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Revista de Folklore número

272



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DEVOCION RELIGIOSA Y FIESTA PROFANA. LA COFRADIA DE ANIMAS DE CEVICO DE LA TORRE

AYUSO, César Augusto

Publicado en el año 2003 en la Revista de Folklore número 272 - sumario >



La devoción a las Ánimas es típicamente contrarreformista. El Concilio de Trento, retomando la tradición patrística, y para contrarrestar las ideas luteranas que negaban cualquier intervención eclesiástica de cara a la salvación de un alma, pues el muerto se justificaba ante Dios por su sola fe y dependía únicamente de los méritos de Cristo, inmolado por él, defendió la existencia del Purgatorio y se propuso propagar entre los fieles las ideas teológicas que enlazaban vivos y muertos en la solidaria relación del Cuerpo Místico (1). El fomento de esta devoción entre el pueblo se llevó a cabo no sólo con la catequesis y la predicación de los clérigos, sino con la intensificación de los rituales y la creación de cofradías de fieles que en las mismas parroquias favoreciesen e hiciesen presentes esta piedad.

Fueron los siglos XVII y XVIII cuando estas cofradías se prodigaron, generalmente impulsadas por frailes franciscanos y carmelitas, aunque también por el clero regular. En la provincia de Palencia se contabilizan 149 cofradías bajo esta advocación, las mismas que de la Vera Cruz, según datos recogidos de la estadística de 1771. En la comarca del Cerrato, 36; es decir, no había pueblo que no contase con ella (2) Ya en otras ocasiones nos hemos ocupado de describir la estructura y algunos de los rituales que estas cofradías adoptaron en esta comarca, sobre todo por la vistosidad y diferenciación respecto de otras de la misma diócesis o de diócesis colindantes. Como soldadescas de carnaval, protagonizando estas fiestas profanas, funcionaron en la gran mayoría de estos pueblos, dejando en esos días una impronta que ha tardado muchísimo en borrarse y en algunos (Vertabillo, Antigüedad) pervive todavía, si bien muy deslucidos los rituales (3).

El propósito de traer ahora a consideración la cofradía de Cevico de la Torre -una de las más antiguas de la zona y que, sin duda, serviría de modelo para otros pueblos vecinos- no es tanto volver sobre los rituales cuanto ejemplificar el colorido de la fiesta carnavalesca en una población pujante y una de las más habitadas -junto a Dueñas, Baltanás y Torquemada- de esta comarca de pequeños núcleos rurales. Y con la fiesta en sí, las consecuencias, las tensiones y derivaciones de la misma en el contexto de la España dieciochesca: esa necesaria e insoslayable dialéctica entre los dos polos de la misma: el aspecto devocional, piadoso, de celebración religiosa y el aspecto profano, de incidencia y reclamo social, en principio al servicio de aquel pero con frecuencia buscando su propia autonomía y preponderancia, hasta el punto de que la supresión de algunos de sus rituales -la soldadesca, los novillos...- pareciesen en el ánimo de los cofrades (nunca en el de la autoridad eclesiástica) deslucir y menoscabar la fiesta. Nada, desde luego, ajeno a la tónica general de la religiosidad barroca y dieciochesca y su mezcla y confusión de propósitos y actitudes (4).

1- CEVICO DE LA TORRE EN EL XVIII

En el siglo XVIII, teniendo en cuenta los datos del Catastro de Ensenada recogidos en 1752, Cevico de la Torre era señorío perteneciente al Duque de Arcos. Su término municipal ocupaba siete cuartas de legua, con 7824 obradas de tierra de secano, de las cuales 1850 se destinaban a tierra de sembradura y 1500 a viñedo, siendo el resto monte, páramos, pastizales y yermo. Sólo 3 obradas se declaran como de regadío, para hortaliza, y los cereales cultivados eran el trigo, la cebada y el centeno. Tenía una importante cabaña ganadera con treinta corrales en el campo para pernoctar los rebaños de ovejas, 44 colmenares con 326 pies y dos molinos harineros.

Contaba con 302 vecinos y 216 casas habitables, y tenía 2 mesones, 8 panaderos, 2 tiendas de géneros menores y 2 carnicerías. No había taberna en el concejo, aunque sí abundante vino que se vendía al pormenor en las bodegas. Estaba atendido por médico, cirujano, sangrador y boticario y por 11 clérigos en lo espiritual. Los gastos del común del año pasaban ampliamente de los cuatro mil reales (5).

Otras importantes cofradías en este siglo eran, además de la de la Cruz, cuya Regla databa de 1570, y la del Santísimo Sacramento, fundada en 1638, las devocionales de la Virgen del Monte, unida a otra anterior de San Miguel, que edificó en el páramo la ermita de quien es la patrona del pueblo; la del Bendito Nacimiento, formada exclusivamente por pastores, para celebrar la Navidad, que data también de finales del XVI; y la de la Asunción, que tenía añadidas las antiguas de San Sebastián, San Juan y Santa Ana, aprobada en 1670, con hospital para recoger a los pobres enfermos del pueblo y forasteros (6).

3- LA REGLA: OBLIGACIONES DE LA COFRADIA

A tenor de lo proclamado en el propósito introductorio de la Regla, la fundación de esta cofradía de Ánimas hay que entenderla dentro de la teología eclesiástica del Cuerpo Místico en la que los fieles están unidos con su cabeza -Cristo- y todos contribuyen al bien y salvación de todos, pues "no hay cosa que más aborrezca Christo Señor y Redemptor nuestro que la división y discordia entre los hombres criados a imagen y semejanza suia y redimidos con su preciosa sangre". Su nombre completo era "Cofradía de San Martín y Ánimas", pues estaba puesta bajo la protección "del glorioso y bienaventurado y ínclito pontífice S. Martín patrón principal de esta villa de Cevico de la Torre y de la iglesia parroquial de ella instituida con su nombre" (7).

Fundada por el Licenciado Gregorio Díaz, cura y beneficiado de dicha iglesia y 31 cofrades más, el 30 de diciembre de 1630 fue aprobada la Regla por el Maestreescuela y Canónigo de la Catedral de Palencia Fernando Rodríguez, en el obispado de Cristóbal Guzmán y Santoyo, y confirmados sus 22 capítulos el 1 de enero de 1652 por el Licenciado Gaspar de Mier y Terán, Provisor y Vicario General del mismo obispo Guzmán y Santoyo, que la agrega la de San Martín, fundándolas en una sola. Al año siguiente, dicho obispo le concede 40 días de indulgencia plenaria para todos los cofrades que asistan a misas y actos de la hermandad, así como a todos los fieles que hiciesen bien por las Ánimas.

Como en toda cofradía, consta en los capítulos de su Regla la normativa por la que ha de regirse en su composición, jerarquización y administración. Está estipulado que "no puede entrar cofrade alguno que no tenga oficio que requiera estar examinado y que tenga carta de examen y el que ubiere de entrar a de ser propuesto por el cabildo pleno". Votado por todos, el nuevo cofrade debía acreditar buena fama y costumbres y tener un espíritu pacífico (cap. 6). Cada cofrade pagaba como entrada "veinte y dos reales y una bela de zera blanca" (cap. 6). Los cofrades podían inscribir a sus mujeres sin necesidad de pagar dinero, tan solo la vela de cera blanca. En caso de que esta muriese y el cofrade se volviera a casar, la segunda mujer pagaria 16 reales (cap. 8). Si el nuevo postulante era hijo de cofrade, sería recibido por la mitad de dinero y cera que dio su padre al entrar (cap. 11). Las mujeres pagaban "veintydós reales" (cap. 12), lo mismo que alguien que quisiere entrar in artículo mortis, adquiriendo así los mismos derechos que los otros cofrades a la hora del entierro y de la aplicación de sufragios por su alma (cap. 18).

El cargo de abad y cabeza le correspondía al cura "mas moderno" de la parroquia, y tenían además en los cargos de gobierno alcalde, dos mayordomos y llamador. El nombramiento de estos "oficiales" se hacía anualmente el día de San Martín en la iglesia parroquial. Los primeros fueron elegidos en cabildo, pero las posteriores elecciones se dejaban en manos de los oficiales salientes y otros dos elegidos entre todos. Los nombrados debían aceptar el cargo so pena de dos libras de cera "la cual pena se a de ejecutar sin remision alguna" (cap. 1).

