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Revista de Folklore número

135



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ALHÓNDIGAS, GRANEROS Y PANERAS COMUNALES
(dos proyectos inéditos en Medina del Campo)

SANCHEZ DEL BARRIO, Antonio

Publicado en el año 1992 en la Revista de Folklore número 135 - sumario >



Hace unos meses, revisando los fondos del Archivo Municipal de Medina del Campo, encontré dos diseños de paneras públicas fechados respectivamente en marzo y abril de 1759 (1) de los que nada se dice en las numerosas historias y crónicas locales; por ello, paso a dar cuenta de los mismos, añadiendo algunas notas introductorias sobre el asunto de las alhóndigas, pósitos y paneras de la villa de las Ferias.

De todos es sabida la importancia de Medina del Campo en el marco económico de los albores de la época moderna, merced a sus famosas ferias. La gran afluencia de mercaderes y público en general hizo encarecer sobremanera los precios de los productos de primera necesidad, entre ellos el pan, hasta el punto de pedir el Concejo medinense una alhóndiga pública a los Reyes Católicos en 1502 (2). Ese año, el 31 de agosto, se confirmaron las Ordenanzas que regían sus actividades, en las cuales se establecían, entre otras cosas, las medidas selladas y concertadas, con sus raseros correspondientes, para regular la cantidad de grano; la prohibición de que "ningún regatón ni mesonero compre pan, trigo ni cebada en la alhóndiga para venderlo por celemines en sus casas, salvo en tiempo de mucha abundancia"; y, así mismo, se fijaba el horario de venta de grano entre las diez de la mañana y la puesta del sol (3). Dicha alhóndiga, situada junto a la desaparecida parroquia de San Nicolás (4), será el precedente del pósito o granero comunal, creado en 1576, para el abastecimiento de pobres y personas sin recursos, sobre todo en el período comprendido entre el mes de enero y la recolección de la cosecha.

Generalmente, la actividad de los pósitos -auténticos precursores de los actuales silos- se basaba en anticipar una cantidad variable de grano para sembrar o moler, con la obligación de devolverla hacia la festividad de la Virgen de Agosto (día 15, la Asunción de Nª Señora), añadiendo, en concepto de contraprestación o "interés", dos cuartillas por fanega concedida. Como cabe suponer, las épocas de cosechas fértiles alternaban con otras estériles y de baja producción en las que los problemas de suministro se acusaban de forma palpable. Esto último ocurrió, por ejemplo, en 1598, en que el "Comisario del Trigo" no encontró más que cien fanegas de trigo en Arévalo, Coca, Guareña (hoy despoblado) y Avila que llevar al pósito medinense (5). De un siglo más tarde, concretamente de la primavera de 1699, sabemos de otro caso curioso y al tiempo significativo de los momentos de "vacas flacas": tras una mala cosecha, y con las reservas de grano bajo mínimos, acertó a pasar por la villa un cargamento de 700 fanegas de trigo de la mejor calidad; los medinenses, sin ningún miramiento, se las apropiaron sin saber que iba destinado "al abasto de la Real Corte de Su Magestad". El efecto de tal "atropello" fue inmediato: al común del pueblo se le perdonó, mientras que al Corregidor se le destituyó y sancionó fulminantemente (6).

