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Revista de Folklore número

327



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Parentesco en la Maragatería: matrimonio entre primos cruzados, extensiones, levirato y sororato

RIVERO PEREZ, Manuel

Publicado en el año 2008 en la Revista de Folklore número 327 - sumario >



El término castellano de parentesco se refiere a los vínculos que se dan entre personas que descienden una de otra o de un mismo tronco común, que se unen en matrimonio o por medio de un proceso de adopción.

El parentesco es un lenguaje muy preciso en cuanto a términos y significados. Esto se debe a que tiene en cuenta, en la mayoría de las ocasiones, los siguientes criterios:

1º) criterio de generación o grado de distancia genealógica que se da entre las partes.

2º) criterio de sexo, al designar con términos de distinto género gramatical a individuos de distinto sexo biológico.

3º) criterio de afinidad, al utilizar diferentes términos para parientes consanguíneos y parientes afines.

4º) criterio de colateralidad, al evitar utilizar un mismo término para parientes lineales y colaterales.

5º) criterio de bifurcación, al hacer distinción entre parientes paralelos y parientes cruzados.

6º) criterio de reciprocidad o de polaridad: padre –hijo; abuelo–nieto; hermano–hermana.

7º) criterio de edad relativa: hermano mayor, hermano menor.

8º) criterio de sexo del hablante.

9º) criterio de mortandad o decedence: se utilizan terminologías diferentes para un mismo tipo de pariente, dependiendo si está viva o muerta la persona de referencia.

Por medio de la socialización familiar y comunitaria, el parentesco como sistema de comunicación proporciona a cada persona el ritual de comportamiento que le corresponde desempeñar en sus diferentes roles, tales como: padre hacia su hijo; como hijo hacia su padre; como madre hacia su hija o como hija hacia su madre; como tío hacia su sobrino como hijo de su hermana o como tío hacia su sobrino como hijo de su hermano; como sobrino hacia su tío, dependiendo de que éste sea paterno o materno, y así sucesivamente, en cada una de las relaciones diádicas que se dan en la dinámica diaria de la compleja interrelación social.

En definitiva, lo que hacen los sistemas de parentesco es:

a) dividir a la gente en categorías de parientes.

b) determinar las pautas de comportamiento que requieren cada una de ellas en su posición relativa.

c) definir la descendencia d) legislar la alianza e) someter estas conductas al estricto control social, con sus correspondientes grados de rigidez o de permisividad.

LA CORRELACIÓN ENTRE TERMINOLOGÍA Y COMPORTAMIENTO

La terminología del sistema de parentesco es la base de las diferentes actitudes que movilizan el comportamiento de una persona hacia sus parientes, teniendo en cuenta las variables de grado, afinidad, consanguinidad, linealidad, colateralidad, bifurcación o género antes enunciados.

El mecanismo psicológico que desencadena este proceso podemos visualizarlo en el siguiente esquema: terminología–pensamiento–emoción–sentimiento –actitud–comportamiento.

Es decir, cuando una persona en particular pronuncia, piensa o escucha un término de parentesco que se refiere en concreto a su madre, su abuela, su hijo o su hija, la parte lateral izquierda de su cerebro procesa esa información y la parte lateral derecha revela esa información en forma de imagen. Esta imagen, fruto de la socialización y de la experiencia, va a ser determinante en su comportamiento.

Por lo tanto, las terminologías del parentesco, que cada uno de nosotros expresamos, pensamos o escuchamos, dan lugar a nuestros pensamientos; nuestros pensamientos son la base de nuestras emociones, sentimientos y actitudes; éstas determinan nuestra conducta y por tanto, nuestro comportamiento. En este sentido, terminología y comportamiento están correlacionados porque el pensamiento sigue a la lengua y ésta ayudada por el resto de los sentidos, determinan la conducta de las personas en cada una de las interacciones sociales.

LA EXTENSIÓN DEL PARENTESCO EN LA MARAGATERÍA

Es frecuente escuchar en la Maragatería a las personas mayores la siguiente expresión: “el tí Antolín o la tí Tomasa”, y cuando se le pregunta porqué parte de la familia era tío o tía, la respuesta es categórica, no nos eran familia, pero a las personas mayores del pueblo las identificábamos como tíos.

Esta ampliación del parentesco, es decir, la inclusión de personas con el mismo término, en este caso tío, significa que el comportamiento social va a ser igual que el que se da a un tío propio, bien por afinidad o consanguinidad. Cuando a una persona se le aplica un determinado término de parentesco, se le reconoce esta relación y se práctica a través de las actitudes y conductas que se establecen entre ambos, con sus correspondientes derechos, deberes, premios y castigos.

Este indicio, nos lleva a intuir, que en un pasado lejano la convivencia comunitaria era muy estrecha y además, las relaciones de apareamiento en cierto modo difusas. En ese sentido, a las personas de la comunidad les era difícil, por no decir imposible, identificar a los tíos propios, bien por consanguinidad o por afinidad, es decir, a los hermanos y hermanas de sus padres y a los maridos o esposas de los mismos del resto de varones o de mujeres de la comunidad. Así que una de las variables dominantes a la hora de identificar el grado de parentesco dentro de la comunidad, bien podía ser el de generación.