De los dos mayordomos, uno de ellos, por suerte, era el encargado de cobrar las entradas de los hermanos: dinero y cera, y al acabar su mandato debía dar cuenta en los ocho días posteriores a la fiesta de San Martín ante el abad y los oficiales salientes y entrantes, con presencia de escribano (cap. 19).

La misión del llamador era avisar a los cofrades cuando hubiera necesidad, es decir, con ocasión de elecciones, vísperas, entierros, procesiones...Llamaba el día antes con una campanilla recorriendo las calles donde hubiese cofrades (cap. 3).

En las reuniones de cabildo, si algún cofrade quisiera proponer algo, lo había de hacer "estando de pie y con la bara de la cofradía en las manos puesto junto a el Abad alcalde y escribano". En caso de que alguno hablase en voz alta o profiriese ofensa a otro, estaba mandado se le impusiese como pena el pago de media libra de cera (cap. 7). También tenían prohibido jurar y maldecir, so pena de 4 maravedís y amonestación en cabildo (cap.17).

La cofradía guardaba y celebraba sus fiestas, con el consiguiente ritual eclesiástico estipulado. En la fiesta del patrón San Martín estaban obligados a acudir a vísperas cantadas en la parroquia el día antes. Y el mismo día a la misa cantada, con pena de una libra de cera el que no asistiese. Debían asistir a ella confesados, y comulgar, con igual pena que si estuvieran ausentes de no hacerlo.

Para estas dos ceremonias se repartía entre los cofrades la cera que la cofradía tuviera, a la que -como gesto simbólico del santo al que conmemoraban- se mandaba que ese día "aia de vestir y bista un pobre el qual se le a de dar un sombrero basto, un capote de paño pardo y a de comulgar este tal pobre en la misa con todos los cofrades, siendo el último..." (cap. 4).

Otra conmemoración religiosa de obligado cumplimiento era la Memoria por los difuntos cofrades, que debía hacerse pasada la fiesta de Todos los Santos, ocho o diez días después, el primer o segundo domingo. Había misa cantada con túmulo en medio de la iglesia "con su pan y su zera", y los cofrades asistían portando la cera y comulgando. La ausencia estaba penada con media libra de cera. El día anterior habían sido convocados por el llamador y también se había hecho un clamor por los difuntos, al anochecer. Este clamoreo de las campanas se repetía al día siguiente, para llamar a la misa, y durante el responso cantado que por ellos se hacía en la Memoria (cap. 5).

También era obligatoria la asistencia el día de Reyes de cada año a la misa cantada en la parroquia en recuerdo de sus curas y beneficiados. Debían portar en ella velas encendidas y abonar ocho maravedíes en caso de falta (cap. 20). Exactamente igual sucedía en caso de la misa cantada que la cofradía tenía la obligación de dedicar a cada cofrade muerto, a la que todos los hermanos asistirían para rezar por el alma del difunto, lo mismo que el día de su entierro en dicha iglesia (cap. 13).

En los entierros estaba mandado que se llevasen "doze cirios blancos y dos baras la una aia de llevar el alcalde y la otra el mayordomo mas antiguo", y los cofrades más antiguos en caso de faltar estos. La cera y las varas las repartía el llamador, al que también se le ordenaba, con la campanilla de la cofradía, "que llame con toda puntualidad y cuidado a los cofrades" (cap. 10).

Llama la atención la disposición de que la cofradía tenga su propio ataúd para conducir el cadáver de los hermanos cofrades difuntos de sus casas a la iglesia donde serán enterrados, hecha de acuerdo a lo accidentado del camino, pues la iglesia se halla en un altozano al que se sube por numerosas escaleras:

…un ataud con su bayeta encima de ella para que se entierre en el los cofrades difuntos atendiendo a la dificultad y peligros que ai en llebar a enterrar a los difuntos a la iglesia parroquial de esta villa en andas por los muchos pasos de escaleras que ai para aver de subir a la dicha iglesia que ha sucedido en llebarse en andas y caerse de ellas algunos difuntos y ser fuerza averlos de llevar con demasiado peligro y cuidado todo lo qual se evita y remedia llevando al difunto en ataud (cap. 9).

La cera de la cofradía, elemento importante en la liturgia de difuntos, se guardaba en un arca cuyas llaves poseían el abad y el mayordomo (cap.15). Y cada vez que el Santísimo Sacramento salía de la iglesia como viático para algún enfermo, tenía la cofradía la obligación de llevar "seis achas o cirios que alumbren así a la ida como a la buelta asta que se encierre" (cap. 14).

A todas estas obligaciones, había que añadir una más de tipo asistencial tocante a los cofrades enfermos. Cuando se diese este caso, abad, alcalde y mayordomos debían visitar y consolar al impedido, y si fuese persona necesitada, debían socorrerle con alguna limosna de la cofradía si la hubiese, o, si no, sacada a escote. Y si se encontrase en peligro de muerte, se habían de nombrar parejas de hermanos para que cada cuatro horas se relevasen en la vela al enfermo. Quien se negase estaba obligado a pagar una libra de cera (cap. 16).

4- LA ECONOMIA: ENTRADAS Y GASTOS

El dinero que entraba cada año en el haber de la cofradía procedía de diversas fuentes, que pueden clasificarse en tres grupos: el aportado por los propios cofrades, el aportado por el resto de fieles y devotos, y el generado por recursos de la cofradía destinados a la obtención de beneficios (8).

Entre los provenientes de los cofrades hay que consignar las entradas de nuevos hermanos (a razón de 16 reales los hombres y 12 las mujeres), las multas impuestas por incumplimientos de las Reglas y el ofrecimiento del martes de Carnestolendas. Este, que se llevaria a cabo en la misa solemne, arrojó en 1703 la cantidad de 340 reales, y de 550 en 1713. Algún año también se hizo el lunes de carnestolendas y el día de Reyes.

En cuanto a los provenientes de fieles y devotos hay que consignar las cantidades recolectadas como limosnas durante todo el año por el lugar y a la puerta de la iglesia los domingos y fiestas y la limosna de la cera. En 1703 se sumaron por estos apartados 328 y 32 reales respectivamente. Parece ser que durante algún tiempo, en las vendimias, también pedían limosna de mosto por los lagares. En 1756 apuntan 180 reales sacados de la venta de 30 cántaros recogidos, puestos luego en venta a 6 reales la cántara. Y finalmente, aunque no eran aportaciones regulares, algunos años había que contar con limosnas y mandas especiales de algún cofrade o devoto.

En cuanto a los recursos generados por actividades o iniciativas de la cofradía hay que consignar en primer lugar lo sacado de la explotación de la propia hacienda de la cofradía. En los primeros años del siglo tenían censos. Uno contra Alonso de Ribas les proporcionaba 33 reales anuales, y en 1714 acuerdan en junta dar otros 1500 reales que tenían de remanente a censo a otras tres personas, que les proporcionará 45 reales de rédito para invertir en sufragio por los cofrades difuntos el domingo infraoctava de los Santos -vigilia y responso solemne por la tarde- y lunes siguiente -vigilia y misa solemne en la capilla de Ánimas-, con su correspondiente boato litúrgico ambos días de incienso y aspersorio, capas y cetros, túmulo y clamores. A partir de 1721 empiezan a sacar algunos reales (20 en 1722) por el alquiler de una romana propiedad de la cofradía, y algunos años también alquilaban "la taza de plata que tiene la cofradía para la prueba del vino" (4 reales en 1714), posesión que algunos años después, en 1727 dan al platero que había de hacer la insignia del alcalde.

En 1732 compran 5 cabezas de ganado por 17 reales y medio, de las cuales venderán la lana, el queso, los añinos, algún cordero. Cinco años después, en 1737, han aumentado hasta 19 las reses, pero este pequeño hato no duraría mucho, porque en 1755 venden lo que les queda de él: 6 ovejas, 3 borras y un primal, por 252 reales.

