amigos.

El Fuero de Brihuega, concedido hacia 1242 por Rodrigo Jiménez de Rada, arzobispo de Toledo, entre sus últimas disposiciones prevé este singular caso:

Tod omne que matare a otro [...] [estando reunido el concejo de la villa] a pregon ferido si lo pudiere prender muera por ello, et si no lo pudieren prender uaya por traydor, et pierda cuanto ouiere et deriben le las casas. (Apud Bermejo 1982, 142 n. 23).

«Pregón ferido», según las Siete Partidas, es un llamamiento a los mayores de catorce años, sin distinción de sexo ni estado (Segunda Partida, I, XV, V). Ahora bien, la palabra ferido o herido no es gratuita. En efecto, la frase adverbial «a grito herido» significa «con toda la fuerza de la voz», según el Diccionario de Autoridades. De donde se colige que en la nomenclatura de los pregones se hace presente, al menos en parte, el discurso performativo. Así entonces, el refinado oído social de la época, propio de una cultura esencialmente oral, habría anticipado el tema general del mandato con solo escuchar las inflexiones vocales del pregonero.

Otro pregón del mismo fuero dice a la letra: «Qui fallare [quien hallare] moro o mora pregonelo» (Fuero de Brihuega, en línea). Pregonar, aquí, parece metáfora lexicalizada de delatar, lo cual, de ser así, demostraría la importancia social del pregonero a mediados del siglo xiii, dado que formaría parte ya del lenguaje coloquial.

No es de extrañar que en las Siete Partidas se encuentre información más abundante sobre nuestro personaje. Así por ejemplo: al pregonero le correspondía vocear a individuos requeridos por los jueces, publicar la incautación de sus bienes, proclamar leyes, oficiar como bedel y como corredor de libros en las universidades. Asimismo, y esta fue sin duda su función más sombría, acompañar a los reos difundiendo sus delitos y los castigos a los que serían sometidos: vergüenza pública, azotes, muerte. De ahí que la población terminase por asociar al pregonero con el verdugo, oficios, ambos, considerados viles[4]. De hecho, en 1491, los Reyes Católicos firmaron una ordenanza en la que se prohíbe a los pregoneros castigar a los reos[5]. Volviendo a las Partidas, en la Séptima se expone a las claras el propósito último de las penas capitales ejecutadas públicamente: «porque los otros que lo vieren, e lo oyeren résciban ende miedo e escarmiento; diziendo el Alcalde, o el Pregonero, ante las gentes, los yerros por que los matan»[6].

Vayamos a las fuentes lexicográficas y paremiológicas. Entre las primeras destaca el Tesoro de la lengua castellana o española (1611) de Sebastián Covarrubias, que poco espacio dedica al pregonero (del latín praeco, «oficial público que en alta voz da los pregones») y define sucintamente el pregón («Promulgación de alguna cosa que conviene se publique y venga a noticia de todos»). No obstante, Covarrubias se extiende en las funciones e indumentaria del bedel. Por su lado, el Diccionario de Autoridades (1726) se explaya en los roles mercantiles de nuestro personaje y en usos coloquiales y paremias cuya antigüedad parece incierta. Pongo por caso este refrán que carnavaliza los castigos públicos: «Tras cada pregón azote. Phrase festiva, con que se zahiere al que tras cada bocado quiere beber».

En cuanto a los refraneros, el panorama que despliegan es exiguo. Me llama la atención, por ejemplo, no haber encontrado nada sobre el tema en los Refranes que dizen las viejas tras el fuego, recopilación hecha por el Marqués de Santillana en el siglo xv y publicada en Sevilla, en 1508. «Albricias madre, que pregonan à mi padre» y poco más ofrece la Philosophía vulgar de Joan de Mal Lara (1568, fol. 218v). Los mismo ocurre con los Refranes o proverbios en Romance (1619) del Comendador Hernán Núñez, y así otros casos. Más generoso resulta Gonzalo Correas en su Vocabulario de refranes y frases proverbiales (1627). Me detengo en una paremia que muestra el lado mercantil de nuestro personaje: «El vino que es bueno no ha menester pregonero». He aquí otro refrán con el mismo tema, salvo que ahora el sentido es figurado: «Pregonar vino y vender vinagre». Correas lo glosa así: «Dícese de los que dan buenas muestras y palabras y no corresponden con las obras». Cito uno de mayor complejidad: «Pregonaron no sé qué, que fuesen a no sé dónde, so pena de no sé cuánto». Según la glosa, el refrán se dirige «contra los que trasoyen y no saben dar buena cuenta de lo que oyeron» (Correas 1924, 507 y 408 respectivamente).