Esta extensión del grado de parentesco, que aún sigue viva en el discurso y en el comportamiento de las personas mayores, está a punto de perderse, dado que las generaciones más jóvenes ya no identifican a una persona mayor de la comunidad como “el tí o la tí”, y por tanto también varía su conducta hacia ellos, en base a la correlación terminología–actitudes que acabamos de analizar.

LEVIRATO Y SORORATO

En base a ciertas conductas que aún están vivas en la memoria de nuestros mayores, es posible que ese comportamiento que identificamos con la terminología del tío, se extendiera a la de parientes más próximos, como es el de identificar al hermano del padre como padre y a la hermana de la madre como madre.

Para sostener este paradigma nos basamos en lo que ocurría en tiempos pasados en la Maragatería, cuando fallecía uno de los esposos:

a) levirato: esta situación se daba cuando fallecía el padre, para dar continuidad al matrimonio, la madre debía de casarse de nuevo con un hermano de su marido.

b) sororato: esta situación se daba cuando fallecía la madre, el padre para dar continuidad al matrimonio, debía de casarse con una hermana de su mujer.

Los hijos que nacieran de esa nueva unión, se consideraba que eran hermanos de la cohorte nacida del matrimonio anterior y no medio hermanos solamente por parte de padre o de madre, como en realidad eran.

MATRIMONIO ENTRE PRIMOS CRUZADOS

Entendemos el matrimonio como la unión contractual entre un hombre y una mujer, que incluye privilegio sexual, cooperación económica, cohabitación, procreación, cuidado, socialización y educación de los hijos.

Si consideramos a la estructura social como un sistema dinámico, el matrimonio contribuye a su equilibrio mediante la reordenación de la misma.

El matrimonio entre primos cruzados tiene su precedente bíblico en el Génesis, XXIX, 15–31, en donde se narra el matrimonio de Jacob con dos hijas del hermano de su madre, Lía y Raquel, hijas de Laban, hermano de Rebeca.

Hasta mediados del siglo XX, era muy frecuente en la Maragatería el matrimonio entre primos cruzados.

Antes de continuar, vamos a aclarar la distinción terminológica entre primos cruzados y primos paralelos. Partimos del matrimonio entre Teresa y Juan, sus hermanos, sus hijos y los hijos de sus hermanos, que explicamos a continuación.

a) Juan tiene un hermano Antonio y una hermana Julia.

b) Teresa tiene una hermana Carmen y un hermano Manuel.

c) Teresa y Juan se casan, fruto de ese matrimonio nacen sus hijos Pedro y María.

d) Antonio, el hermano de Juan, está casado y tiene a su vez dos hijos: Luís y Raquel.

e) Julia, la hermana de Juan, está casada y tiene dos hijos: Beatriz y Joaquín.

f) Carmen, la hermana de Teresa, está casada y tiene dos hijos: Antonio y Pilar.

g) Manuel, el hermano de Teresa, está casado y tiene dos hijos: José y Rita.

Para Pedro y María, hijos de Juan y Teresa, serían:

1º) tíos paralelos, el hermano de su padre y la hermana de su madre: Antonio y Carmen.

2º) tíos cruzados, la hermana de su padre y el hermano de su madre: Julia y Manuel.

3º) primos paralelos, los hijos del hermano de su padre: Luís y Raquel; y los hijos de la hermana de su madre: Antonio y Pilar.

4º) primos cruzados, los hijos de la hermana de su padre: Beatriz y Joaquín; y los hijos del hermano de su madre: José y Rita.

El matrimonio deseable, o más bien preferente en la Maragatería, era entre primos cruzados matrilaterales o patrilaterales. En este caso, siguiendo con el ejemplo anterior, sería el matrimonio de Pedro con una de sus primas cruzadas Beatriz o Rita y el matrimonio de María con uno de sus primos cruzados Joaquín o José. En cambio, estaba prohibido el matrimonio entre primos paralelos, ya que debido al principio de la extensión del parentesco se les consideraban hermanos.

Al producirse la unión entre primos cruzados, la familia de orientación, es decir, la familia en la que se nace y se crece y la familia de procreación, que se constituye por medio del matrimonio, se solapan. En este caso, si Pedro se casa con Rita, Manuel es a la vez su suegro, pariente afín y su tío pariente consanguíneo.

Este solapamiento es mayor cuando el matrimonio se da entre primos cruzados bilaterales. Éstos surgen a raíz del matrimonio de la hermana del padre con el hermano de la madre. Siguiendo con el ejemplo anterior, el posible matrimonio entre Julia y Manuel, sus hijos serían primos cruzados bilaterales con Pedro y María, hijos de Teresa y de Juan.