Otra actividad que les producía rentabilidad eran las rifas, que seguramente las harían en los días de carnaval, cuando hubiera animales que donarían cofrades y devotos, puesto que no se consignan gastos de adquisición. De forma discontinua aparece este apunte algunos años a partir de 1742. Ese año por una liebre sacaron 36 reales; al año siguiente, 77 reales de dos gallinas; en 1745, 49 reales del sorteo de un cabrito y una gallina, etc.

En cuanto a los gastos anuales a los que tenían que hacer frente, pueden también hacerse diversas agrupaciones, que van desde los estipendios pagados a los curas y beneficiarios de la parroquia por los oficios de difuntos y memorias y al predicador de carnestolendas, al abono de múltiples servicios a otras personas que hacían algún trabajo para la cofradía, como pueden ser el sacristán por la puesta del túmulo y adorno y cuidado del altar de Ánimas y toque de clamores en los días conmemorativos de la cofradía o en el entierro de cofrades; el escribano que levanta cuentas y acuerdos; el pastor que les cuida el ganado; el "corito" que va por los lagares con la pelleja para recoger la limosna del mosto, el que toca el tambor en carnestolendas...Y desde el gasto en productos para el culto, como la cera para las funciones religiosas y el aceite para la lámpara de la cofradía, a lo invertido en las fiestas para confraternización y expansión de los cofrades, es decir, en refrescos y colaciones y en función de novillos en carnestolendas. En resumen, que bien puede diferenciarse lo invertido en funciones sagradas, que cumplían el fin para el que la cofradía fue fundada, y expansiones paganas, que si no estaban previstas en la Regla, surgían como complemento necesario en la cohesión del grupo humano -las colaciones- y como medio de estimular la devoción y la limosna entre los parroquianos -la "zuiza" o demostración paramilitar y los novillos en carnestolendas-.

Los gastos de iglesia eran abonados íntegramente con los dineros de la cofradía. Las "planas" a los eclesiásticos, tres al año, por las funciones religiosas, junto con la cera gastada en funerales y misas conmemorativas suponían las cantidades más elevadas. En 1702 ascendieron a 253 reales para los eclesiásticos y 242 reales por la consunción de 28 libras y media de cera. Otros 45 se pagó al predicador del martes de Carnestolendas y a 73 reales ascendió el aceite consumido en la lámpara de la cofradía.

Tenían también gastos extraordinarios, el más importante de los cuales sería sin duda la erección del altar de Ánimas en una capilla de la misma iglesia de San Martín, que se haría muy a finales del XVII. El retablo enmarca un gran cuadro del patrono San Martín repartiendo la capa al pobre y a un lado una columna de ánimas representando distintos estados sociales (9). En las primeras cuentas conservadas, las de 1702 sí que aparecen consignados 359 reales del frontal de damasco blanco para dicho altar, más otros 29 para bastidores para el mismo y otros 134 reales de adherentes necesarios para componer frontales, estandarte y guión.

En las del siguiente año contabilizan 269 reales por traer, con la aprobación del señor provisor, "el jubileo perpetuo y privilegio" (indulgencias para las misas encargadas en él) para dicho altar. Dicho privilegio, válido por un período de 7 años, lo habían de renovar periódicamente. En 1712 pagan 200 reales por dos indultos o privilegios, uno para los lunes y otro para los miércoles. En diversos años continuarían con el equipamiento del altar: dos candelabros en 1709 y otros dos en 1710, año en que también se compran dos bancos con respaldo por 50 reales; en 1738 volverían a comprarse otros cuatro candelabros por un importe de 68 reales y una cartela para la lámpara de la capilla por otros 152 más.

En cuanto a los gastos profanos, este año se consignan gastos en la colación con los cofrades "el día de los reies" por 2601 maravedíes; del refresco la víspera y el día de San Martín, 37 reales y medio; del refresco de cuentas, 18 reales, y por los novillos el día de carnestolendas, 31 reales y medio. Más otros 23 reales por las velas de sebo y barajas de naipe para los juegos de las noches de San Martín y Reyes. En total, unos 181 reales.

4- LA DIVERSION PROPIA: REFRESCOS Y NOVILLOS

A pesar de las recomendaciones de sobriedad por parte de los prelados, lenta pero inexorablemente los gastos profanos iban importando cada año más. Los refrescos de la víspera de Reyes y de San Martín se llevaban la palma, elegidos como momentos de encuentro y expansión de los cofrades que, como era habitual en la península, conjugaban resueltamente devoción y diversión en actos separados pero complementarios. No podría entenderse una cofradía dedicada a mantener y expandir el culto a una advocación sagrada sin sus momentos de asueto y confraternización en torno a las viandas. Vino, camuesas y castañas solían ser los más socorridos alimentos para la ocasión. Los de la colación de la víspera de San Martín de 1706 importaron 196 reales y los de la víspera de Reyes de 1711,156.

Si el obispo Francisco Ochoa de Mendazorqueta y Arzamendi en su visita de julio de 1721 observa en el acta algunos gastos profanos "que en todo se oponen al caritativo quanto piadoso instituto de esta cofradía", en la de 1733 se deja escrito que las cuentas no están claras, pues dar importes totales y no especificar las cantidades y coste de las distintas partidas puede llevar a encubrir sumas aumentadas. Obedecieron en las cuentas inmediatas, pero enseguida volverían a los datos genéricos. Gracias a esta imposición sabemos detalladamente el gasto de ese año. En la víspera de Reyes: 147 reales que importaron 10 arrobas de camuesas a razón de 14 reales la arroba, más 116 reales de 5 fanegas y 4 celemines de castañas a 22 reales la fanega, más 81 reales de 20 cántaras y cuartilla de vino a 4 reales la cántara, supusieron un gasto de 345 reales. En la víspera de San Martín fueron 386 reales por cantidades y precios muy semejantes.

El obispo José Morales Blanco, en su visita de abril de 1744, insiste en que abad y oficiales moderen y reformen los gastos y fiestas profanas y pongan todo su celo en administrar bien los caudales para los fines piadosos para los que fue fundada la cofradía. Ese año, se dice que "por no tener caudales esta cofradía" no hubo refresco de San Martín, cuando el de Reyes supuso 210 reales. Enseguida se olvidaría, pues en 1747 se gastan en las dos vísperas 682 reales, aunque la prohibición expresa de un nuevo obispo hace que en los años 1748 y 1749 se contengan con sólo 12 y 18 reales de gasto en sendas vísperas de San Martín. El obispo José Ignacio Rodríguez Cornejo, con fecha 24 de noviembre de 1747, había dejado en el Libro de la Cofradía de la Vera Cruz, el siguiente mandato extensible al resto de cofradías de la población:

…que desde ahora en adelante se abstengan de todo gasto y endeudo y profano en comidas, colaciones y refrescos, sin hacerles en modo ni con pretexto alguno en ninguna de sus funciones o juntas Generales o particulares, a expensas propias o por escote de los oficiales o individuos a excepción de aquella moderada refección acostumbrada en el día de la festividad o función principal que de el yngreso propio de esta cofradía se le de repartiendo por yguales partes o raciones a las casas de los cofrades... (10)

Dos años después, la prohibición es pasada por alto y se apuntan las cantidades de 285 en Reyes y 380 en San Martín, que al año siguiente, 1751, ascienden considerablemente a 462 y 368. Una nueva reconvención del visitador Agustín Rodríguez de Zevallos en 1757 vuelve a ser enseguida olvidada, pues en 1760 el consumo de Reyes asciende a 459 reales y el de San Martín a 557, siempre en vino, camuesas y castañas.