Me permito agregar que puede también aludir al hecho de que algunos pregones, más allá de su lenguaje legal formulario, están redactados de manera por demás enrevesada. Es el caso de la ordenanza ya referida de los Reyes Católicos en la cual se prohíbe a los pregoneros realizar la tarea de los verdugos, ordenanza cuya extensión me impide citarla aquí. Todo ocurre como si el propósito implícito de semejante redacción consistiese en que el pregonero hiciese oír públicamente la escritura de la autoridad, pero no comprenderla, con lo cual esa misma autoridad se reservaba un poder adicional. De ahí el «no sé qué», «no sé dónde», «no sé cuánto».

Las fuentes literarias multiplican las referencias al pregonero y al pregón en la medida en que transcurren los siglos. Como ya observé, el Cantar de Mio Cid es el primer texto literario que documenta los pregones. En cambio, la referencia inicial al pregonero la hace Gonzalo de Berceo, quien, a decir de Joan Corominas, menciona el término una sola vez en toda su obra. En el Libro de Alexandre (1987, estrofa 178), de inicios del siglo xiii, se vuelve a aludir al pregón en las siguientes circunstancias: sintiéndose a punto de morir por el tóxico que le han dado a beber, Alejandro Magno pide a su madre Olimpia: «mandat dar pregon por toda la tierra / que todos los que non ouieron pesar nen perdida / que uengan hy a iantar».

En el Libro de Apolonio (mediados del siglo xiii) se menciona de nueva cuenta el pregón. Y a vueltas de siglo el inquieto Arcipreste de Hita nos ofrece un panorama más amplio en su Libro de buen amor. Por un lado, trae a cuento el pregón en tanto proclama de carácter eclesiástico: «Fecho era el pregón del año jubileo» (estrofa 1112). Recordemos que el primer año jubileo había sido promulgado por el papa Bonifacio VIII pocos años antes, en 1300. Por otro lado, el Arcipreste alude al pregón, no como proclama, sino como reclamo de índole civil: «En tierra sin justiçia eran muchos ladrones; / fueron al rrey las nuevas, querellas e pregones» (estrofa 1454). En lo que toca al lenguaje común y corriente, hay al menos una mención: «el gallo, / el nuestro pregonero» (estrofa 327). En mi opinión se trata de una metáfora ya lexicalizada, salvo que aquí la equivalencia ‘pregonar-cacarear’ dista mucho de la que referí respecto del Fuero de Brihuega, un siglo anterior al Libro de buen amor, ‘pregonar-delatar’. Nos hallamos ante indicios de una progresiva incorporación del pregón y el pregonero al lenguaje coloquial, producto tal vez de su expansiva importancia social.

Dejo de mencionar los pasajes respectivos en el Cantar de Rodrigo (mediados del siglo xiv) o en el Rimado de Palacio (fines del siglo xiv o inicios del xv) para finalizar el corpus literario con dos pasajes de La Celestina (1499), obra que cierra el ciclo medieval. Helos aquí: dos criados de Calisto han sido prendidos por la justicia y luego ejecutados tras haber asesinado a la alcahueta Celestina. Una vez enterado, Calisto pregunta: «¿Qué dezía el pregón?». Poco después, en abismado soliloquio, imagina la escena y supone que «era forçoso el verdugo bozeador para la execución y su descargo» (Rojas 2001, 492 y 512). A diferencia de los ejemplos precedentes, las alusiones al pregón y al pregonero –este último en su doble función de proclamador y verdugo– se alejan del habla coloquial en favor de un riguroso léxico jurídico, haciendo emerger así, en el mundo de la ficción, los procedimientos legales de fines del siglo xv, que bien conocía Fernando de Rojas porque fue bachiller en leyes. En fin, a mediados del siglo siguiente irrumpe en las letras hispánicas el más célebre pregonero, Lázaro de Tormes, en quien no me extiendo porque rebasa los límites de la Edad Media (García Mateos 2007, 56-57 y 59).

A continuación esbozaré un retrato general del pregonero, describiré las características del pregón y, por último, uniré la voz de aquel a la escritura de este a través del discurso performativo diseminado en los «testimonios de pregón», discurso que guiaba la performance de nuestro personaje.

El pregonero hispánico, y en general el europeo de Occidente, descienden del praeco romano y este, a su vez, del heraldo griego. Desprovista de escritura, la Grecia homérica fundó su ethos en la palabra viva concebida como culto, terapéutica y purificación. Cantados, salmodiados o recitados, los conjuros, las plegarias y aun los ensalmos fueron producto de la creación vocal, arte afincado en la composición de memoria a partir de un lenguaje formulario, rítmico y a la vez narrativizado. En ese ethos y en ese arte ha de situarse al heraldo, cuyas funciones fueron diversas: mezclaba vino y agua en las vasijas llamadas cátreras, guiaba a los ciegos, separaba a los combatientes y se encargaba de los sacrificios.