De esta forma, la tercera generación del matrimonio entre primos cruzados bilaterales, en lugar de tener ocho bisabuelos tendrían solamente seis, porque dos ellos son por partida doble.

Una vez más la cultura maragata encierra rastros que otras culturas ya han perdido. Estos hechos y testimonios, nos permite encontrar eslabones que enlazan con formas de apareamiento y de unión que se dan en las tribus primitivas.

EXOGAMIA Y TABÚ DEL INCESTO

La exogamia que se da en las uniones entre primos cruzados matrilaterales o patrilaterales, primos cruzados bilaterales, intercambio de hermanos o del tío con la sobrina, que se daban en tiempos pasados en la Maragatería, son diferentes formas de evitar el incesto.

Además todas estas evidencias, nos permiten desandar el camino y construir hipótesis evolutivas que se fueron distanciando de la endogamia y de la promiscuidad primitiva, y nos aproximan a la exogamia y al tabú del incesto actual. Así, de más reciente a más antiguo, podemos establecer la siguiente clasificación:

a) matrimonio entre primos cruzados, matrilaterales o patrilaterales que conocemos en la actualidad. Esta práctica era bastante común hasta mediados del siglo XX. Por lo tanto, aún encontramos muchas de estas uniones vivas en la actualidad.

b) matrimonio entre primos cruzados bilaterales, más escaso y vivo en el recuerdo de las personas mayores. Los primos cruzados bilaterales, como vimos anteriormente, son los hijos del matrimonio entre hermanos de un linaje con las hermanas de otro linaje.

c) intercambio restringido entre mitades exogámicas A y B. Se trata de un cruce de linajes, en el que, los hermanos de A se casan con mujeres hermanas de B y los hermanos de B con mujeres hermanas de A. Si volvemos al ejemplo del principio, sería el matrimonio establecido entre la hermana de Juan y el hermano de Teresa: alianza JuliaManuel. Los hijos de Julia y Manuel y los de Teresa y Juan serían primos cruzados bilaterales. En Maragatería se recuerdan algunos casos de este intercambio de hermanos –hermanas, que se daban a principios del siglo XX.

Este principio de bifurcación, permite establecer la diferenciación entre primos cruzados y primos paralelos y posiblemente relacionar los paralelos como hermanos, y por lo tanto prescribir el matrimonio con los cruzados, en virtud de la exogamia y de la prohibición del incesto.

En el trabajo de campo no he encontrado ningún rasgo de otro tipo de emparejamiento singular, salvo el que se daba en el pueblo de San Román del Val, en el que un linaje aún conserva el privilegio matrimonial del tío materno sobre la hija de la hermana, con la consiguiente diferencia de edad entre marido–esposa.

Con estas uniones se evita el incesto o prohibición de copular los parientes primarios: hermano –hermana; padre–hija; madre–hijo. Se da el gran avance social que permite la separación entre naturaleza y cultura.

Todos estos indicios nos llevan a que posiblemente esta exogamia de mitades seguro que es posterior: al matrimonio que se daba en común entre hermanos de un linaje con hermanas de otro linaje; a la poliginia sororal donde un hombre se unía con dos o más hermanas; a la poliandria adélfica donde una mujer se unía con dos o más hermanos; a la poliandria o matrimonio de una mujer con varios hombres; a la promiscuidad colectiva de un grupo de hermanos con sus propias hermanas.

El estudio del parentesco nos conduce al conocimiento de los hechos básicos de la vida: apareamiento, gestación, paternidad, hermandad, socialización, herencia o afiliación, es decir nos ayuda a descubrir el qué, cómo, cuándo, dónde y por qué de una cultura en concreto. Por fortuna en la Maragatería aún contamos con esta riqueza del ritual del parentesco en hechos aislados y en la memoria de nuestros mayores, si de verdad queremos interpretar el ayer de la Maragatería, el mejor punto de partida es conocer en profundidad sus reglas de parentesco.

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BIBLIOGRAFÍA

ARANZADI MARTÍNEZ, J.: Introducción y Guía al Estudio de la Antropología del Parentesco, UNED, Madrid, 2005.

PARKIN, R., y STONE, L.: Antropología del Parentesco y de la Familia, Editorial Universitaria Ramón Areces, Madrid, 2007.

FOX, R.: Sistemas de Parentesco y Matrimonio, Alianza Editorial, Madrid, 1984.

GONZÁLEZ ECHEVEVARRÍA, A.: Tres Estudios Introductorios al Estudio del Parentesco, Universidad Autónoma de Barcelona, Bellaterra, Barcelona, 1983.

Trabajo de Campo en Villalibre de Somoza, Luyego de Somoza, Lagunas de Somaza, Valdespino, El Val de San Lorenzo, Quintanilla de Somoza y El Val de San Román.



Parentesco en la Maragatería: matrimonio entre primos cruzados, extensiones, levirato y sororato

RIVERO PEREZ, Manuel

Publicado en el año 2008 en la Revista de Folklore número 327.

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