A la tenaz campaña del obispo Andrés de Bustamante, que logró acabar con algunas diversiones profanas de la cofradía y los cuantiosos gastos que requerían, como los novillos en carnaval, hay que añadir la no menos decidida y eficaz de su sucesor José Cayetano de Loazes y Somoza que hizo que desapareciese el refresco de la víspera de Reyes y, a partir de 1767, sólo quedase el de la conmemoración del patrón, la víspera de San Martín. En su visita de 1766, dispuso este obispo un solo refresco al año, que dejó bien especificado en cuantía y modo: a cada cofrade, un cuartillo de vino y otro de castañas con el pan correspondiente. Además, en las cuentas debían declararse el precio del género y el número de cofrades para que no hubiera engaño. Este refresco de vino y castañas del año 1775, que se apunta para cofrades y devotos del pueblo, supuso 578 reales, y en 1782 subió a 875. El obispo José Luis de Mollinedo en la visita del año siguiente, 1783, quiere poner coto también a ese dispendio y manda que "no se gaste cosa alguna" ni a expensas de la cofradía ni de los mismos cofrades. Ese año se suspenden los gastos generales que se pagaban con dinero de la cofradía y sólo se dan aquellos que suponen un agasajo a quienes realizan una labor en pro de la hacienda de la misma, como son los que salen a pedir la cera el lunes antes de carnestolendas y los que hacen las cuentas.

Estos encuentros de los cofrades después de la función litúrgica de las visperas se debían prolongar hasta altas horas de la noche o durante toda la vigilia, ocupados en el juego de cartas, pues algunos apuntes de principios del siglo lo dejan entrever. En las cuentas de 1702 figuran 23 reales en data "en velas de sebo y barajas de naipe para los juegos de las noches de San Martín y reies". Al año siguiente se añade también la noche de Carnestolendas, si bien el juego debía dejar su limosna para la cofradía, pues en 1703 entran en las cajillas 121 reales "de juegos y taberna" en esas tres noches. En 1708, sin embargo, aparece sólo el gasto de vino en los días de juego por la noche, 14 reales.

El refresco o colación de Carnestolendas no se cargaba a la hacienda de la cofradía, sino que debía de correr a cuenta de los que servían el oficio ese año, que también corrían con otros gastos, entre ellos, parte del de los novillos que habitualmente se traían en Carnaval. Otra parte se ponía de los caudales de la cofradía, pues en 1702 se declaran 31 reales y medio, suma que, con ligeras variantes (en 1710 hubo excepción, al pagarse 80 reales), vuelve a repetirse en los años siguientes como coste de las reses y lo dado (a veces en vino) a los vaqueros que las traen campo atraviesa, según era entonces lo habitual. A partir de 1737 se consigna también del refresco que paga la cofradía "a los señores oficiales la tarde de los nobillos". Este año supone, sumado también el vino de la noche de juegos, 33 reales. Esta diversión taurina se hacía el lunes de carnestolendas, según se apunta algunos años, y el ayuntamiento no debía ser ajeno a la fiesta, pues en la respuesta de la pregunta veinticinco del Catastro de Ensenada se declara textualmente: "y del gasto que haz en lun (es) de Carnestolendas en la funcion de novillos quarenta y cinco reales".

Esta función de novillos tenía su tradición y se convertiría en el plato fuerte de la diversión carnavalesca, sobrepasando las continuas reconvenciones de los obispos en sus visitas para prescindir de los gastos profanos. Por eso quizás, para preservarla a toda costa y eximir a la cofradía de responsabilidad ante los prelados, habrá mandas particulares de los cofrades llegada la década de los cuarenta. En 1745 un solo cofrade se hace cargo del coste de los novillos correspondiente a la cofradía, y en 1749 el ofrecimiento lo hacen tres cofrades.En 1752 Francisco Bujedo Portillo, mayordomo pasado de la cofradía, se obliga a pagar a dicha cofradía los gastos que pertenecen a esta por dicha función de ese año, poniendo como condición que asistan y se las tengan por cofrades a su mujer y a su hija sin que se las pueda pedir maravedí por mayordomo ni por la cofradía de por vida. Esta función le suponía a la cofradía una carga considerable, pues en 1753 se apuntan 207 reales, la mitad del coste de los novillos, y 166 el año siguiente, año en que hay que tener en cuenta que varios cofrades contribuyen por su cuenta con otra manda de 177 reales.

En estos años de mediados de siglo, quizá la fiesta en su punto álgido, quieren los cofrades contribuir al esplendor de la misma y por eso no dudan en tomar a su cargo los gastos de los actos que más contribuirían a la pujanza y protagonismo de la cofradía en los carnavales. Las mandas para costear la función de novillos y al predicador que había de pronunciar el sermón de la fiesta se hacen habituales. El visitador Rubin de Zevallos prohibe en abril de 1755 a los oficiales y cofrades "concurrir con dinero alguno a la función de novillos que se tiene en tiempo de carnestolendas vajo la pena de cinquenta ducados aplicados según concesiones app (cas)", lo que exigirá inmediatamente a dichos oficiales y mayordomo. Al año siguiente, sin embargo, se ofrecen 126 reales y se gasta la cofradía otros 222. El último año, con todo, sería el siguiente, pues fue en 1757 la última vez que se dio esta función, con un gasto de 248 reales. La Carta Decretoria del obispo Andrés de Bustamante al acabar su segunda visita a la diócesis, dada el 27 de setiembre de 1757, fue definitiva para acabar con tal diversión y costumbre. Prohibe en ella que haya funciones de novillos en ningún lugar de su obispado en los días que se celebren las fiestas sacramentales y de los Patrones titulares o de advocación de toda cofradía que esté bajo su jurisdicción "a costa de los caudales de las Fábricas, cofradías, mayordomos de ellas ni de cofrade alguno", so pena de 100 ducados de vellón a quien lo contraviniere y suspensión y extinción de las cofradías... (11)

Este prelado, severamente preocupado por la pureza de las cofradías y la erradicación de las costumbres profanas mantenidas bajo pretexto devocional, volvió a reiterar la prohibición de que haya funciones de novillos en ningún lugar del obispado en los días en que se celebren fiestas sacramentales y de los patrones titulares o de advocación de toda cofradía que esté bajo su jurisdicción "a costa de los caudales de las Fábricas, cofradías, mayordomos de ellas ni de cofrade alguno", con la amenaza de cien ducados de vellón de multa a quienes — 53 — lo contravinieren y suspensión y extinción de las cofradías. Se apoyaba para ello en una Concesión Apostólica del Papa con fecha de 12 de febrero de 1753 y el mandato del Supremo Consejo de Castilla dado a los corregidores en 1756. Motivaba la prohibición en las graves ofensas a Dios que esos días se daban y por el coste tan gravoso que para cofradías e individuos suponían, pues ''miserablemente se empobrecían con titulo de devoción, siendo de irreligiosidad más propiamente". En la visita que hizo en noviembre del año 1759 reitera la prohibición de gastos festivos y novillos, cuyo coste se devengaba de sufragios debidos a las almas, y condena a los oficiales que habían desobedecido la prohibición anterior de su Visitador delegado a pagar de su bolsillo lo puesto por la cofradía para la corrida más los 50 ducados de multa.

5- LA ANIMACIÓN DE LOS CARNAVALES: LA SOLDADESCA

El esplendor de las fiestas carnavalescas promovidas y costeadas por la cofradía no se puede decir a ciencia cierta cuando tiene su origen, al faltar el Libro de Nombramientos y Cuentas primero, y sólo cabe decir que, al iniciarse el segundo libro, cuyo comienzo data de 1702, la organización en Soldadesca era un hecho, pues el mismo día en que se reúnen los oficiales (el 10 de noviembre, víspera de San Martín, como era lo mandado por Regla) para elegir los nuevos cargos del año: abad, alcalde, mayordomo y encargado de cera, tabla y esquila, hacen a continuación, "incontinenti", junto con los oficiales de la soldadesca salientes, la elección de los nuevos oficiales para la festividad de Carnestolendas, con las insignias que deben tomar: capitán, alférez y sargento.