Con todo, la función del heraldo que pervivió en la Edad Media europea fue la de convocar a la gente, como se lee en el Canto II de la Odisea, allí donde Telémaco «mandó que los heraldos, de voz sonora, llamaran al ágora a los melenudos aqueos. Hízose el pregón y empezaron a reunirse muy prestamente» (Homero 1991, 53). Retengamos esta última función junto a su voz sonora. En cuanto a la imagen del heraldo, una vasija expuesta en el Louvre lo representa con una vara o caduceo, elemento que, por cierto, caracterizaba en la mitología a Hermes Diactoros, «mensajero de los dioses». En suma, la persona del heraldo fue sagrada para los antiguos griegos.

El praeco del mundo latino careció de funciones rituales, pero adquirió otras de índole civil. Estuvo al servicio de los magistrados, citaba a comicios y difundía sus resultados, anunciaba eventos públicos como ceremonias religiosas, asambleas y juegos imponiendo silencio al pronunciar la solemne fórmula favete linguis. Asimismo formó parte del ámbito mercantil de las subastas, sobre todo en círculos privados ligados al lucro del mercator, de ahí las sátiras que le espetaban poetas, prosistas y rétores.

En el Asno de oro, Apuleyo traza la figura de un pregonero histriónico y verbalmente ingenioso, incluso irónico, y enfatiza una característica que proviene de la Grecia antigua y se conserva durante los siglos medievales: la «potente voz» (Apuleyo 1970, 230-231). En cuanto a su aspecto, en monedas republicanas conmemorativas de juegos seculares aparece con falda larga, casco adornado con dos plumas, sosteniendo en la mano izquierda un escudo circular y en la otra el consabido caduceo.

Apuntados brevemente sus antecedentes clásicos, acerquémonos ahora al pregonero hispánico. Si en estricto sentido su función fue proclamar pregones, en sentido amplio puede afirmarse que hizo posible gobernar al rey y a los consejos municipales porque los comunicaba con el pueblo llano, esencialmente analfabeto (Walleit 2021, 97). Para ello desempeñó tres funciones básicas: una jurídica –proclamar resoluciones reales y de los ayuntamientos–, otra político-eclesiástica –anunciar celebraciones como la Semana Santa o el Corpus Christi– y una más, económica –vocear subastas, la venta de vino y diversidad de enseres. Andando el tiempo, ciudades y villas fueron multiplicando sus actividades. Por ejemplo, en Salamanca (1465) buscaba reos fugitivos y publicaba los delitos de los convictos. En Sevilla (1527) difundía sentencias judiciales, el inicio de algún pleito, la pérdida de objetos y los días en que la población debía limpiar las calles. En Alcalá de Henares el pregonero era también portero del ayuntamiento, mientras que en Toledo (hacia 1489) anunciaba los destierros de la ciudad (Walleit 2021, 87-89). En Alcalá de Guadaíra voceaba las propiedades arrendadas por numerosas cofradías para obtener rentas (Arboleda 2019, 26). Detengámonos en el Fuero de Plasencia (finales del siglo xiii o principios del xiv), que detalla las siguientes funciones:

El sayon [verdugo] ho el pregonero pregone el conceio por mandado del juez... pregone los plazos del corral de los alcaldes, et pregone las otras cosas quando el quereloso a él uiniere de fallado ho de perdido... pregone las almonedas de las almofallas [huestes acampadas] [...]. (Apud Valiente 2009, 263-264).

Como podemos colegir, nuestro personaje se hallaba presente en buena parte de la geografía hispánica, atendía variadísimos asuntos, comunicaba a la autoridad con la población y a esta consigo misma.

¿Cuáles fueron los requisitos para ocupar el cargo de pregonero? El inicial y más importante, poseer voz clara, sonora e inteligible. Asimismo, tener buena reputación y nombrar un fiador ante los alcaldes de la ciudad. En el caso de Toledo debía entregar una fianza. Los aspirantes eras examinados y aprobados por los alcaldes tratándose de ciudades como Bilbao o Sevilla. Añádase a los anteriores requisitos el obligado juramento de oficio de los futuros pregoneros, quienes declaraban «que usara[n] bien y legalmente de su[s] oficio[s] y guardara[n] lo contenido en este ordenamiento» (Walleit 2021, 90).

Contrariamente a lo que cabría esperar, no fue obligatorio saber leer para recibir el cargo. Un testimonio toledano de 1487 dice así: «Fue pregonado este pregón en Çocodover por Alfonso, pregonero de la çibdad, e leydo por mí, Pedro Fernándes de Oseguera, escrivano público». Esto mismo se comprueba a vueltas de siglo en un pregón proclamado en Tenerife (1516) «por Matías, pregonero público, yo el dicho escrivano leyéndole y el pregonando». No obstante, pocas veces se asentaba que una persona distinta del pregonero era quien leía el pregón (Walleit 2021, 91). Cabe reflexionar sobre dos cuestiones: el analfabetismo ya referido y el hecho de que la técnica vocal del pregonero se aplicaba al texto escrito, pero no emanaba de la acción de leerlo. Dicho con otras palabras: declamación y desciframiento de la escritura fueron dos procesos diferentes. Ello a su vez implica que los pregoneros aprendían a proclamar «de oídas», lo cual debió ser así pues en los documentos disponibles nunca se menciona, a diferencia de otros oficios, entrenamiento alguno.