Ya en el s. XVIII, concretamente en 1732, se construyó una panera pública junto a la Puerta de Avila (hoy desaparecidas ambas) que llegó a estar vigente hasta el primer tercio del siglo pasado (7). Sin embargo, parece ser que esta medida no fue suficiente -sobre todo si tenemos en cuenta que en 1754 la población sufrió un duro racionamiento de pan (8)- ya que en 1759 se encarga al maestro de obras Joseph Pérez el proyecto de una nueva panera para pósito comunal, que es precisamente el documento que transcribimos en nota (9). En una carta que acompaña al proyecto en cuestión, se especifica que "parece que el Dictamen del Procurador General se ynclina a que execute dicha panera, en el sitio de la antigua Hermita de San Julián" a lo que el técnico replica: "Hallo que las dimensiones que comprende dicha Hermita, sólo puede hacerse panera de Quatro mill fanegas de cabida; y haziendome el cargo de que ésta no les sufraga para la cavida que expresan... he formado el diseño y Heinstruczion que acompaña, el cual se podra construir en el sitio contiguo a la calle de la Plata, y del Pozo (en la actualidad son las denominadas Bernal Díaz del Castillo y Onésimo Redondo, respectivamente), o en el que menzionan en el arrabal de la calle Salamanca (hoy, Avda. de Portugal) frontero a la puerta azesoria del Hospital (de Simón Ruiz), pues uno y otro pareze los hallan a proposito..." (10). Realmente, no sabemos a ciencia cierta si la por entonces destartalada ermita de Nª. Sra. de San Julián -tal era su auténtica advocación- acogió las funciones de pósito o granero comunal; parece ser que sí, si es que se llevó a efecto el otro proyecto de panera, fechado en abril de ese mismo año 1759 y que se conserva junto con el que transcribimos (11); no obstante, hay que decir que en el mencionado solar del antiguo arrabal de Salamanca aún está en pie y con uso un edificio de similar traza y aparejo que el propuesto en el diseño fechado en el mes de marzo, incluso se conserva un esquinazo intacto con su pieza troncocónica de cantería.

Para acabar, digamos que en la época de mayor declive de Medina (entre las primeras décadas del siglo XVII y mediados del XVIII) ésta no conoció tahonas (es decir, hornos para cocer el pan) abiertas al público; lo prueba un auto del Concejo de 5 de marzo de 1740: un vecino pretendía abrir dos de ellas pero exigía del Concejo varias prerrogativas "porque desmayaría pretender, sin garantías, establecer tahonas en una población que no las ha tenido en los dos siglos últimos" (12). Al respecto, opina Gerardo Moraleja que "la provisión de pan se hacía por forasteros procedentes de Pozaldez y de pueblos allende el Duero, Castrodeza y Velliza particularmente. Y es curioso observar que en las ordenanzas pertinentes nunca se habla de panaderos sino de panaderas, y presumo que Moraleja de las Panaderas debe este sobrenombre al hecho de proceder de allí, algún tiempo, quienes traían el preciado sustento" (el cambio o trueque tradicional establecido con estas panaderas de Moraleja era de 27 medianas de cuartal -dos libras y media- por cada fanega de trigo de calidad normal) (13).

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NOTAS

(1) Archivo Municipal de Medina del Campo (A. M. M. C.). Sección Histórica Leg. 288, caja 391.

(2) Cristóbal Espejo y Julián Paz: Las Antiguas Ferias de Medina del Campo. Investigación Histórica. Valladolid, Imp. Del Colegio de Santiago, 1912. pp. 44-45.

(3) Estas Ordenanzas fueron publicadas en el semanario local El Medinense, nº. 166 (enero, 1891). La reina Juana la Loca amplió las providencias, dictando la prohibición de sacar pan de la villa por la necesidad del mismo, merced a las ferias (la disposición la publicó J. Ortega Rubio en Los pueblos de la Provincia de Valladolid (1895). Valladolid. Reedición del Grupo Pinciano, 1979. t. I, pp. 389-390 Apénd. X.)

(4) Hay una representación de esta alhóndiga en la vista que compuso Anton Van den Wyngaerde de Medina en 1565 (Véase: Antonio Sánchez del Barrio: Estructura Urbana de Medina del Campo. Análisis histórico hasta el s. XVI. Valladolid. Junta de CastilIa y León, 1991).

(5) Gerardo Moraleja: Historia de Medina del Campo. Medina del Campo. Imp. de Manuel Mateo, 1971, p. 207.

(6) A. M. M. C. Sección Histórica. Leg. 50, Caja 62. Autos del Concejo de 1699. Acuerdos de 6 de julio.

(7) G. Moraleja: Ob. Cit., p. 405.