Que estos días de carnestolendas fueran tan significados en la historia de la cofradía debido al protagonismo desarrollado en la vida del pueblo, quizás haya que explicarlo porque, en 1652, al aprobar las Reglas, el obispo Guzmán y Santoyo añadió una encomienda que no se recogía en estas:

Mandamos se diga misa cantada con ministros el día de Carnestolendas por las Ánimas del purgatorio con toda solemnidad y por la de los cofrades que son y fueron de otras cofradías de dicha iglesia, y para ello se ponga tubbulo llebantado ornato de velas y seg (de) y obserbe en cada un año para los quales se nombra por abad de dicha cofr. de las Ánimas a los curas de la dicha iglesia parroquial en cada año sirban el otro oficio alternativamente y puedan pedir y pidan todos los domingos y fiestas limosna para dichas Ánimas los Cofrades de dicha Cofradía y la pida el cofrade a quien el mayordomo diere la Caja sin dilación y escusa (12).

Obligados a la fiesta religiosa, los cofrades interpretarían que, puesto que ese día eran los encargados de avivar la memoria por todos los muertos de la parroquia con oficios religiosos, bien harían en servir de acicate y fomentar entre el pueblo dicha devoción con una serie de actos complementarios, si bien profanos aunque tendentes a un fin sagrado como era acrecentar la asistencia a los oficios litúrgicos y contribuir con sus limosnas al sostenimiento del culto. Al año siguiente, el 8 de febrero de 1653, el obispo concedía a la cofradía reformada 40 días de indulgencia plenaria que por derecho podía, para beneficio de todos los cofrades que asistieran a las misas y otros actos de la hermandad y a los hermanos y a todos los fieles que hiciesen bien por las ánimas.

Precisamente, ese año de 1702, del primero que se guarda noticias de sus cuentas y actividad, tenían sobre sí una seria advertencia de excomunión si se sobrepasaban los límites del carnaval prolongándolos también el día primero de cuaresma como parece ser que había sucedido ese mismo 1702 y aun otros, pues el obispo Fray Alonso Laurencio de Pedraza, en los mandatos de su visita fechados el 29 de mayo de tal año, deja consignado que tales desórdenes y excesos son inadmisibles: Otrosí, su Ilustrísima ha sido informado de la festividad espiritual (aunque con soldadesca) que la Confradía de las Ánimas tiene el Domingo, lunes y martes de carnestolendas, y que, aunque como era justo había siempre terminado y fenecido el festivo, jocoso y profano en el mismo martes, de pocos años a esta parte se ha introducido en el miércoles de ceniza la misma soldadesca, con repetidos paseos por dentro y fuera de la villa, disparando arcabuzazos, con las insignias militares vestidos de galas y acompañando con otros disfraces que aún son indignos de hacerse en otros tiempos, y todo esto también se autoriza con alguna representación de la Confradía por su Abad y oficiales; y este exceso le han querido protestar con decir que es para mover la devoción de otros a que aquel día, miércoles de ceniza, voluntariamente se ofrezcan a servir al año siguiente los oficios de capitán, alférez y sargento, como si no tuvieran para este caso cuando sea conforme a regla, un año entero para señalar día fuera de la cuaresma para poderlo hacer (13).

La aceptación de estos cargos de oficiales, que conllevaban un considerable gasto, pues de su peculio habían de pagar el refresco de carnestolendas y parte de los novillos (y no serían estos seguramente los únicos gastos que costear), no siempre eran codiciados y aceptados por todos. De hecho, ya el año 1703 hubo problemas para la aceptación de los mismos, pues ese año se consignan 14 reales -8 por el parecer y 6 por el mandamiento otorgado al notario- para obligar a los oficiales de la soldadesca a que aceptaran los oficios. Y dado que el capitán de un año pasaba a ser alcalde el siguiente, el de ese año 1703 siguió siendo renuente al año siguiente, pues descuidó sus obligaciones como alcalde, ya que en 1705 se dice que debíasele cobrar una multa de 12 reales por haber faltado a las procesiones y otras funciones de la cofradía, incluido el día de Reyes en que debía entregar la vara a su sucesor y no lo hizo. Quizás también el sobrepasar la soldadesca la autoridad de los oficiales y desmandarse llevados por la euforia carnavalesca, echase a algunos para atrás. Quizás por eso, en los apuntes de 1704 se habla de que la elección de oficiales para la soldadesca "que se ha de hacer los tres días de antroido del año próximo venidero" recayó en las personas "más celosas de dicha cofradía".

Los cometidos de cada cofrade en los carnavales, debiendo desfilar en soldadesca según la categoría que ese año le correspondiese, se llevaban a rajatabla, quizás porque sería la única manera de conseguir un boato que hiciese atractiva la cofradía ante los fieles y se animasen a dar limosna por las almas. De vez en cuando aparecen algunas multas a cofrades descuidados o remisos a contribuir como se les pedía. En 1712 el capitán impuso penas (18 reales el total) a diferentes cofrades "por no llevar balona y sombrero a la función de los cavos de esquadra miércoles de ceniza". No en vano, la cofradía costeaba puntualmente todos los adminículos necesarios con los que la soldadesca había de desfilar marcialmente. En estos primeros años los apuntes sobre adquisiciones nuevas y reposiciones son continuos.

En 1703 los cofrades dan una limosna extra de 480 reales en mandas para la compra de una bandera que costó 537 reales y medio (la vieja bandera se vendió a la cofradía homónima de Valle en 60 reales). En 1708 se hizo un estandarte nuevo, pues el viejo había sido repetidamente recompuesto los años anteriores, y gastaron para ello 875 reales y 28 maravedíes en materiales: 20 varas menos tercia de damasco a 27 y medio reales la vara (cuatro años después vendieron el sobrante: 5 varas y tercia por 146 reales y medio); venda por 28 reales; seda para los cordones y flocadura, 135 reales; hechura de cordones y flocadura, 88 reales; el asta, 30 reales, y la mano de obra de los sastres, 14 reales. Dos años después compararían una cruz para rematarlo.

En cuanto a las insignias de la soldadesca, hay que consignar que casi todos los años hay gastos de recomposición (la "vengala" del capitán en 1703 y 1722), y nuevas compras cuando el deterioro es ya fehaciente. En 1720 vuelven los cofrades a hacer una manda especial de 485 reales y 6 maravedíes "para comparar picas para la fiesta de los Antruidos". Se trajeron ese año de Valladolid 50 varas para hacer picas y 60 rejos, puesto que algunas de las viejas no tenían; en total, dice haber 64 picas en la cofradía. En 1727 se mandó al platero Joseph Martínez hacer una nueva insignia de plata para el alcalde, que pesó 18 onzas, para lo cual se entregó una taza de plata propiedad de la cofradía de 6 onzas. El gasto ascendió a 337 reales. En 1731 se hizo una nueva alabarda para el sargento con un coste de 80 reales. Había también un "botarga", que estrenó vestido en 1708 por el importe de 16 reales, aunque a la cofradía se la cargó sólo la mitad, ya que lo compartían con la Cofradía del Santísimo Sacramento, que disponía de él en la fiesta y procesión del Corpus.

No hay duda de que ponían su voluntad en el brillo de la fiesta y no escatimaban dinero para que la soldadesca apareciese compuesta y bien equipada y animase las calles del pueblo, pero ello no suponía estar libres de desmanes que la propia euforia festiva propiciaba y alargar el carnaval más allá de lo permitido. Vuelve en 1711 el visitador de turno, D. Joaquín García, chantre de la catedral, por estar la sede vacante, a confirmar y renovar los preceptos del obispo Alonso Laurencio de Pedraza sobre el miércoles de ceniza "asi por la gravedad de las causas como por los nuevos motibos que su mrd (merced) a tenido en esta visita". Y volvería en la suya de julio de 1721 el obispo Francisco Ochoa de Mendarozqueta y Arzamendi a prohibir que se hagan "disfraces, soldadescas ni otras funciones burlescas en el día Miércoles de Zeniza, ni ottros de la Quaresma", pues tuvo noticia de que ese año los cofrades de Ánimas y San Martín habían intentado contravenir dicho mandato anterior "sin atender a la Zensura que sobre la proivicion se puso".