En lo que concierne a su estatus social, puede aseverarse que no fue homogéneo. Más allá de que haya sido auxiliar del ayuntamiento, proclamador de disposiciones reales o empleado de algún particular, su oficio fue tenido por vil porque, ya lo mencioné, se le asociaba al verdugo. En Sevilla (1414), el verdugo tenía además el cargo de «trompeta de justicia», es decir que proclamaba pregones judiciales. Pero no siempre fue así, pues en 1444 se instituyó la pregonería mayor. Una ordenanza municipal sevillana, otorgada por los Reyes Católicos, dice a la letra: «que estos pregoneros assi los mayores como los menores sean honbres buenos y de buena vida y fama y no viles personas ni mal infamados». Por lo mismo, hubo casos de regidores que tomaron el oficio de pregoneros. Y más todavía: está documentada la asunción del cargo por miembros de prestigiosas familias en Valladolid (Walleit 2021, 92-94).

¿Cuánto dinero ganaban los pregoneros? Los datos disponibles corresponden a la Baja Edad Media, concretamente al siglo xv, e indican que su salario fue escaso. Veamos. En la primera mitad de dicho siglo, en Burgos, un pregonero cobraba 100 maravedís al año. A mediados del siglo, en Guadalajara y Alcalá de Henares, percibía entre 300 y 500 maravedís. Al cierra del siglo, en Toledo, recibía 400, mientras que en Sevilla, en el mismo periodo, su salario adicional por comisión en ventas se redujo de 33 a 20 maravedís por cada millar de mercancías vendidas. Tal reducción, según la ordenanza respectiva, se debió a que «este salario es muy excessivo».

Para tener alguna perspectiva, comparemos, en el caso de Burgos, los 100 maravedís del pregonero con los 100 del verdugo, los 1000 de un maestro de gramática y los 200 de su ayudante. En Toledo, los 400 maravedís del pregonero contrastaban con los 3000 obtenidos por los regidores. En esta misma ciudad, los emolumentos de los pregoneros aumentaban hasta cuatro reales y medio diarios por las subastas efectuadas en casa de un difunto o en la plaza del ayuntamiento (Walleit 2021, 94-95). Por cierto, los pregones extensos motivaban un pago adicional (López Villalba 1995, 141).

El Libro del Consejo de Pontevedra nos abre un poco más el panorama. Resulta que un hombre llamado Johan Bieites Ramos adeudaba dos maravedís al Consejo. Este, a su vez, le ordena pagarlos entregando «medio pano [paño] pardo a [los pregoneros] Johan Canpeeyro e a Pero Adees para seu vestir». Es posible, aunque no queda claro, que dicho Consejo costease la vestimenta de sus pregoneros o también que su salario lo recibiesen en especie (Álvarez 2021, 120).

Abordo ahora el pregón. Es un asunto solicitado o propuesto por el Consejo para su discusión, un acuerdo sobre el mismo y, por último, una orden de proclamación. Se trata de un acto jurídico que da origen a un texto escrito llamado «testimonio de pregón», cuya estructura diplomática se reduce a un protocolo inicial (lugar y fecha) y un cuerpo documental, donde se notifica la ejecución del pregón y se enuncia su contenido (López Villalba 1995, 136-138)[7]. El lenguaje de tales testimonios es básicamente formulario.

De modo general los pregones pueden clasificarse en enunciativos y exhortativos. Los primeros tienen la función de dar a conocer públicamente los hechos de Consejo. En cambio, los pregones exhortativos contienen una cláusula, de prohibición o de mandato, además de las penas en que incurren quienes desacatan este último. Los castigos correspondientes, precedidos de la consabida fórmula «so pena de», podían ser pecuniarios, de pérdida de propiedad o corporales, como azotes (López Villalba 1995, 138-139). Y si se incluye en el corpus el ámbito comercial, la clasificación sería esta: pregones de autoridad y de publicidad (Pérez-Salazar 2016, 288).

En la Castilla Trastámara de los siglos xiv y xv, los pregones de autoridad podrían subdividirse del modo siguiente: de promulgación, de justicia, de paz y guerra y también de confrontación política (Nieto 2012, 86). Demorémonos en el pregón de justicia, tan utilizado entonces, al punto que si alguien era apregonado por el pregonero del rey se sobreentendía su pronta ejecución. De fondo, este tipo de pregón instituía una suerte de pedagogía sobre la racionalidad del acto justiciero y la idea de buen gobierno para quienes presenciaban los castigos públicos de la autoridad (Nieto 2012, 92-93). He aquí algunos casos.