(8) A. M. M. C. Sección Histórica. Leg. 68, caja 80. Autos del Concejo de 1754 (de ello se hace eco G. Moraleja en Ob. Cit., p. 410)

(9) Idem. nota (1) (en la transcripción hemos respetado en todo momento la grafía original; las abreviaturas las hemos desarrollado). Dejamos para otra ocasión su estudio pormenorizado, de gran interés para el conocimiento de las técnicas constructivas de que hacen gala los maestros de obras del momento.
"Heinstruczion, y Condiziones vaxo de cuio arreglo se prozedera a la construccion de la Nueba Panera, para el Posito de la villa de MedIna del Campo, y es en la forma q. sigue &c.

1. Primeramente helegido que sea el terreno, se demarcaran y abriran las zanjas para los zimientos, de la estension que expresa el plano de quatro pies de ancho y profundas dos pies mas que lo firme del terreno; y lo mismo se practicara en las seis zepas donde an de cargar sus vasas y pies derechos=

2. Se mazizaran dichas zanjas, y zepas de piedra la mas dura vien trabada y mazizada a pison con buena mezcla de cal vien batida regando dichos zimientos con sufiziente agua=

3. Se enrasaran dichos zimientos un pie mas alto que lo superior del terreno de su zircunbalazion=

4. Sobre dicho enrase se sentara generalmente su losa de eleccion que comprenda el grueso de dicho zimiento=

5. Sobre dichas losas de heleçion, se sentara, una ylada de canteria de pie y medio de alto; y tres de tiron que es el grueso en que an de quedar replantadas, las paredes, dejando a la parte exterior de dicha losa de heleçion, tres quartos de pie de zarpa y a la interior un quarto de pie=

6. Sobre dicha ylada de canteria se demarcara la puerta y ventanas de las dimensiones que expresa el diseño; las que por lo interior seran regadas hasta el piso olladero de la Panera que es el nivel, y sobre lecho de dicha ylada de canteria, vien entendido, que en la dicha ylada de canteria y losa de heleccion a de comprender la parte de los recantones que les corresponde=

7. Sobre las zepas de los pies derechos se sentaran asimismo losas de heleccion de tres por tres de sobre lecho con el nivel del sobrelecho de la referida ylada de canteria=

8. Las quatro esquinas, gradas, tranqueros y dobelas del dintel de la puerta y sus recantones se haran de dha. canteria=

9. Se cubriran las paredes de buena favrica de ladrilo, vien cozido, travado, fraguado, y regado con los dichos tres pies de grueso y en las ventanas se haran sus arcos adintelados=

10. A qinze pies de altura se enraizaran dichas paredes dexando ya sentados nudillos para las soleras, que deveran ser de vigas terzias labradas en tosco=

11. Sobre las losas de heleccion de las zepas se sentaran basas de piedra, de dos por dos pies de lecho y dos pies de alto: las que han de recivir los pies derechos, y carrera, que uno y otro debera ser de vigas de medias varas, y a la altura de las soleras conforme expresa el diseño: y la dicha carrera a de tener un pie de entrada en las paredes de los testeros de dicha panera=

12. Sobre dichas soleras, y carrera se colocaran los tirantes de vigas de pie y quarto y an de ser dos en cada macho que hai de entre ventana, y ventana, entrando en hellas con 3 dedos de caxa; y lo mismo se practicara en los quadrales y aguilones en que han de estrivar las limas tesas; y uno; y otro han de ser de vigas de pie y quarto, todo vien clavado con clavos jemales=

13. Las soleras, nudillos, cabezas de tirantes, y carrera que entran en las paredes, todo se ha de recivir con yeso, y harena para hebitar el perjuizio que puede causar la cal en dichas ataderas

14. Se continuara la favrica de las paredes con la projetura de su cornisa=

15. Sobre la carrera y tirantes, se sentaran los estrivos segundos de pies derechos jabalconados, y su carrera para la armadura que es de par ylera; sus pares de viguetas, de quatro y cinco a el tramo de siete pies=

16. Los vanos que hai de entre tirante y tirante se pondran nudillos correspondientes que recivan los dichos estrivos los que se clavaran con estacas de fierro los tirantes y clavos jemales en los dichos nudillos, y en los pares clavando correspondiente=