El problema de los oficiales que no aceptan su cargo y sus cargas se repetía de vez en cuando. En 1716 se multa a Joseph de Rivas con 100 reales por no aceptar el cargo de alférez. En 1730 son 500 reales los que se les piden a Joseph de Rivas, Femando Palenzuela, Grégorio Coloma, Julio Calvo y algún otro "por haberse escusado de servir los oficios de la zuiza contrabiniendo el acuerdo y costumbre de esta cofradía sin causa ni razón para ello". Para estos oficios solía pensarse en personas "beneméritas", lo que quiere decir, con cierta dignidad y posibles. Que no todos lo consideraban un honor es evidente, pues en 1733, los tres oficiales — 55 — inicialmente elegidos declinaron el nombramiento y fueron multados con 300 reales, siendo sustituidos por otros tres que libremente se ofrecieron para ello.

Como de los oficiales dependía la organización del carnaval, la negativa de los elegidos suponía no sólo un contratiempo, sin la posibilidad de que incumplir la norma de la hermandad llevase a la relajación del poder obligativo de la norma en sí y de la responsabilidad contraida. Ante el peligro que supuso para la fiesta la no aceptación de los tres oficiales elegidos ese año de 1733, y que quizás en esos años se había perdido entusiasmo y participación, el 22 de febrero se convoca en la ermita de San Miguel, extramuros de la villa, "a son de campana tañida como lo tienen de costumbre", Junta General, en la que se acuerda, con la firma de 75 cofrades asistentes, todos hombres:

…sacar una soldadesca todos los años, en los tres días de carnestolendas, para bien y sufragio de las benditas animas, debiendo asistir a ellas todos los cofrades que fueren habiles con la mayor decencia que pudieren y se ha experimentado de algunos años a esta parte que muchos que pueden asistir a ella no lo hacen, de que se sigue no ir dicha soldadesca con aquel lucimiento y ornato que tuviera si todos asistieran a ella, y juntamente, no sacarse o se sacara (que es el fin principal a que se dirige dicha función) todos unánimes y conformes acordaron que desde aquí en adelante sean obligados a salir dichos dias en la soldadesca todos los cofrades desde doce hasta cinquenta anos con picas o escopeta, excepto los que legítimamente tubieren causa que les excuse, los quales han de tener obligación de aclararla a los señores abad, alcalde y mayordomos para que les den licencias, pena de que los que no cumplieren, paguen por cada vez tres tres R (eales) de pena, que se les ha de cobrar sin remision y que los oficiales de la soldadesca que son y fueren no puedan combidar a la colación acostumbrada en casa del capitan a los que no asistieren en la forma dicha sin otra causa y licencias, pena de tres R por cada vez que así admitiere; y que los (que) salieren en dicha soldadesca aian de salir en esquadraones a discreciom del sargento y cavos de esquadra; y en quanto a los reformados tambien aian de ir esquadronados con picas detrás de la compañía prefiriendo los capitanes a los alférez, y estos a los sargentos, que en cada classe vaian por su antigüedad; y que los que no obedecieren al sargento sean multados al arbitrio de los señores abad, alcalde y mayordomos, y que no se admitan en dicha soldadesca ninguno de doce para avajo (14).

Es posible que la reafirmación de antiguas costumbres y acuerdos tuviese efecto durante algunos años. En 1752 aparece otra multa de 50 reales a Manuel de Pedraza "por no haber admitido el oficio de sargento" y en 1755 los problemas se acentúan. Se sabe de Diego Bernal Carrasco, quien declina el nombramiento en la junta del 29 de diciembre de 1754, pero al serle exigida una semana después por el Abad la multa de 100 reales según Capítulos y Reglas por no servir el oficio de sargento, en virtud de despacho del Sr. Provisor pasado por testimonio de notario, se ofreció y dispuso a pagarla. La cofradía prometió devolverle los 100 reales para ayudarle en el gasto que había de correr como oficial.

Esta jurisdicción que se ejercía en las cofradías en la imposición de penas y multas por incumplimiento de la Regla, en puridad, no les correspondía, y el recurso a la Justicia ordinaria tampoco era válido. En la visita de abril de ese mismo año, D. Agustín Rubín de Zevallos, informado de los perjuicios que ocasionan las multas de 100 reales que se imponen a quienes no aceptan los oficios de la soldadesca, pone las cosas en su sitio y las declara sin validez alguna y, por tanto, están libres de ellas cuantos han sido castigados con alguna de ellas y no la han satisfecho. Y bajo pena de excomunión manda que con ningún pretexto ni motivo se coaccione a ningún cofrade a aceptar servir de oficial de la soldadesca, pues dice estar bien informado

…de los considerables atrasos que padecen los individuos en sus haziendas, en grave detrimento de sus casas y familias, por los excesibos gastos que hazen vanamente con el motibo de semejantes oficios (15).

Como había sucedido con la prohibición de los novillos hecha en los mismos mandatos de visita por el visitador Rubín de Zevallos, tampoco la amenaza de las multas tuvo efectos inmediatos, pues en las cuentas del año siguiente, 1756, aparecen 393 reales de multas cobradas por no aceptar los cargos de "la zuiza de carnestolendas" del 55. Fueron estas de muy diversas cantidades; desde 170 reales a 3 reales y medio, y varías de 25 reales. En efecto, en la Junta del día 6 de enero de ese año se trató de las últimas dificultades de la "zuiza de carnestolendas" en que no se aceptaron los oficios de capitán, alférez y sargento, y se hace un llamamiento a todos los que no han satisfecho las multas impuestas por la cofradía para que se avengan a un acuerdo aportando ese dinero por via de limosnas o por otro medio conveniente, porque de lo contrario la cofradía, dice textualmente, "usará el poder dado en este día para los recursos que conbengan". Encontraron un modo eufemístico y persuasorio para imponer la ley interna de la cofradía, pues ese año consta la aceptación de la limosna de 170 y 120 reales respectivamente de dos cofrades para que no les nombren oficiales de zuiza. Y al año siguiente, 1757, se vuelven a dar como entradas 235 reales de multa por lo mismo. Es el último en que aparece. La sanción que el obispo Andrés de Bustamante impone en su visita de 1759 a abad, alcalde y mayordomos por desobedecer las prohibiciones de su delegado Rubín de Zevallos respecto a los novillos y las multas, logra, por fin su efecto.

La soldadesca de carnaval, pese a todo, continuaría, pues el mismo obispo Bustamante, pocos años después, en febrero de 1763, deja en los libros de mandatos de toda la zona del Cerrato la siguiente admonición:

También ha sido S. I. informado que en este y demas Pueblos que han concurrido a la presente visita se celebra una funcion en cada año de los dias de carnestolendas y aun el de zeniza, con el titulo de Animas a lo que concurren un tambor y otra persona o personas con sus sacos que se titulan votargas, las quales y aquel entran en la Iglesia y templo de Dios al tiempo de zelebrarse el S (to) Sacrificio de la misa Popular, y con su toque y demostraciones que hacen con acciones rediculas impiden que los demas la sigan con la atención y devoción que es debida, y lo que es mas causan suma irrisión y vilipendio al S (to) Templo de Dios, por lo qual deseando S. I. apartar de raiz todo lo referido (…) prohibe que desde oy en adelante en dichos días ni otro alguno entren en la Iglesia en tiempo de que se esten celebrando la citada misa y demas oficios divino. (16)

A los eclesiásticos les manda que si esto sucediere interrumpan la misa y demás funciones y les prohibe también:

…concurrir como acostumbran a refrescar a las casas de los que se nominan Oficiales, por los graves perjuicios que de esto se pueden seguir al estado sacerdotal en desdoro de la Dignidad en que están constituidos (17).

A partir de 1781 se recogen en un nuevo libro de la cofradía las ofertas voluntarias para la zuiza de carnavales, que se hacen en comparecencia voluntaria ante los oficiales de gobierno, ofrecimiento que comporta el compromiso de pagar 100 reales de multa en caso de volverse atrás una vez dado el nombre. También se añaden en él las ofertas que se hacían anualmente para costear los gastos concernientes al predicador: sermón, alojamiento, traerlo y llevarlo... Casi todos los años se cubrían voluntariamente estos gastos con ofrendas de cofrades (18).