En 1422, Juan García de Guadalajara fue acusado de falsificar documentos. Se le llevó preso a Valladolid, se le sometió a tormento, confesó y fue degollado. En el pregón respectivo aparece la fórmula con la cual se hacía presente la voz del monarca: «esta es la justicia que manda hacer el Rey Nuestro Señor». La misma fórmula se repite cuando fue degollado, también en Valladolid, en 1453, un grande del reino, don Álvaro de Luna, acusado de ser «cruel tirano e usurpador de la corona real». En fin, la fórmula se reitera cuando al arzobispo de Toledo, don Alfonso Carrillo, lo acusaron de traicionar al rey y al reino, salvo que en esta ocasión (Simancas, 1465) fue quemado, no el arzobispo, sino su estatua (Nieto 2012, 93-97). De los casos anteriores se desprende que los pregones de justicia no pocas veces tenían motivaciones y consecuencias políticas.

Me detengo en otros tipos de pregón para mostrar cómo las proclamas de la autoridad permeaban el tejido social-cultural del mundo hispánico. En cuanto al comercio, las ordenanzas municipales del Lequeitio (Vizcaya) a lo largo del siglo xv prohibieron la reventa de vino, sidra, cereales, manzanas, lienzos, paños, etc. Asimismo, disponían que el pescado comprado por las regateras en el puerto había de venderse en la plaza. Alimentos y enseres no debían ofrecerse a precios superiores a los establecidos en el pregón. Se reguló también la calidad de la carne, el peso del pan, la forma de trabajar de molineros y horneros. Se prohibió la compra de pescado y hierro para los extranjeros y aun que las regateras vendiesen pan o vino mientras devanaban o hilaban. En efecto, resulta evidente el proteccionismo de la autoridad municipal respecto de los consumidores de la villa (García Fernández 1992, 266-267).

En cuanto a la limpieza urbana, los carniceros debían arrojar al mar la sangre de los animales sacrificados y nadie estaba autorizado a criar animales en el núcleo urbano, salvo un solo puerco por vecino. Las suciedades domésticas solo podían ser arrojadas a la vía pública después de tres avisos en voz alta, lo mismo que tirar agua de noche (García Fernández 1992, 270).

En la misma villa, cediendo acaso a presiones eclesiásticas el municipio prohibió las actividades laborales en días festivos y procesiones, obligando además a los vecinos a asistir a rezos y ritos sacramentales. Adicionalmente, hizo proclamar la gravedad de maldecir a Dios o a la Virgen y de renegar de los santos. También mandató que los aniversarios se celebrasen los lunes y que fuesen costeados únicamente por los varones (García Fernández 1992, 269).

Más aún: a través de la voz del pregonero fueron impuestas obligaciones destinadas a moldear las manifestaciones emocionales de la población. Así por ejemplo, no se permitían aullidos, chillidos ni llantos prolongados a los familiares de un difunto. Solo a la esposa se le concedía apoyarse con su cuerpo en el lecho del marido finado. Tres toques de campana debían sonar si el muerto era un hombre, dos en el caso de las mujeres. Camino a la iglesia, los hombres, delante, flanquearían al difunto, detrás lo harían las mujeres. Abuelos, padres, hijos y nietos podían guardar luto durante un año, nueve días el resto de parientes. En ese mismo tenor, las ordenanzas, además de prohibir la violencia física, reprimieron el uso de palabras injuriosas, por ejemplo, ladrón, traidor, cornudo, puta (García Fernández 1992, 268-269).

Por mediación de los pregoneros la autoridad intentó regular algunos aspectos de la vida sexual. En Zaragoza (1448), a las mujeres casadas que vivían con otro hombre se les condenó al destierro junto con sus maridos, «so pena» de 500 sueldos o azotes. El mismo castigo aplicó a los hombres casados y a la vez amancebados en caso de no retornar con sus esposas en un plazo de ocho días. En 1432 fue proclamado un pregón destinado a avergonzar en las calles y dentro de la iglesia al siguiente grupo de mujeres:

Item, han statuido e ordenado que las otras mulleres, que no son putas publicas ni se dan publicament por dineros, mas son concubinas o amigadas de qualesquiere personas, de qualquier stado, ley o condicion sian, anden e vayan e sian doquier que vayan fuera de casa desabrigadas e sin abrigadura. E en la yglesia, ni en algunos otros lugares, no se puedan asentar ni star collocadas entre las buenas. (Apud García Herrero 1989, 305).

No está de más aclarar que semejantes mandatos proliferaban en vísperas de la Cuaresma.

Entre los años 1454 y 1480, también en Zaragoza, se penalizó una y otra vez la prostitución si se practicaba fuera del burdel con penas pecuniarias que oscilaron entre 60 y 500 sueldos jaqueses, bajo la amenaza adicional de azotes públicos por calles y plazas. Y no quedaban exentos de castigo alcahuetes ni facilitadores de habitaciones en casas o en posadas (García Herrero 1989, 308 y 315).