17. Se entablara la dicha armadura de tabla ripia, vien clavada solapando un dedo la de arriva a la de abaxo, y se jarrara por arriva de yeso; y sobre ese jarrado se haran sus texados; de buena texa, sin caliches, vien cozida y enchufada sentada sobre tortada de varro vien encascozado cojido sus reblones con dicho varro; y sus caballetes y vacas texas guarnezidos de yeso=

18. La obra de puerta, y ventanas, se hara de enrasado fino por los dos hazes, con sus herrajes correspondientes; y en los zercos se embeberan rexas carreleras de fierro quadradillo con la prebencion de que entre reja, y ventana a de quedar espacio suficiente para los vastidores de las redes que deberan ser de ylo de fierro=

19. Se anivelara el terreno o espacio ynterior de la Panera un pie ynferior a la altura que a de quedar el piso olladero bien mazizado a pison, y sobre este enrase se hechara generalmente medio pie de carbon vien machacado, y pisado y sobre dicho carbon se hara el solado de valdosa fina, vien cozida, y sentada sobre tortada de cal=

20. Se marraran y blanquearan las murallas, por lo ynterior de yeso; y por lo esterior se estucaran de cal fusa=

21. En doze pies de distancia en la zircumbalazion de la panera se explanara con deglivio sufiziente afuera; y se empedrara de piedra guijarrena para que salgan las aguas con toda libertad. Todo lo cual se debera observar para la mayor perfeczion, seguridad y permanencia de este hedificio. &c. Madrid y Marzo 29 de 1759./. Joseph Perez"

(10) Idem. nota (1). La carta está cosida al proyecto transcrito en la nota anterior.

"Mui Sr. mio: Embista de las dilixenzias practicadas, en asumpto de la Panera que se yntenta construir, para el Posito de la villa de Medina del Campo; Digo que en atencion al numero de fanegas de trigo que nezesitan custodiar en ella, segun espresan: y sin embargo de que parece que el Dictamen del procurador General se ynclina a que se execute dicha panera en el sitio de la antigua Hermita de San Julián; hallo que las dimensiones que conprende dicha Hermita solo puede hazerse Panera de Quatro mil fanegas de cabida; y haziendome el cargo de que esta no les sufraga para la cavida que expresan; que es de nuebe a diez mil fanegas y para que su Illa. pueda resolver lo que mas combenga sobre este particular: he formado el diseño y Heistruczion que acompaña el cual se podran construir en el sitio contiguo a la calle de la Plata, y del Pozo: o en el que menzionan en el arrabal de la calle de Salamanca frontero a la puerta azesoria del Hospital pues uno y otro parece los hallan a proposito: y respecto de los prezios de materiales que mencionan los peritos en su declarazion, me parece tendra de costa la construczion de dha Panera, hasta en cantidad de Quince mil reales de vellon sovre poco mas o menos, que es quanto puedo ymformar a Vm. sovre este asumpto: a quien deseo Nro. Sor. le qe. ms. as. Madrid y Marzo 29 de 1759. Su serbidor Joseph Perez.

Sr. Don Juan Antonio Brings. de la Torre"

(11) Idem. nota (1). "Condiciones por las quales se ha de construir la nueba obra de Panera para el trigo de el positto de Medina del Campo en el sittio que fue ermita de San Jullian de ella, que con distinción se espresan en esta manera: ...Medina y Abril Cattorce de Mill Settecientos cinquenta y nuebe". Sabemos que dicha ermita -hoy sede de la Cámara Agraria- se habilitó como Escuela Pública en 1860.

(12) A. M. M. C. Sección Histórica. Lg. 64, caja 76. Autos del concejo de 1740.

(13) G. Moraleja: Ob. Cit., p. 209. Moraleja de las Panaderas es una pequeña localidad situada a 8 Km. de Medina, hoy prácticamente despoblada.



ALHÓNDIGAS, GRANEROS Y PANERAS COMUNALES
(dos proyectos inéditos en Medina del Campo)

SANCHEZ DEL BARRIO, Antonio

Publicado en el año 1992 en la Revista de Folklore número 135.

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