En su visita pastoral de 1783, el obispo José Luis de Mollinedo restringe un poco más las alegrías paganas de la cofradía y les marca claramente el sentido de caridad y obligación devota a que se deben. Por una parte, deja dispuesto

…que desde oy en adelante no se gaste cosa alguna ni a expensas de sus efectos ni aun de los mismos cofrades con pretexto de escotes, obligación de empleos ni otro algun artificio

Y por otra manda que:

…en lugar de aquellos ostentosos gastos, y en cumplimiento de lo concedido con acierto en el capitulo quarto de sus constituciones bistan un pobre necesitado dándole un sombrero basto, capote de paño pardo, calzones de lo propio y unos zapatos de baca… (19)

Ese año, en que desaparece todo refresco de fiestas, se cargan en las cuentas 108 reales de las prendas para vestir al pobre de solemnidad de la villa Juan de Zamora, que participaba con ellos en los ritos eclesiásticos y había de acercarse a comulgar. Parecidas cantidades consignarán los años siguientes, aunque llegado un tiempo se olvidarán del deber de caridad para con el pobre, pues el visitador de 1798 les censura que desde 1793 habían dejado de vestir al pobre en la fiesta del patrono San Martín, por lo que les manda que ese año vistan a cuatro con lo ahorrado en esos años. Vestirían, sin embargo, ese año sólo a dos, por un importe de 240 reales. Que no estaban por la labor es índice que otra cantidad en esta partida no vuelva a aparecer hasta 1813 (136 reales) y 1814 (120); por lo que en la visita episcopal de 1818 se les echa en cara que "se deven 17 vestidos a los pobres" y manda que se hagan a la mayor brevedad invirtiendo todos los alcances que resulten a favor de la cofradía: 726 reales en las últimas cuentas de 1817 (20).

6- EL SIGLO XIX: SUPERVIVENCIA Y DESAPARICION

El acoso ilustrado a las cofradías en tiempo de Carlos III y la desamortización de sus bienes decretada en el reinado de Carlos IV (Real Decreto de 19-IX-1798) más los malos años de cosechas y mortandad que coincidieron a caballo de entrambos siglos y los avatares de la invasión francesa, castigaron duramente la economía de las cofradías y fue el fin para buen número de ellas (21). El obispo Almonacid quiso enderezar su rumbo y avivar las devociones que el intervencionismo económico del Estado y la rapiña y desorden de la guerra habían dejado maltrechas y casi suspendido en su actividad, por eso en 1814 la mayoría de las cofradías de la diócesis se refundan con una nueva redacción de sus reglas.

Esta Cofradía de Ánimas de Cevico de la Torre, que contaba con 53 hermanos, tiene su Junta el primer día del año y en ella se refrendan las celebraciones de lunes y martes de carnaval y el día de San Martín. Para la financiación de estos días festivos se ofrecían los oficiales, compareciendo ante los cargos salientes el 10 de noviembre. Con ello se obligan a ofrecer el martes de carnestolendas y demás "lo que es costumbre a beneficio de las Benditas Ánimas y han hecho sus antecesores, como igualmente a dar la colación de cañamones o almendras y vino a todos los hermanos. Si se volvían atrás, tenían que satisfacer una multa. El estipendio y alojamiento de los predicadores también solía dejarse a la voluntad particular de algunos cofrades.

En 1857 celebran otra Junta General que, como la de 1814, servirá para poner al día las Reglas y dar un empuje a la cofradía, que se había ido apagando en su transcurso. Llegó a menguar tanto que contaba sólo con 6 hermanos y 4 hermanas, pero ese año se recupera con la entrada de 19 nuevos hermanos que aportan 276 reales y en los años sucesivos siguió contando con abundantes incorporaciones (49 entradas en 1862: 29 varones y 20 mujeres). Pagaban 12 reales de entrada y 24 quienes lo hacían "in artículo mortis". A todo hermano que falleciere se le decían una misa cantada, a la que debía asistir toda la cofradía con la cera que tuviese, y nueve rezadas. La renovación conlleva la compra de nuevos adminículos y símbolos para la cofradía en sustitución de los antiguos. En 1858 gastan 318 reales en otra insignia de plata con las imágenes de San Martín y Ánimas y al siguiente 249 en una nueva bandera de seda y 458 en un estandarte de damasco negro con estampa devocional, galón dorado, flequillo y cordones, remate y cruz de bronce. Al año siguiente adquieren 4 faroles por 160 reales y al siguiente un capote para el repartidor de la cera por 134 reales y un arca para guardar los faroles. En 1862 platean la lámpara, una insignia y el plato de pedir por 80 reales y compran por otros 50 una peana para el estandarte, y al siguiente, una nueva caja "para el serbicio de tocar en la cofradía" con un coste de 175 reales (22).

Pronto, sin embargo, la falta de alcance les llevaría a gastar lo imprescindible en los oficios litúrgicos (misas de hermanos, misas de memorias en las fiestas marcadas, la cera, el predicador de carnestolendas, el sacristán y el que toca la tambora). En estos años las fuentes de financiación eran la aportación de los mismos cofrades (nuevas inscripciones, ofertorios de Reyes y Carnestolendas, multas por no asistir a los funerales...) y limosnas del pueblo (lo recogido por los mayordomos pidiendo los días festivos por las calles o a la puerta de la iglesia, lo sacado por las noches del que tocaba la esquila y lo de la "caja de los corredores": dos que pedían tocando la caja o "tambora", mas algunas rifas de pañuelos en carnavales).

A partir de 1870 disminuye considerablemente el dinero que entra, sobre todo por falta de las sustanciosas aportaciones de nuevas incorporaciones y la cofradía vuelve a tener problemas, por lo que el 24 de octubre de 1886 se reúnen en Junta General para paliar la decadencia. El año anterior nadie había querido ejercer de mayordomo "escusándose por tener que salir (según costumbre) a pedir todos los días festivos por el pueblo, y todos los hermanos ser ya de abanzada edad y este cargo serles muy graboso" y toman como resolución que, siguiendo el orden de la lista en que están apuntados en el libro de la cofradía, todos los hermanos se turnarán para pedir durante un mes con el platillo a la puerta de la iglesia domingos y festivos, y las hermanas por el mismo espacio de tiempo se relevarán en la atención a la lámpara. Los mayordomos tendrían a su cargo el asistir a todas las procesiones y entierros de hermanos con la vara y los cirios y encargar quien lleve el estandarte y cobrar el medio real a los hermanos cada vez que falleciere un cofrade.

Apenas unos años más, la cofradía fue languideciendo hasta que en 1896 se da por concluida, cuadrando las cuentas: 28 pesetas y 75 céntimos en el cargo, las mismas que en la data.

Si bien la cofradía como tal había desaparecido, durante más de treinta años -hasta los años de la República, en que desapareció definitivamenteuno de los rituales carnavalescos más llamativos y populares de esta -el "revoleo" de la bandera- continuó haciéndose en la iglesia, en el ofertorio de la misa del martes de carnaval, y en la puerta de la misma una vez terminada la misa. Lo contó pormenorizadamente Pablo Cepeda Calzada en uno de los primeros números de esta Revista de Folklore. Al son del tambor que un mozo tocaba, otro, acabada la lectura del Evangelio, "revoleaba" la bandera ante el altar, primero de pie y después de rodillas. A su alrededor, acompañándole, media docena de mozos portaban una insignia llamada "lombarda" y otros más exhibían llamativas cintas.

La bandera, de cuadros de distintos colores mezclados a tono con el traje de los "birrias" de la danza del día del Corpus, y las insignias que los mozos portaban eran restos memorables de la Cofradía, que el pueblo se resistía a perder en un rito patrimonial. La solemnidad del acto quedaba significada en que la comitiva de mozos recorría, tras la misa, procesionalmente el pueblo y en la casa del abanderado se les obsequiaba con un refresco, vestigio sin duda del que daban los mayordomos en la fiesta de la cofradía, cuyo recuerdo simbólico encarnaban los mozos del "revoleo".