Conviene ahora poner en contacto a pregonero y pregón. De hecho, el término pregonar es un acto de habla que remite simultáneamente al voceador y al texto. Semejante unidad se inscribe en el discurso performativo[8] diseminado en los pregones y en los testimonios de pregón, discurso en el cual se pautan las performances de quienes monopolizaron la voz en los siglos medievales: predicadores, juglares y pregoneros. Para mayor comprensión propongo concebir dichas performances o puestas en escena como «obras plenarias», esto es, el despliegue de la voz y el gesto en el marco de un espacio, un tiempo y unas circunstancias específicas (Zumthor 1989, 198). Empiezo con estas últimas.

La proclamación pública del pregonero, singularmente la de carácter legal, fue un acto solemne (de ahí la fórmula «con la solemnidad acostumbrada»), un acto más o menos ritualizado ante una multitud de individuos que interiorizaban los símbolos de la autoridad que irrumpía ante ellos. Asimismo, interiorizaban la información que les atañía personalmente. Además se percibían como parte de una comunidad y comprobaban las reacciones de los demás, ya de adhesión, ya de rechazo (Nieto 2012, 82-83, 85 y 101). Tales eran las circunstancias generales en las cuales acontecían las proclamaciones. En cuanto a las circunstancias particulares, pongo un ejemplo de especial crudeza: «Últimamente, hallándose junto a la horca una hoguera encendida con bastante fuego, y una tenaza grande en ella que se caldeaba, precedió el pregón, que hizo Lorenzo Quispe, con voz clara» (Apud Pérez-Salazar 2016, 282).

Otro elemento de la obra plenaria, el espacio, connotaba la vocalización del pregón, sobre todo allí donde el lugar de la performance se relacionaba directamente con el contenido del mensaje, ya de autoridad, ya de publicidad. Sirva de ejemplo un testimonio de pregón (Sevilla, 1478) en el que se prohíbe cargar, levar y sacar pan, trigo o harina por mar y por tierra. Esta proclamación debía hacerse

[...] por las plaças y mercados e otros logares acostunbrados desa dicha çibdad en su tierra por pregonero e ante escriuano publico, porque venga a notiçia de todos e dello non podades ni puedan pretender ynorançia[9].

En el plano intratextual se indican los lugares de Sevilla en donde ha de vocearse el pregón (plazas, mercados). Y gracias a la inserción de una marca performativa visual (el deíctico desa), el pregonero ha de señalarle a su público por medio de un gesto, en el aquí y ahora de la proclamación, que se trata de esta ciudad, de Sevilla[10].

En lo que respecta al tiempo como otro de los elementos de la obra plenaria, es útil diferenciar el «tiempo integrado», es decir, la duración de la proclama, del «tiempo de integración», esto es, el momento en que tal proclama se incorpora al tiempo social (Zumthor 1989, 309-310). Dado que todo pregón supone una fecha, esta alude al tiempo social más inmediato, el ahora. Sin embargo, en ocasiones se hace referencia a fechas por venir, así las celebraciones del Corpus Christi, lo cual resignifica al tiempo social inmediato de la proclamación.

No hace falta aclarar que la voz es el elemento principal de la obra plenaria. La escasa información que suministran los documentos impide bosquejar un panorama consistente acerca del arte vocal de nuestro personaje. No obstante, en los pregones se incardinan de vez en cuando marcas performativas vocales que le indican al propio pregonero cómo vocalizar la proclama correspondiente. A continuación cito algunos pasajes ilustrativos: «En la villa de Sax [...] estando ayuntados a concejo, a boz de pregón, segund que lo han de uso e de costumbre, en el portal de la plaça desta villa […]» (Quintanilla 1999, 854). La marca vocal «a boz de pregón», que equivale a voz de pregonero, era lugar común, algo consabido, una voz «de uso e de costumbre» medieval que desafortunadamente somos incapaces de reconstruir hoy.

En el pregón ya referido de Lorenzo Quispe, la marca performativa resulta más explícita y puntual: «voz clara». Un testimonio de pregón fechado en 1488, en Piedrahita, suma a la claridad el volumen de la voz:

[...] por el dicho Juan Martínez, pregonero, fizo pregonar en la plaça e mercado de la dicha villa, públicamente, a altas bozes e inteligibles, la dicha carta de capítulos del dicho señor. (Coronado 2013a, 163).

Cito un pasaje más: «Las quales dichas hordenanças [...] fueron pregonadas [...] en la dicha villa de Lequetio [...] por Gonçalo de Santander, pregonero publico della, a alta e viba voz» (Pérez-Salazar 2016, 269). No resulta claro si lo viba de esa voz remite a viveza, al ardimiento y energía en la pronunciación de las palabras. Como quiera que sea, las marcas performativas vocales que ofrece el corpus de pregones y testimonios demuestran la hondura de la relación entre voz y escritura.