CONCLUSION

Sin la intención de llegar a grandes profundizaciones antropológicas, sí que vamos a apuntar brevemente tres reflexiones a tenor de los anteriores datos acopiados sobre los ritos festivos que la Cofradía de Animas de Cevico de la Torre protagonizaba preferentemente en el siglo XVIII; ritos festivos que entremezclaban la devoción religiosa de las Ánimas, de acuerdo con la teología tridentina del Purgatorio, y la celebración popular de los carnavales.

1 - Con la celebración de la fiesta se producía en la cofradía una doble tensión. Por una parte, la tensión con la autoridad, con los obispos, que censuraban su propensión a la diversión y al gasto profano so pretexto de celebración religiosa. Esta iba en aumento a medida que aquellos tendían a imponer en la diócesis las ideas reformistas de los ilustrados, y sólo pudo imponerse cuando se llegó, en tiempos de Carlos III, a una conjunción de objetivos eclesiásticos y estatales para acabar con los dispendios y ciertas costumbres improcedentes de las cofradías.

Por otra parte, la tensión dentro de la cofradía, entre los mismos cofrades. Los ingentes gastos con los que debían correr los "oficiales" elegidos cada año, auténticos mantenedores y "mecenas" de la fiesta, hacía que algunos de estos renunciasen produciéndose así una falla en la organización democrática, igualitaria, de la cofradía -renovación anual de cargos- y distributiva -contribución a las correspondientes cargas-. El arraigo popular de la fiesta, gracias a los costosos rituales que la mantenían, que redundaba en el buen nombre de la cofradía, era puesto en peligro si la cadena se rompía, lo que ocasionaba medidas punitivas para hacer cumplir la costumbre, acudiendo incluso a lo judicial si el cofrade no pagaba la multa.

2 - El querer tomar el protagonismo de unos días que de tiempo inmemorial habían conservado su carácter callejero y profano, contrarrestando así la iniciativa popular con un programa reglado desde lo religioso, le hizo a la cofradía superponer ritos sacros y profanos rompiendo muchas veces el equilibrio, hasta confundir los términos y olvidar el fin primordial para la que fue creada.

Tomar la calle para conducir la devoción popular hacia el templo la llevó a volcarse en una serie de actos festivos que, frente al estatismo en el interior: el túmulo -símbolo central en la cabecera del templo- y la liturgia eclesiástica, propendiesen al dinamismo fuera: el desfile de la soldadesca por las calles y la corrida de novillos (24).

3 - Estos rituales celebrativos de la memoria de los muertos desde la vida fueron tomando arraigo en la población y, sobre todo el revoleo de la bandera, quedarían como resto significativo de la cohesión social del pueblo en estos días carnavalescos, pues no en vano pervivió más de cuarenta años una vez disuelta la cofradía (25). Precisamente esta de servir de elemento de cohesión social de la comunidad es una de las funciones que desempeña la religiosidad popular en las zonas rurales, según E. Durkheim, creando una conciencia colectiva (26).

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NOTAS:

(1) Ver POZO, Cándido, Teología del Más Allá, Madrid, BAC, 1980 y LE GOFF, Jacques, El nacimiento del Purgatorio, Madrid, Taurus, 1985.

(2) MARCOS MARTIN, Alberto, Economía, sociedad, pobreza en Castilla: Palencia, 1500-1814, 1 y 2, Palencia, Diputación Provincial, 1985, pp. 423 ss.

(3) Puede verse, AYUSO, César Augusto, "La cofradía de Ánimas de Antigüedad (Palencia). Apuntes para su historia", RdF, nº 223, 1999, pp. 23-26 y "Teatro y parateatro en los carnavales del Antiguo Régimen. La Cofradía de Ánimas de Herrera de Valdecañas (Palencia)", RdF, nº 242, 2001, pp. 61-72.

(4) La historia de las mentalidades ha producido ya abundante bibliografía sobre la visión y vivencia de la muerte en distintos lugares o regiones. De Francia, donde se empezó, proviene el ya clásico tratado de ARIÈS, Philippe, El hombre ante su muerte, Madrid, Taurus, 1983. Para la zona central de Castilla, conviene GARCÍA FERNÁNDEZ, Máximo, Los castellanos y la muerte. Religiosidad y comportamientos colectivos en el Antíguo Régimen, Valladolid, Junta de Castilla y León, 1996. En cuanto a la proyección de la idea del Purgatorio en el arte, es pionero el estudio de otro de los maestros de la misma escuela francesa, VOLVELLE, Michel, Vision de la mort et de l'au-delà en Provence d'après les autels des âmes du Purgatoire (XV-XX siècles), Paris, 1970. Y para Castilla, ARRATIA MARTÍN, Victoria, Las Ánimas del Purgatorio en la provincia de Valladolid, una devoción popular, Valladolid, Diputación Provincial, 1999. El interés etno-antropológico de las Cofradías titulares y sus rituales no han tenido, sin embargo, la misma atención.

(5) "Respuestas Generales de Cevico de la Torre", AHPP, Libro482, pp. 269 ss.; Microfilm rollo 279.

(6) AHDP, Cevico de la Torre, 90 y 91 (Cofradía de la Cruz); 98 (Cofradía del Santísimo); 92, 93 y 94 (Cofradía de Nuestra Señora del Monte y San Miguel); 87, 88 y 89 (Cofradía del Bendito Nacimiento) y 95, 96 y 97 (Cofradía de la Asunción y San Sebastián, San Juan y Santa Ana).

(7) La primitiva copia de la Regla no se conserva, pero está reproducida en el Libro de Cuentas 1755-1784, en AHDP, Cevico de la Torre, 101.

(8) AHDP, Cevico de la Torre, 99. Las admoniciones y mandatos que los obispos o visitadores en quienes delegaban hacen a la cofradía al revisar sus cuentas y juzgar sus actuaciones devocionales o no, se recogen siempre en el correspondiente Libro de Cuentas y Nombramientos.

(9) En Inventario artístico de Palencia y su provincia, 1, (Juan José González, dir.), Madrid, Servicio de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, p. 136, se le atribuye al pintor de Dueñas Alonso Caballero. No se sabe su coste, al faltar el primer Libro de Cuentas. (Agradezco a Rafael Martínez González, especialista en arte palentino, las precisiones estilísticas sobre el retablo).

(10) AHDP, Cevico de la Torre, 99. Las admoniciones y mandatos que los obispos o visitadores en quienes delegaban hacen a la cofradía al revisar sus cuentas y juzgar sus actuaciones devocionales o no, se recogen siempre en el correspondiente Libro de Cuentas y Nombramientos.

(11) AHDP, Villerías de Campos, 25 (1637-1787).

(12) AHDP, Cevico de la Torre, 101.

(13) AHDP, Cevico de la Torre, 42, Libro de Visitas y Mandatos Generales de la Parroquia de San Martin 1702-1752. Comenta este mandato FRANCIA LORENZO, Santiago, Notas de Archivo, II, Palencia, Caja de Anorros de Palencia, 1987, pp. 191-192.

(14) AHDP, Cevico de la Torre, 99.

(15) Ibídem.

(16) AHDP, Cevico de la Torre, 43, Libro de Visitas y Mandatos Generales dela Parroquia de San Martín.

(17) Ibídem.

(18) AHDP, Cevico de la Torre, 102, Libro de ofertas de Predicador y Oficiales de la Cofradía de Ánimas 1779-1817.

(19) AHDP, Cevico de la Torre, 101.

(20) AHDP, Cevico de la Torre, 103.

(21) Referidos a la reformas ilustrada de las cofradías, son de gran interés: ABADD,F., "La confrérie condamnée ou une spontanéité festive confisquée. Un autre aspect de l'Espagne á la fin de l'ancien régime", Mélanges de la Casa de Velázquez, 13, Madrid, 1977, pp. 361-384, y ROMERO SAMPER, M., Las cofradías en el reformismo de Carlos III, Madrid, Fragua, 1991.

(22) AHDP, Cevico de la Torre, 100, Li



DEVOCION RELIGIOSA Y FIESTA PROFANA. LA COFRADIA DE ANIMAS DE CEVICO DE LA TORRE

AYUSO, César Augusto

Publicado en el año 2003 en la Revista de Folklore número 272.

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