Ahora bien, el arte de la voz se correspondía con el arte de oír, con la auraidad propia de la Edad Media, de ahí la proliferación de fórmulas que apelan a la atención del público, por ejemplo, «oíd», «os digo», «os hago saber», entre otras. Por ello, buen número de pregones inicia con la fórmula «Sepan todos». Se trata de una deixis de segunda persona destinada a convertir a la multitud en asamblea de oyentes perceptivos. De donde se sigue, desde mi perspectiva, que el pregonero se hallaba en la situación de quien apostrofa a su público, como si de un predicador o de un juglar se tratase.

Pero eso no es todo. La poesía épica dispuso de un recurso por medio del cual el juglar se hacía presente, desde la escritura, ante su público: las «intervenciones dialógicas de autor». Dicho con otras palabras: el yo del juglar funcionaba como narrador intratextual y a la vez como un yo interpersonal, un yo-nosotros o un yo-ustedes que conducía el conjunto del discurso textual a los intercambios con el público (Zumthor 1989, 273-274). Veamos.

Hacia el final del Cantar de Mio Cid (vv. 3708-3709) el texto dice: «Dexémosnos de pleitos de ifantes de Carrión, / de lo que an preso mucho an mal sabor». Intratextualmente el discurso pertenece al narrador, que asume la primera persona del plural (Dexémosnos). Y dado que el Cantar se transmitía vocalmente, el juglar de turno encarnaba al yo del narrador textual. Por tanto, ese «Dexémosnos de pleitos» unía y reunía al público con dicho juglar, quien, adicionalmente guiaba la recepción moral de sus oyentes al comentar que los Infantes de Carrión «mucho an mal sabor» de lo que «an preso», es decir, que estaban resentidos por la humillación que habían recibido.

Observemos ahora las intervenciones dialógicas de autor en un pregón sevillano de 1434, a propósito de la decapitación de los principales implicados en un movimiento político dirigido a convertir la ciudad en «república urbana independiente»: «Esta es la justicia que manda fazer nuestro señor el Rey a estos homes» (Nieto 2012, 94-95). Aquí ocurre lo mismo que en los versos del Cantar: el pregonero encarna el texto del pregón y se une a su público mediante la primera persona del plural («nuestro señor el Rey»). Asimismo, guía la recepción moral de sus oyentes («Esta es la justicia») con el añadido de que el deíctico esta es una marca performativa visual que apunta hacia el espectáculo in situ de las decapitaciones. ¿De quién? De «estos homes».

A los elementos descritos ha de añadirse, por último, la sonoridad que envolvía a la performance del pregonero. Dependiendo de la importancia del pregón, de su contenido y de quién proclamaría, por ejemplo el pregonero del rey, se generaba un «paisaje sonoro»[11] particular. Detengámonos en una ordenanza de Ávila proclamada en 1487:

[...] mandaron repicar e repicaron todas las canpanas de la iglesia mayor de Sant Salvador e ansimesmo las canpanas de dicha iglesia de Sant Juan e, tañendo tronpetas e atanbales e tanborynos [...] los dichos señores [...] mandaron publicar e se publicaron las dichas hordenanças, pregonándolas a altas e ynteligibles bozes Pero Gómez, pregonero público de la dicha çibdad [...]. (Coronado 2013b, 92).

Bien podemos imaginar el grado de sonoridad y espectacularidad que implicaron los pregones públicos a lo largo y ancho del mundo hispánico durante los siglos medievales. Con todo, no quiero dejar de citar un pregón voceado en Lequeitio, a pesar de que corresponde a los inicios del siglo xvi. El corregidor de la villa suscribe el siguiente texto:

El pregonero es de la villa e non ha de dar pregon para juntar el pueblo sin mandamiento de la justiçia, e el otro dia pregono publicamente que se juntase la cofradia de Sant Pedro, del qual juntamiento huvo escandalo [...] sy la cofradia toviere nesçesidad de se juntar por cosas que le cunple vastales que a sus mayordomos o otras personas hagan llamar sus cofrades, pero non que con pregones alboroten la villa. (Apud Oliva 2018, s. p.).

Se entiende: quien pregona debe ser vocero del poder político, no del pueblo. En el primer caso, su voz impone obediencia, en el segundo –nótese la carga sonora implicada– provoca escandalo y alboroto.

En fin, lo documentado hasta aquí es apenas un esbozo de la técnica vocal de nuestro personaje. Hace algunos años, Clara del Brío y Guillermo Fernández propusieron que los cantares de gesta, la lectio del oficio litúrgico y los pregones compartieron una misma técnica de transmisión: la cantilación. Es esta una salmodia de contornos melódicos estrechos, el grado menos marcado del canto y el más marcado de la recitación, lo cual solemniza las palabras. Simple y flexible, ni prefijada ni inalterable, su melodía era consabida, aunque la desconocemos en la actualidad (Fernández y Brío 2004, 3, 13-14, 10 y 22 respectivamente).

Como quiera que haya sido, los tres grupos que monopolizaron la voz durante la Edad Media –predicadores, juglares y pregoneros– dispusieron de textos en los cuales figura el discurso performativo que guiaba, en mayor o menor medida, sus respectivas performances. De ahí las correspondencias que he mostrado entre juglar y pregonero, entre versos épicos y pregones. Por tanto, no debe sorprendernos el caso de un judío converso apodado El Poeta que en 1453 apareció en la corte de Juan II. Juglar vagabundo en Navarra, Aragón e Italia, El Poeta era hijo nada menos que del pregonero de Valladolid (Zumthor 1989, 71).

Concluyo: a través de la performance, ejecución o puesta en escena solemne del pregonero, reyes y autoridades locales se comunicaron con la población en todo el territorio hispánico cristiano a lo largo de, cuanto menos, cinco siglos medievales. Asimismo lo hicieron autoridades eclesiásticas y, más tardíamente, promotores de la compra-venta de mercancías, todo lo cual permeó el tejido social y cultural de aquel mundo. Ubicua y efímera, la voz del pregonero influyó en la modelación de la convivencia cotidiana. Difusora de buenas y malas nuevas, mandatos y castigos, celebraciones tanto civiles cuanto eclesiásticas y transacciones comerciales, esa voz derivó de un arte vocal compartido por juglares y predicadores, pero solo estos últimos se aseguraron de fijarlo por escrito en las ars praedicandi. Y es allí, en las marcas vocales y gestuales de los textos respectivos, donde se hallan codificadas las entonaciones lúdicas del juglar, las inflexiones admonitorias de los clérigos y la recitación inapelable de los pregoneros. Nos resta entonces escuchar aquellas voces, retenerlas, estudiarlas y volver a darles vida.

Gustavo Illades Aguiar
Universidad Autónoma Metropolitana, Iztapalapa



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NOTAS

[1] Con el fin de evitar un número considerable de notas, en adelante refiero en el texto principal a renglón seguido y entre paréntesis la fuente citada, la fecha y el número de página. Para el presente caso: (Fuero de Avilés 1865, 114).

[2] Cabe precisar que, pese a su relevancia, nuestro tema es de reciente creación, pues tanto el pregón cuanto el pregonero habían interesado marginalmente solo a un ceñido grupo, los historiadores del corpus jurídico. Sin embargo, desde hace una década más o menos las investigaciones al respecto han empezado a multiplicarse, así como las perspectivas de análisis, tales como el pregonero en la Nueva España (Illades 2010), la comunicación pública (Walleit 2021), la comunicación simbólica y el poder (Nieto 2012), la opinión pública y el espacio urbano y, dentro de la antropología de los sentidos, los paisajes sonoros (Coronado 2020).

[3] Con letra cursiva distingo el discurso performativo.

[4] Así se asienta en un texto tardío, de 1567: la Novísima recopilación de las leyes de España (tomo II, libro iv, título xxx, ley xxvi; 1804-1829, 338).

[5] Archivo General de Simancas, Registro General del sello 1-1491-200.

[6] Séptima Partida (tomo IV, título xxxi, ley xi; 1843-1844, 417).

[7] Una descripción más detallada de su estructura incluye los siguientes elementos: intitulación (autoridad emisora), destinatarios, expositio (verbo o locución verbal más nexo completivo más anuncio más finalidad) y validatio, en la cual figuran escribanos y testigos (Pérez-Salazar 2016, 277).

[8] El discurso performativo diseminado sobre todo en los textos literarios hispánicos contiene un conjunto de marcas que guiaron sus respectivas performances al menos durante cinco siglos. Tales marcas son las siguientes: vocales y aurales, visuales, estructurales, dialógicas y genéricas de la creación vocal (Illades 2022, 259-264).

[9] Véase el Corpus Diacrónico del Español (CORDE).

[10] A partir de una perspectiva diferente –propia de la lingüística y la pragmática–, en un agudo estudio ya referido, Carmela Pérez-Salazar (2016) analiza las relaciones entre tradición escrita y transmisión oral en pregones y bandos. Son útiles sus observaciones acerca de los deícticos textuales y extratextuales insertos en el lenguaje administrativo de los textos de autoridad.

[11] Para un panorama sobre los «paisajes sonoros» medievales hispánicos, véase Gerardo Rodríguez y Gisela Coronado Schwindt (2016). Dichos estudios derivan de la Historia sensorial y la Antropología de los sentidos.



El pregonero difusor en la Edad Media

ILLADES AGUIAR, Gustavo

Publicado en el año 2022 en la Revista de Folklore número 489.

Revista de Folklore

Fundación Joaquín Díaz